De acuerdo con la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria, el 9 de enero de 2026 vence el plazo para que los condominios actualicen su reglamento de copropiedad. De no hacerlo, no solo se exponen a cuantiosas multas sino también a una verdadera parálisis administrativa y legal.

El 9 de enero se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria (N° 21.442). En este contexto, todos los condominios deberán actualizar sus reglamentos antes del 9 de enero de 2026. Vigente desde abril de 2022, la nueva ley moderniza la normativa de 1997, incorporando diversas obligaciones.

Además de la citada actualización, la norma establece nuevas responsabilidades, tanto para el administrador como para el comité de administración: “Transparencia financiera, que es el gran dolor de cabeza de las administraciones y canales de comunicación digitales; las asambleas también pueden realizarse vía remota, usando medios tecnológicos”, explica la abogada María Constanza Freire de Asesorify.

La norma apunta a disminuir problemas como la falta de quórum, que dilataba mucho la toma de decisiones, pero también valida el uso de firma electrónica avanzada para sellar acuerdos y actas. De esta forma, promete agilizar todo el proceso de documentación de las administraciones.

Otros puntos importantes son el fortalecimiento de la fiscalización y las nuevas sanciones por incumplimiento de la normativa. “Las comunidades que no actualicen su reglamento pueden recibir multas de hasta cien unidades tributarias mensuales, es decir, de más de seis millones de pesos. Además, podrían ver frenada la posibilidad de presentar actos relevantes ante el Conservador de Bienes Raíces; así como imposibilitarse de acceder a beneficios públicos o programas de financiamiento”, señala la abogada.

Firma electrónica

En la práctica, el incumplimiento paralizaría la gestión administrativa y legal del edificio o condominio, afectando su operación diaria. No obstante, gracias a la nueva norma los procesos serán más fluidos. “La firma virtual permite que los propietarios firmen el acta de aprobación del nuevo reglamento mediante firma electrónica avanzada con validez legal y certificación notarial”, explica María Constanza Freire.

¿Cómo es este proceso? “Se estampa una firma simple en el documento editable, para que el notario pueda poner la leyenda de la escritura pública que va a ser reducida. Eso se entrega, el notario lo timbra y se lo entrega a la persona a la que le dieron el poder en el acta. Aquí se trata de qué tipo de documento tiene que firmarse: el nuevo reglamento de copropiedad o la modificación. Lo que se firma es el acta que da cuenta de los acuerdos”, detalla César Sandoval, gerente de Operaciones de FirmaVirtual.

¿Los copropietarios deben firmar el acta? No, la que firma es la directiva del comité de administración. “Ellos son los que autorizan a una persona externa para reducir la escritura pública del documento presencialmente en la notaría”, agrega el ejecutivo.

No todas las personas conocen el reglamento de copropiedad de su condominio. Sin embargo, para evitar problemas es fundamental haberlo leído antes de comprar o arrendar un inmueble. “Ahí se pueden encontrar restricciones específicas, por ejemplo, sobre la tenencia de mascotas, el uso del estacionamiento o prohibiciones vinculadas al arrendamiento temporal. Es súper relevante leer el reglamento antes de firmar un contrato de arriendo”, concluye la abogada María Constanza Freire.

¿Qué es la Copropiedad en Chile?

Es la figura jurídica de propiedad que aplica sobre los inmuebles cuando coexisten en ellos bienes exclusivos y bienes comunes.

Mientras la propiedad exclusiva recae sobre las unidades (casas, departamentos, bodegas, oficinas, estacionamientos, etc.), la propiedad común recae sobre los bienes comunes (escaleras, ascensores, pasillos, techos, muros, etc.).

En nuestro país la copropiedad está regulada a través de la Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria (Ley N°21.442), que fue promulgada el 13 de abril de 2022. Esta nueva ley deroga la antigua legislación que data de 1997, actualizando y optimizando la normativa que existía para las copropiedades y abordando temas como: la clasificación de los condominios, los contenidos de reglamentos de copropiedad, las fórmulas de resolución de conflictos, las exigencias urbanas de construcción, la creación de un Registro Nacional de Administradores de Condominios, entre otras medidas.

 

Redactado por Christian Rodiek, experto en servicios notariales online.