¿Cómo se hace un divorcio en Chile y qué documentos necesito si quiero un divorcio express? ¿Qué le corresponde a la mujer en un divorcio en Chile? ¿Y qué hay de la custodia de los niños y las pensiones de alimentos? Todas estas interrogantes y otras más las estaremos respondiendo en las siguientes líneas.
Si no sabías que en Chile una pareja puede divorciarse en apenas 30 días y que las firmas electrónicas simples ahora pueden facilitar aún más una petición de divorcio, tienes que leer este post hasta el final. Te explicaremos los alcances de la nueva Ley N° 21.394 y qué pasos se deben dar para empezar los trámites de divorcio con la mayor celeridad posible.
¿Qué implica el divorcio?
Cuando ya la decisión de separarse está tomada, el siguiente paso es conocer bien los trámites necesarios para divorciarse. Investigar antes de emprender acciones puede evitarle a las parejas, con o sin hijos, problemas de toda índole a lo largo de este proceso legal.
Todo divorcio tiene implicaciones. Así que no puede responder a un impulso o sin haberse agotado las etapas de posible reconciliación, ya que siempre tiene consecuencias de diversa índole. Estas son económicas, sociales, psicológicas, familiares, legales, administrativas, patrimoniales, entre otras.
Divorcio como fin de un “contrato solemne”
Básicamente, el divorcio implica poner fin a un contrato firmado entre dos personas. ¿Contrato? Sí, como lo establece el Código Civil chileno en su artículo Nº 102.
En este texto jurídico se define al matrimonio como un “contrato solemne” entre un hombre y una mujer que se unen “indisolublemente” y por toda la vida. Así que para dar término a este contrato, una de las maneras es mediante el divorcio que es una declaración judicial que pone punto final al matrimonio.
Sin embargo, como en todo contrato, existen situaciones que se deben acatar mientras exista el matrimonio. Todo cambia al darse por terminada la unión civil que es cuando también desaparecen ciertas obligaciones, derechos y compromisos. Entre ellos:
- El compromiso moral: con el divorcio se extingue la obligación de proteger, acompañar, cuidar, dedicarse, alimentar al otro.
- La sociedad conyugal: si estaban casados sin separación de bienes, después de divorciarse esta sociedad desaparece. Nada de lo que compren después entrará a formar parte de esta sociedad.
- Los derechos de herencia: si después de divorciarse alguno de los dos fallece, la otra parte no tiene porqué heredar algo de su ex.
Divorcio como nuevo escenario para la familia
Hay otros compromisos que, por el contrario, deben reformularse cuando no hay otra salida que divorciarse. En un matrimonio donde hay niños, adolescentes o mayores de edad -que aún dependen de los padres por cuestiones de estudio- el divorcio siempre será un tema difícil de abordar, pero nunca imposible de solucionar.
Lo que sucederá con la vivienda familiar, las pensiones de alimentos, la custodia principal de los hijos son factores que siempre generan una gran carga de estrés para todo el grupo familiar. Así que no es algo que se pueda dejar de lado. Que se lleguen a acuerdos dependerá mucho del tipo de divorcio que se escoja y de qué tanta cordialidad predominará entre las partes para establecer los acuerdos necesarios.
Cerrar un ciclo como pareja implica abrir otras nuevas maneras de llevar la convivencia familiar, como padres igualmente responsables, pero con vidas separadas.
¿Cuántas personas se divorcian en Chile?
En Chile, el número de divorcios es muy similar al número de matrimonios por año. Es decir, las parejas que se casan prácticamente lo hacen en la misma proporción que las que se divorcian. Veamos:
- De acuerdo con Statista, entre 2010 a 2019, un poco más de 60.000 parejas por año contrajeron nupcias en Chile. En 2014 hubo un boom de matrimonios con 64.860 parejas que se dieron el “Sí”, mientras que en 2019 se contabilizaron 61.596 enlaces.
- En cuanto a las cifras de divorcios en Chile, el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), refiere que hasta 2019 ingresaron anualmente a los tribunales unas 60.000 causas judiciales por divorcio.
- Un 73.6% de las causas de divorcio terminan en sentencia. Otros de desestiman o no siguen su curso, se abandonan o se retiran.
Durante la emergencia sanitaria, las últimas estadísticas hablan de una fuerte caída tanto de los matrimonios como de los divorcios:
- Solo en 2020, en la fase más aguda de la pandemia, descendieron un 70% los matrimonios y los divorcios en Chile.
- Todo indica que las cuarentenas y las restricciones en la atención en las entidades públicas influyeron más en este descenso.
Al respecto, el Registro Civil refiere que en 2020 bajaron a 29.341 los casos de divorcio y en 2021, entre enero y abril solo se inscribieron 9.268 divorcios.
Tribunales en modo remoto
Según el Instituto Chileno de Terapia Familiar esta disminución no quiere decir que más parejas han cambiado de idea de divorciarse o se han reconciliado. Solo que el Covid-19 interfirió en los planes. Sin embargo, esto solo se sabrá en la medida en que se vaya normalizando la atención en los Juzgados de Familia, en el Registro Civil y en otras instancias.
Al respecto, la jueza del 3º Juzgado de Familia de Santiago, Gloria Negroni, refiere que los tribunales siguen trabajando de forma electrónica. Así que las parejas que quieran divorciarse pueden seguir llevando sus casos.
Agrega que el divorcio de común acuerdo o express es el proceso que se finaliza más rápido en Chile, aunque todo depende de si hay consenso en la pareja y si se deben hacer audiencias con testigos.
Nueva Ley 21.394 y firmas electrónicas
Las leyes en Chile han dado un nuevo giro para agilizar los divorcios y otras demandas. Esto con ayuda de las plataformas de agendamiento electrónico, las videoconferencias y las firmas virtuales.
En el marco de las reformas del Sistema de Justicia y el Estado de Excepción Constitucional declarado por el coronavirus, la nueva Ley N° 21.394 (publicada el 30 de noviembre de 2021 y vigente desde el 11 de diciembre), permite lo siguiente:
- La comparecencia voluntaria de las partes a las audiencias con el juez por videoconferencia (Art. 60 bis).
- En los divorcios de mutuo acuerdo, el tribunal puede acceder de plano a la demanda, si las partes lo piden con los documentos necesarios (Art. 64 bis).
- Se permite la mediación por videoconferencia para el acuerdo de las partes. El acta que se genere de esta audiencia por vía remota puede ser suscrita con firma electrónica simple o avanzada.
- Las declaraciones juradas de los testigos que avalen que los cónyuges no han reanudado la vida en común, pueden ser suscritas a través de las firmas electrónicas simples.
Aunque desde hace varios años existe el divorcio express en Chile, el cual permite divorciarse en 30 días si existe mutuo acuerdo -e incluso sin que los solicitantes se vean las caras- las modificaciones de la Ley 21.394 permiten el uso de las firmas electrónicas para acelerar este proceso.
Antes de seguir, te invitamos a conocer más sobre las 15 mejores formas de firmar tus trámites en Chile y qué documentos puedes suscribir desde nuestra plataforma FirmaVirtual de forma remota.
¿Cuáles son los tipos de divorcio?
Ya hemos hablado del divorcio de mutuo acuerdo. También de las ventajas de las rúbricas virtuales con las que puedes firmar tu declaración jurada y de la nueva Ley Nº 21.394 que introduce cambios positivos para el proceso de divorcio express. Ahora ¿sabes cuáles son los tipos de divorcios que existen en Chile?
A continuación vamos a resumir los tres tipos que existen para luego explicarte cuánto tiempo se demora el trámite de divorcio en Chile y cuáles son los requisitos para un divorcio express.
Divorcio por mutuo acuerdo o divorcio express
Es aquel proceso de separación definitiva donde los cónyuges toman la decisión de divorciarse en buenos términos, de manera pacífica. Puede demorarse solo 30 días y es el que saldrá más económico de todos.
¿Cuáles son los requisitos para un divorcio express? Como el divorcio por mutuo acuerdo no implica un juicio, ya que la demanda se hace como una solicitud al Juez de Familia, solo se necesita acreditar que llevan más de un año sin convivencia. Además, es necesario que el abogado redacte un Acuerdo de Relaciones Mutuas, también llamado Acuerdo Completo y Suficiente. Este acuerdo es el que regula las decisiones consensuadas de la pareja en cuanto a:
- Alimentos de los hijos que tienen en común.
- Quién de los dos tendrá la tuición (Cuidado Personal) de los hijos o si será compartida.
- Cómo será el régimen de visitas (Relación Directa y Regular) con los hijos.
- Cómo se liquidarán los bienes de la pareja.
- Si habrá compensación económica.
Ten en cuenta que en el caso de un divorcio express, después de firmar no se podrán hacer reclamos posteriores por la división de las propiedades inmobiliarias ni por las ganancias. Se supone que eso quedó establecido en el Acuerdo Completo y Suficiente aprobado por el juez para dictar la sentencia.
Divorcio Unilateral
En este tipo de divorcio, ambas partes no se han puesto de acuerdo para divorciarse, así que el trámite lo realiza uno de los cónyuges por su cuenta.
- Solo es necesario tener la declaración de cese de convivencia donde conste que la pareja tiene tres años o más de separada.
- No es necesario el consentimiento del cónyuge, sino que transcurran esos tres años.
No obstante, si hay hijos en común y se establecieron acuerdos de alimentos, la persona que demanda puede dejar constancia de ello. Si no se acordaron los alimentos, visitas ni la tuición de los hijos menores de edad, igual se puede llevar adelante el divorcio. Pero el juez puede abrir la posibilidad de regularlos durante el juicio.
Divorcio Culposo
Este tipo de divorcio es el más complicado porque hay que demostrar problemas conyugales graves, entre los que se cuentan infidelidad, violencia intrafamiliar, conductas repudiables, entre otros elementos.
- A diferencia de los anteriores, no es necesario acreditar el cese de convivencia para interponer la demanda. La pareja puede estar conviviendo o haber pasado un mes o dos de la separación.
- Lo que determina al divorcio culposo es que se están cometiendo conductas graves que atentan contra el matrimonio y que hacen intolerable la convivencia. Estas causales están establecidas en el Art. 54 de la Ley 19.947 (Ley de Matrimonio Civil).
Pasos a seguir para divorciarse en Chile
Estos son los 6 pasos que recomiendan los abogados civiles y el portal Chile Atiende para los trámites de divorcio:
- Es importante saber desde el principio qué tipo de divorcio será solicitado: por mutuo acuerdo (express), unilateral o culposo.
- Todas las demandas para divorciarse se presentan en los Juzgados de Familia y se requiere contratar a un abogado como intermediario. En caso de no contar con recursos económicos, la CAJ (Corporación de Asistencia Judicial) ofrece orientación y asesoría jurídica gratuita a las parejas que no puedan pagar un abogado.
- Lo siguiente es pedir los documentos que son requeridos. Entre ellos, el certificado de matrimonio, el acta de cese de convivencia y el certificado de nacimiento de los hijos.
- Deben buscarse acuerdos sobre qué decisiones se tomarán con respecto a los hijos en común y los bienes que se comparten. Es importante regularizar esta clase de asuntos antes de proseguir.
- Después de terminada la audiencia en el Juzgado de Familia y ser acogida la demanda de divorcio, se declara la disolución del vínculo matrimonial.
- El último paso es hacer gestiones para inscribir la sentencia de divorcio y cambiar el estado civil: de casado(a) a divorciado(a). Este trámite se realiza en el Registro Civil.
Documentos legales para divorciarse
Los documentos mínimos que debes tener para divorciarte son:
➤ Certificado de Matrimonio
Se puede pedir sin costo en la web o el call center del Registro Civil, en las sucursales y módulos de ChileAtiende o en la Civil Digital App. Tienes que pagar $1.820 si lo pides de manera presencial en cualquier Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
➤ Acta de celebración del matrimonio
Se solicita en el Registro Civil.
➤ Certificado de Nacimiento de los hijos del matrimonio y fuera del matrimonio
Con tu RUN puedes pedir este certificado desde la web del Registro Civil. Es gratuito si haces la gestión online, pero debes pagar $710 si lo haces en las propias oficinas.
Este documento es clave para regular las visitas y establecer la pensión para alimentos.
➤ Acta de cese de convivencia de mutuo acuerdo
Para obtener el certificado que indique que ya no vives con tu pareja desde una fecha exacta, debes hacer la solicitud en la web de Chile Atiende. Es gratuito y aplica para las parejas que se casaron después del 18/11/2004.
➤ Certificado de Residencia
Necesitas acreditar el domicilio de los cónyuges. Esto para demostrarle al juez que ya no viven como pareja.
El certificado de residencia puedes pedirlo a la junta de vecinos de tu comuna, al administrador del condominio o a un notario. Se puede agilizar usando las firmas electrónicas.
➤ Lista de testigos
Debes suministrar los nombres, RUT, domicilio, teléfono y ocupación de por lo menos tres testigos que sean mayores de edad para que declaren sobre el cese de convivencia. Pueden ser parientes.
➤ Certificado de avalúo fiscal
Si fueron adquiridas propiedades durante el matrimonio, debes pedir un avalúo de todos los bienes inmuebles.
Otros documentos necesarios son el documento de identidad y las constancias que sirvan para regular la pensión de alimentos, fijar las visitas y el cuidado personal de los hijos.
¿Qué le corresponde a la mujer en un divorcio en Chile?
La repartición de los bienes adquiridos durante el matrimonio dependerá del régimen al que se acogió la pareja cuando decidieron casarse: si fue por sociedad conyugal, por separación total de bienes o por participación en los gananciales.
Otro elemento a tener en cuenta es si la mujer (o el hombre) decidió suprimir su actividad económica para dedicarse al hogar mientras estuvieron casados. En este caso, se puede pedir una compensación económica al divorciarse.
Esta compensación se calcula como un sueldo, por los años que la persona no ejerció su profesión u oficio. Le corresponderá al otro, pagar por estos años sin remuneración.
¿Cuánto tiempo demora el trámite de divorcio en Chile?
Todo proceso para divorciarse puede ser diferente para cada pareja. Sin embargo, de acuerdo con los tipos de divorcio que hay en Chile estos pueden demorarse entre un mes a 90 días.
- En el divorcio express, lo usual es que demore un mes para dictaminar la sentencia.
- En los divorcios unilaterales o por culpa, los tiempos pueden ser de unos 3 meses.
¿Y cuánto cuesta divorciarse? Un divorcio de mutuo acuerdo puede costar $250.000 a $350.000. Los demás pueden superar la cifra de $300.000 y llegar a $600.000 u $800.000.
Y ahora… ¡Pide tu firma electrónica!
Llegamos al final de esta guía sobre cómo se realiza el proceso de divorcio en Chile y cómo las firmas electrónicas pueden ayudarte a hacer más rápido y simple estos trámites. Todo esto gracias a las ventajas de la nueva Ley N° 21.394 y la tecnología digital.
Ahora, si necesitas una firma electrónica o renovar la que ya tienes, solo debes entrar a FirmaVirtual y solicitar tu rúbrica desde nuestro formulario en línea.
Sigue las instrucciones y, en menos de dos horas, ya podrás firmar los documentos electrónicos para completar tus trámites de divorcio o suscribir contratos, poderes, finiquitos, declaraciones juradas u otros papeles.
Desde FirmaVirtual puedes pedir la certificación o protocolización notarial de tus documentos junto con tu firma electrónica simple. ¡Es muy fácil!
Revisa nuestra sección de Preguntas Frecuentes de FirmaVirtual o llámanos al +56 2 3378 0591 o escríbenos por WhatsApp al +56 9 7563 5393. Atendemos rápidamente cualquier duda.
¿Te pareció útil este post? ¿Cómo fue tu proceso de divorcio? ¡Nos encantará leer tu opinión!
Por Christian Rodiek, fundador y CEO de FirmaVirtual.
44 comentarios
Buenos días estimados,
Me casé el año 2016 y me separé , es decir deje de convivir el año 2022. Nunca hice el cese de convivencia. Es posible demostrar que no convivimos desde hace dos años y cómo debería hacerlo.
Gracias por su ayuda..
Hola Vania, gracias por tu consulta. Como te casaste en 2016, para el divorcio la ley no considera un cese de convivencia anterior a la fecha en que ese cese tiene fecha cierta (artículo 55 de la Ley 19.947). Esa fecha cierta se consigue, por ejemplo, con una escritura pública, un acta extendida y protocolizada ante notario, un acta ante un oficial del Registro Civil o la notificación de una demanda, según los artículos 22 y 25 de la misma ley. Desde esa fecha se cuenta más de un año para el divorcio de común acuerdo, o tres años para el unilateral.
Ten presente que es información general. Para revisarlo, la Corporación de Asistencia Judicial orienta sin costo, o puedes agendar una videollamada con un abogado en nuestra página de asesoría legal. Para cualquier otra consulta, estamos en [email protected].
Equipo FirmaVirtual
Hola me casé en chile con la mamá de mis hijos en 2018 ya no vivimos en chile ninguno de los dos desde 2019 , como hacemos para divorciarnos de mutuo acuerdo
Hola Víctor, buena pregunta. Cuando ninguno de los dos vive en Chile, hay que definir si conviene divorciarse en Chile o en el país donde viven, y en ese segundo caso, después pedir que la Corte Suprema reconozca el divorcio en Chile. Por eso te recomendamos revisarlo con un abogado antes de partir. Como referencia, el divorcio de común acuerdo en Chile exige más de un año de cese de convivencia y un acuerdo completo y suficiente.
Esto es información general y cada caso tiene sus detalles. Desde el extranjero puedes agendar una videollamada con un abogado en nuestra página de asesoría legal. Quedamos atentos en [email protected] por si te surge otra duda.
Equipo FirmaVirtual
Estoy separada de hecho hace casi 5 años. Quiero divorciarme, pero mi ex solicita compensación económica. Estamos casados con separación de bienes; ambos trabajamos durante todo el matrimonio, tuvimos 2 hijos ya mayores de edad, ambos hijos viven conmigo y 1 aún estudia; yo siempre me ocupe de los hijos y la casa, dado que mi ex casi siempre trabajó en otra región. Yo tengo una casa y una parcela, mi ex dice que tiene derecho y me exige para el divorcio que le compense con un monto equivalente al 20% de mis bienes. Corresponde
Hola Paola. La ley no fija la compensación económica como un porcentaje de los bienes del otro cónyuge. Según el artículo 61 de la Ley 19.947, procede para quien, por dedicarse al cuidado de los hijos o a las labores del hogar, no pudo trabajar durante el matrimonio o trabajó menos de lo que podía y quería. Si no hay acuerdo, el juez decide si procede y su monto según las circunstancias del caso.
Tómalo como información general. La Corporación de Asistencia Judicial orienta gratis, o puedes revisarlo por videollamada con un abogado en nuestra página de asesoría legal. Si necesitas algo más, escríbenos a [email protected].
Equipo FirmaVirtual
Hola, soy alejandra, llevo 25 años casada y quiero divorciarme, tengo 3 hijos dos mayores de edad y una menor de edad, me casé en régimen de sociedad conyugal, y hace unos 10 años mi esposo formó una empresa y me dijo que debíamos separarnos de bienes para proteger los bienes familiares, en ese tiempo 2 casas, una en la que vivimos y otra pequeña en arriendo, nos separamos de bienes, hoy el ha triplicado sus ganancias en la empresa y ha adquirido 4 departamentos , dejé de trabajar hace mucho por cuidar a mis hijos, puedo pedir compensación económica?, siento que me engañó con lo de la separación de bienes.
Gracias, quedo atenta a su orientación
Hola Alejandra, gracias por contarnos tu situación. Sí, la compensación económica se puede pedir en el divorcio cualquiera sea el régimen de bienes. Según el artículo 61 de la Ley 19.947, procede cuando uno de los cónyuges, por dedicarse al cuidado de los hijos o a las labores del hogar, no pudo trabajar durante el matrimonio o trabajó menos de lo que podía y quería. Ustedes pueden acordar si procede y su monto, y ese acuerdo lo aprueba el juez. Si no hay acuerdo, lo decide el juez.
Te lo dejamos como información general. La Corporación de Asistencia Judicial orienta gratis, y si quieres revisar tu caso con un abogado, puedes agendar una videollamada en nuestra página de asesoría legal. Te deseamos lo mejor, y si necesitas algo más, escríbenos a [email protected].
Equipo FirmaVirtual
Hola
me case en Chile pero jamas vivimos alla, si no mas bien en Canada, aqui nos divorciamos con abogados y leyes de aca hace 20 años atras. considerando lo anterior y considerando que por vivir en otro pais yo almenos no cuento con carnet ni pasaporte al dia. la pregunta es : como se yo que sigo o no casado en Chile ? y si siguiera casado en que afectaria entre mi ex y yo ya sea por bienes en Chile ya sea propiedad herencias etc ? que pasos debo seguir ?
de ante mano muchas gracias
Hola Mauro. Un divorcio dictado en el extranjero produce efectos en Chile solo cuando la Corte Suprema lo reconoce, en un trámite que se llama exequátur (artículo 83 de la Ley 19.947 y Código de Procedimiento Civil). Mientras eso no ocurra, para Chile el matrimonio sigue vigente, con sus efectos en bienes y herencias. Para saber cómo figuras, puedes pedir tu certificado de matrimonio en el Registro Civil. Si el divorcio ya fue reconocido, aparece anotado.
Ojo, esto es información general. Para ver cómo hacer el exequátur desde Canadá, puedes agendar una videollamada con un abogado en nuestra página de asesoría legal. Cualquier otra pregunta, nos puedes escribir a [email protected].
Equipo FirmaVirtual
Buen día…
Mi exesposa se fue de nuestra casa, ella se quiso divorciarse hace más de siete años. Le pedí permiso para convivir con mi nueva pareja y no quiere. Me amenazó que iba a vender la casa, pero Yo no quiero desaserme de Mi casa. Ella trabaja y gana más que Yo. Que puedo hacer ??
Hola Jorge, disculpa la demora. Puedes pedir el divorcio aunque ella no quiera si acreditas al menos tres años de cese efectivo de la convivencia (artículo 55 de la Ley 19.947). Si se casaron después del 18 de noviembre de 2004, ese plazo corre desde que el cese tiene fecha cierta, por ejemplo desde que se le notifica una escritura pública o un acta ante el Registro Civil en que manifiestas tu voluntad de poner fin a la convivencia (artículos 22 y 25). Sobre la casa, si su régimen es sociedad conyugal, el marido administra y no puede vender un inmueble social sin autorización de la mujer (artículo 1749 del Código Civil), y la residencia principal de la familia puede declararse bien familiar, que no se vende sin autorización del otro cónyuge (artículos 141 y 142).
Esto es información general. La Corporación de Asistencia Judicial orienta gratis, y puedes agendar una videollamada en nuestra página de asesoría legal.
Equipo FirmaVirtual
Hola, quiero realizar el divorcio, tenemos el papel del cese de convivencia desde Agosto del 2021, tenemos una hija de 6 años, y el proceso de la tuición y pensión lo estamos viendo aparte (en proceso judicial), yo estuve al menos 4 años sin trabajar cuidando de mi hija, hoy me encuentro embarazada con 8meses, de mi actual pareja
Hola Carol, actualizamos esta respuesta en octubre de 2026. El divorcio de común acuerdo exige más de un año de cese de convivencia, y el unilateral al menos tres, y en ambos casos lo decreta un juez de familia (artículo 55 de la Ley 19.947). Si por dedicarte al cuidado de tu hija no pudiste trabajar, o lo hiciste menos de lo que podías y querías, puedes pedir compensación económica por ese menoscabo (artículo 61). Se pide en la demanda, en un escrito complementario o en la reconvención, y si no se pide en la demanda, el juez debe informar ese derecho en la audiencia preparatoria (artículo 64). Ten presente también que la ley presume que el hijo nacido durante el matrimonio es del marido, aunque esa paternidad se puede impugnar judicialmente (artículo 184 del Código Civil).
Esto es información general. Para revisar tu caso con un abogado, puedes agendar una videollamada en nuestra página de asesoría legal.
Equipo FirmaVirtual
Hola !!! Estoy casada con el regimen de sociedad conyugal….y me quiero divorciar….durante el matrimonio de 38años obtuvimos un departamento ,un auto,y el creó una empresa de corredor de seguros Tamher spa…..empresa qué se suponía era de ambos pero me enteré que él es el único dueño y único socio….está empresa entra en la sociedad conyugal…por otra parte el auto lo choco y se fue a pérdida total y la compañía se lo pago a él por ser el contratante de la póliza….yo soy la dueña del departamento pero no fue comprado bajo el artículo 150…..y sale cómo codeudor solidario…..a querer vender el dpto me dijeron qué el tenía que autorizar la venta….yo no trabajo hace unos anos me corresponde compensación económica….quedó atenta…saludos
Hola Sandra, actualizamos esta respuesta en octubre de 2026. En la sociedad conyugal, lo que cualquier cónyuge adquiere a título oneroso durante el matrimonio es de la sociedad aunque esté a nombre de uno solo (artículo 1725 del Código Civil), incluidas, en principio, las acciones de una empresa creada entonces. Si el departamento no lo compraste como bien reservado del artículo 150, por regla general es social, y como hoy la administra el marido, para venderlo interviene él con tu autorización (artículo 1749). El divorcio la disuelve (artículo 1764), y al liquidarla el saldo se divide por mitades (artículo 1774). La compensación económica procede si por cuidar a los hijos o el hogar no pudiste trabajar o trabajaste menos de lo que podías y querías, y se pide en el juicio de divorcio (artículos 61 y 64 de la Ley 19.947).
Esto es información general. Revísalo en una videollamada con un abogado desde nuestra página de asesoría legal.
Equipo FirmaVirtual
Con mi marido firme un acuerdo completo y suficiente por escritura pública donde se Régulo la
Pensión de los hijos y renunciamos a la compensación sin embargo mi marido por concepto de indemnización me pagaría [dato personal omitido] a fin de que yo le entregue la casa, mi marido no cumplió con las cuotas que puedo hacer ??? Aun no hacemos el divorcio
Hola Belen, lamentamos la demora. Si la obligación de pago quedó en la escritura pública, su copia autorizada puede servir como título para cobrar lo vencido en un juicio ejecutivo (artículo 434 del Código de Procedimiento Civil), pero que proceda depende de cómo está redactada la obligación y de que el pacto sea válido. La ley declara nula la compraventa entre cónyuges no separados judicialmente (artículo 1796 del Código Civil), así que si el acuerdo implica traspasarle tu parte de la casa, su validez puede discutirse. Además, lo que pacten sobre compensación económica se somete a la aprobación del tribunal (artículo 63 de la Ley 19.947).
Por eso conviene revisar el acuerdo antes de demandar o de presentarlo en el divorcio. Esto es información general. Para analizarlo con un abogado, agenda una videollamada en nuestra página de asesoría legal, o pide orientación gratuita en la Corporación de Asistencia Judicial.
Equipo FirmaVirtual
Hola muy buenas tardes
Yo me quiero divorciar pero no tengo respuesta de la contratarte y no tengo comunicación mas 16 años yo me case el 17 de diciembre 2004 no tuve hijos con el ni vienes
Hola Carolina, gracias por escribirnos. Si tu marido no responde o no está de acuerdo, puedes pedir el divorcio unilateral, que exige al menos tres años de cese efectivo de la convivencia (artículo 55 de la Ley 19.947). Se tramita ante un juzgado de familia y no se resuelve firmando un documento en línea. Ojo con la fecha del cese. Como te casaste después del 18 de noviembre de 2004, la ley solo cuenta el cese desde que consta con fecha cierta. Si no tienes un documento así, puedes expresar tu voluntad de poner fin a la convivencia en una escritura pública, un acta protocolizada ante notario o un acta ante el Registro Civil, o dejar constancia ante el juzgado, y notificarla a tu marido, y desde esa notificación se cuentan los tres años (artículos 22 y 25 de la misma ley). Por eso lo ideal es revisarlo con un abogado antes de presentar la demanda.
Te lo compartimos como información general. Para orientación gratuita está la Corporación de Asistencia Judicial, que además puede patrocinarte si no puedes pagar un abogado. También puedes agendar una videollamada con un abogado en nuestra página de asesoría legal. Mucha fuerza, y cualquier otra consulta nos escribes a [email protected].
Equipo FirmaVirtual
Hola que pasa si me quiero divorciar y me case con bienes separados y obtuve una casa cuando estaba casado la casa esta a mi nombre y llevo separado 8 años
Hola Alma, gracias por escribirnos. Que estén casados con separación de bienes y que la casa esté a tu nombre es importante, pero cómo queda en el divorcio depende también de lo que se pida en el juicio, por ejemplo una compensación económica. Sin revisar esos detalles no podemos darte una respuesta segura. Lo que sí te podemos decir es que el divorcio lo decreta un juez de familia, así que no se resuelve firmando un documento en línea.
Te lo comentamos como información general. La Corporación de Asistencia Judicial orienta gratis, y si no puedes pagar un abogado, también puede patrocinarte en el juicio. Si prefieres revisarlo con un abogado, puedes agendar una videollamada en nuestra página de asesoría legal. Te leemos en [email protected] si te surge algo más.
Equipo FirmaVirtual
hola ,llevo mas de 3 años separado y quiero hacer el tramite legal de divorsio mutuo acuerdo o express
Hola Isau, esta respuesta se actualizó en octubre de 2026. En Chile no existe un trámite de divorcio express ni ante notario. La ley contempla tres formas de divorcio y todas las decreta un juez de familia, con una demanda presentada por un abogado. Con más de tres años de cese de convivencia puedes pedir el divorcio unilateral aunque tu cónyuge no esté de acuerdo, salvo que el juez verifique que no cumpliste reiteradamente tu obligación de alimentos pudiendo hacerlo. Si ambos están de acuerdo, basta un cese de más de un año y un acuerdo que regule sus relaciones mutuas y con sus hijos. Lo clave es acreditar la fecha del cese. Si te casaste después del 18 de noviembre de 2004, debe constar en un acta ante el Registro Civil, una escritura pública o una notificación judicial, entre otros. Puedes revisar tu caso con un abogado agendando una videollamada en nuestra página de asesoría legal.
Equipo FirmaVirtual
Hola,,como están
Quiero divorciarme por una infidelidad ,,que pasos debo seguir,, agradecería la ayuda
Hola Gisel, te dejamos esta respuesta actualizada en octubre de 2026. La infidelidad puede fundar un divorcio por culpa. La ley lo permite cuando hay una falta imputable al otro cónyuge que constituya una violación grave de los deberes del matrimonio y torne intolerable la vida en común, y menciona expresamente la trasgresión grave y reiterada del deber de fidelidad. Este divorcio no exige un tiempo de separación, pero tendrás que probar esos hechos en el juicio. El primer paso es contar con un abogado, porque la demanda se presenta ante el Juzgado de Familia con su patrocinio. Si prefieres no discutir la culpa, existe el divorcio por cese de convivencia, de común acuerdo con más de un año de separación o unilateral con al menos tres años. Si quieres revisar tu caso con un abogado, puedes agendar una videollamada en nuestra página de asesoría legal.
Equipo FirmaVirtual
En total acuerdo en ponerle fin o cece de esta sociedad conllugal sin perjuicios de reclamó a ningún bien material y debido a los 20 años de no tener una cer cercania tanto física como comunicacionalmente de pone un final a este matrimonio . Gracias
Hola Eduardo, gracias por escribirnos. El divorcio termina el matrimonio y con eso también la sociedad conyugal. Si ambos están de acuerdo, pueden pedir el divorcio de común acuerdo, que exige más de un año de cese de convivencia y un acuerdo completo y suficiente que regule sus relaciones mutuas y con sus hijos. Si no hay acuerdo, el divorcio unilateral exige al menos tres años de cese efectivo de la convivencia (artículo 55 de la Ley 19.947). Cómo se acredita la fecha del cese depende, entre otras cosas, de cuándo se casaron.
Lo anterior es información general. El divorcio se tramita ante un juzgado de familia. Si necesitas orientación gratuita, está la Corporación de Asistencia Judicial, y si prefieres, puedes ver tu caso con un abogado por videollamada en nuestra página de asesoría legal. Si te quedan dudas, escríbenos a [email protected].
Equipo FirmaVirtual
Hola, buenas noches soy yuselin llevo más de 5 años separada y quiero que me ayuden para que me indiquen a donde debo dirigirme para ingresar los papeles de divorcio de mutuo acuerdo.
Hola Yuselin. El divorcio de común acuerdo se presenta ante un juzgado de familia y lo decreta un juez, así que no se resuelve firmando un documento en línea. Lo tienen que pedir ambos, acreditar más de un año de cese de convivencia y presentar un acuerdo completo y suficiente que regule sus relaciones mutuas y con sus hijos, si los hay (artículo 55 de la Ley 19.947). La Corporación de Asistencia Judicial orienta gratis a cualquier persona y, si no puedes pagar un abogado, puede patrocinarte en el juicio.
Te lo contamos como información general. Si quieres verlo con un abogado, puedes agendar una videollamada en nuestra página de asesoría legal. Quedamos atentos en [email protected].
Equipo FirmaVirtual
Soy extranjera con esposo chileno. Tenemos un hijo en común y quiero divorcio y regresar a mi país con mi hijo.
Tengo miedo de que me quiten a mi bebé, apenas cumplirá 4 meses
Hola Ismerai, actualizamos esta respuesta en octubre de 2026 y entendemos tu preocupación. Si en algún momento vives violencia, puedes llamar gratis al 1455 de SernamEG, y en una emergencia al 133 de Carabineros. Para orientarte sin costo sobre el divorcio, el cuidado personal y los viajes de tu hijo, acude a la Corporación de Asistencia Judicial de tu región, que además puede gestionar ante el Juzgado de Familia una autorización judicial de salida del país. Como regla general, si ningún juez ha resuelto el cuidado personal, para que tu hijo salga de Chile sin su padre se necesita la autorización de él por escritura pública o documento firmado ante notario, y si él se niega, la de un juez de familia (artículo 49 de la Ley 16.618). El divorcio por cese de convivencia, además, exige más de un año si es de común acuerdo, o tres si lo pide uno solo. Esto es información general.
Equipo FirmaVirtual
Hola , vivimos juntos pero no nos hablamos queremos el divorcio consensuado tenemos bienes mancomunados y tengo una hija fuera del matrimonio, es antes de que me casara. que puedo hacer en ese caso ? ya que no tengo cómo irme a otro lugar con mi hija para cumplir el requisito de 1 año estar separados
Hola Dayana, aquí va la respuesta actualizada en octubre de 2026. Para el divorcio de común acuerdo, la ley exige acreditar que la convivencia cesó hace más de un año y presentar un acuerdo completo y suficiente sobre sus relaciones mutuas, que incluye las materias vinculadas al régimen de bienes del matrimonio. Si te casaste después del 18 de noviembre de 2004, la fecha del cese debe constar en instrumentos como una escritura pública, un acta ante notario o ante el Registro Civil, o una notificación judicial. El hecho de que sigan viviendo en la misma casa es justamente lo que conviene revisar con un abogado antes de iniciar el trámite, que siempre es judicial ante el Juzgado de Familia. Puedes agendar una videollamada en nuestra página de asesoría legal.
Equipo FirmaVirtual
Me case hace 7 meses…no tenemos ningun bien en comun…yo obtuvo mi casa antes de casarme…. quiero que me ayuden a separarme el esta consumiendo pasta base en la casa donde vivo y me agrede sicológicamente ya no aguanto mas
Hola Evelyn, corregimos esta respuesta en octubre de 2026, y lamentamos mucho lo que estás viviendo. Lo primero es tu seguridad. Puedes llamar gratis al 1455 del SernamEG, que orienta a mujeres que viven violencia todos los días de 8 a 24 horas, o escribirle por chat al +56 9 9700 7000. En una emergencia o para denunciar, llama al 133 de Carabineros, al 149 Fono Familia o al 134 de la PDI. El maltrato que afecta tu integridad psíquica es violencia intrafamiliar, y el tribunal de familia puede prohibir o restringir la presencia del agresor en el hogar común. El divorcio siempre lo decreta un juez de familia, nunca un notario, y el divorcio por culpa no exige tiempo de separación. Procede, entre otros casos, por maltrato grave contra la integridad psíquica del cónyuge o por drogadicción que impida gravemente la convivencia. Esto es información general. Para orientación legal gratuita, la Corporación de Asistencia Judicial atiende temas de familia y puede patrocinarte en el juicio si no puedes pagar un abogado.
Equipo FirmaVirtual
Buen día, estoy separada desde el año2002, no tengo documentos que respalden pues la constancia de abandono de hogar que estampe en Carabineros la extravié, todo esto paso en la ciudad de Temuco, el vínculo tbn se contrajo en la misma ciudad. El divorcio sería de manera unilateral, solicito me envíen información atte.
Hola Armando, revisamos esta respuesta en octubre de 2026. El divorcio unilateral exige un cese efectivo de la convivencia de al menos tres años, y se pide con abogado ante el Juzgado de Familia. Como te casaste antes del 18 de noviembre de 2004, no se aplican las limitaciones que exigen actas, escrituras o notificaciones para probar la fecha del cese. Por eso, aunque perdiste la constancia de Carabineros, puedes acreditar la separación con otros medios de prueba, como testigos, siempre que el juez quede plenamente convencido. Además, el juez puede rechazar el divorcio unilateral si quien lo pide no cumplió reiteradamente su obligación de alimentos con el cónyuge y los hijos comunes, pudiendo hacerlo. Si quieres revisar tu caso con un abogado, puedes agendar una videollamada en nuestra página de asesoría legal.
Equipo FirmaVirtual
Hola , mi esposo quiere el divorcio , el es jubilado de carabineros, y el me dice que me dejará una especie de pensión , que se descuente de su jubilación , es posible ese proceso por intermedio del tribunal?
Hola Sandra. En un divorcio, los acuerdos económicos entre los cónyuges, como una compensación económica, se presentan en el juicio y los aprueba el juez. Cómo se pagaría en tu caso, por ejemplo con descuentos de una pensión, es algo que te recomendamos revisar con un abogado antes de firmar cualquier acuerdo.
Considera que esto es información general. La Corporación de Asistencia Judicial orienta gratis, o puedes agendar una videollamada con un abogado en nuestra página de asesoría legal. Cualquier duda, nos escribes a [email protected].
Equipo FirmaVirtual
Consulta si me quiero volver a Casar después del divorcio por ejemplo … Yo llevo casi dos años separa y quiero casarme con mi actual pareja , pero tengo hijos menores de edad ..¿Ahí impedimentos para volver a casarme ? . Tengo que hacer algún tipo de trámite para no tener problemas al momento de fijar mi fecha de casamiento!!?
Hola Silvana, actualizamos esta respuesta en octubre de 2026. Puedes volver a casarte cuando la sentencia de divorcio esté ejecutoriada y subinscrita al margen de tu inscripción de matrimonio, porque con esa subinscripción adquieres el estado civil de divorciada (artículo 59 de la Ley 19.947). El divorcio de común acuerdo exige más de un año de cese de convivencia, y el unilateral al menos tres (artículo 55). Tener hijos menores no te impide casarte, pero hay un paso previo. Si son hijos de ese matrimonio y están bajo tu patria potestad, se les debe nombrar un curador especial para inventariar los bienes de ellos que administras, aunque no tengan ninguno, y el Registro Civil no permite el matrimonio sin el certificado de ese nombramiento (artículos 124 a 126 del Código Civil).
Esto es información general. Si quieres revisar tu caso con un abogado, agenda una videollamada en nuestra página de asesoría legal.
Equipo FirmaVirtual
Hola me ayudan llevamos separados des agosto del año pasado y queremos el tramite de divorcio mutuo acuerdo lo más pronto posible
Hola Yuliana, perdona la demora en responderte. El divorcio de común acuerdo lo decreta un juez cuando ambos lo piden y acreditan más de un año de cese de convivencia, con un acuerdo que regule de forma completa y suficiente sus relaciones mutuas y con sus hijos (artículo 55 de la Ley 19.947 de Matrimonio Civil). Si se casaron después del 18 de noviembre de 2004, ese año se cuenta desde la fecha cierta del cese, como la del acta de cese de convivencia que ambos pueden pedir en el Registro Civil o la de una escritura pública (artículos 22 y 25). No se tramita ante notario, ya que la demanda se presenta en un Juzgado de Familia mediante un abogado.
Si no pueden pagar uno, la Corporación de Asistencia Judicial da patrocinio gratuito a personas de escasos recursos. Esto es información general. Para preparar el acuerdo con un abogado, agenda una videollamada en nuestra página de asesoría legal.
Equipo FirmaVirtual