¿Quieres crear una fundación sin fines de lucro? ¿Las causas ambientales y sociales son lo tuyo? Si cooperación, solidaridad, empatía, honestidad y organización están entre las palabras que te definen y te apasionan, entonces ¿por qué no dar el paso y abrir una organización sin ánimos lucrativos?
Ser parte de fundaciones sin fines de lucro en Chile puede ser la respuesta que buscas. Sin embargo, es importante poner los pies sobre la tierra y comprender los pasos claves y los requisitos legales que hay que cumplir para lograr este objetivo.
También será de mucha ayuda que tengas bien establecido desde el principio qué tipo de organización quieres abrir. Debes determinar a quiénes va destinada, cuáles son sus objetivos y misión central. No te preocupes, que todos los movimientos que necesitas hacer te lo resumimos en esta guía paso a paso.
- Fundaciones sin fines de lucro: Lo primero que debes saber
- Razones para crear fundaciones en Chile sin fines de lucro
- ¿Qué son las fundaciones sin fines de lucro?
- 7 pasos a seguir para crear una fundación en Chile
- Claves para administrar una fundación
- Leyes que regulan las donaciones a fundaciones
- ¿Cómo pagan impuestos las fundaciones?
- Obtén tu firma fácil y sin demoras
Fundaciones sin fines de lucro: Lo primero que debes saber
En Chile existen más de 235.000 organizaciones sin ánimos de lucro, vigentes y legalmente registradas. Aunque hay muchas iniciativas que se han quedado en el camino, por falta de orientación legal o una estructura clara y coherente, esto no quiere decir que sea difícil alcanzar esta meta.
Si bien dar los pasos adecuados permitirá que cristalices esta meta, no hay que olvidar que mantenerse a lo largo del tiempo y recibir los fondos suficientes para no cerrar las puertas es otra parte de la historia. Y esto es lo primero que debes siempre tener en cuenta para no perderte en el camino.
Si no quieres que tu iniciativa loable termine desinflándose debes estar consciente de todo lo que implica crear desde cero una fundación sin fines de lucro Chile.
Razones para crear fundaciones en Chile sin fines de lucro
Chile es un país de renta alta, según las cuentas del Banco Mundial. La renta nacional bruta (RNB) es de unos 15.010 dólares per cápita y su producto interior bruto (PIB) es de cerca de 300.000 millones de dólares.
La inversión extranjera directa en Chile está calculada en unos 11.400 millones de dólares. Todos estos números nos indican básicamente una cosa: que Chile es uno de los países más atractivos de América Latina para recibir inversiones.
Factores como los tratados de libre comercio con economías gigantes de América, Europa y Asia, la Alianza del Pacífico – con Colombia, Perú y México- y otros aspectos, hacen de Chile un buen país para invertir.
Y esto incluye a las fundaciones en chile sin fines de lucro. Ser una nación atractiva para las inversiones es una brillante oportunidad para que prosperen iniciativas altruistas de este tipo:
- Apoyo a causas sociales y ambientales
- Impulso para emprendedores y comunidades
- Refugios para animales o iniciativas en su beneficio
- Acciones para ayudar a grupos a salir de la pobreza
- Ayuda a niños y adultos de zonas desfavorecidas
- Concienciación y visibilización de problemas puntuales
En fin, todo lo que implique exponer y dar solución a problemas y situaciones que necesiten del concierto de manos amigas, son movimientos que siempre encontrarán gente dispuesta a donar tiempo y dinero.
¿Hay apoyo para las causas altruistas?
Tal vez te has preguntando en algún momento si la humanidad ha perdido el rumbo y si la gente está menos dada a ayudar a otros hoy en día. La Encuesta Nacional de Voluntariado y Solidaridad 2020 nos pone en perspectiva de lo que está ocurriendo en Chile. Y los resultados son súper alentadores.
Según esta encuesta, efectuadas por la Fundación Trascender y Criteria, a pesar de las dificultades socio-económicas y las cuarentenas, los chilenos siguieron siendo solidarios en 2020. Incluso, un poco más que en 2019.
De este estudio podemos interpretar que:
- La gente sigue ayudando a las causas benéficas
- 1 de cada 3 chilenos (43%) se involucra en voluntariados y en acciones puntuales como las ollas comunes, los comedores solidarios, entrega de alimentos o asistencia a personas vulnerables.
Como puedes ver, tener una fundación sin fines de lucro es una iniciativa con futuro. Siempre y cuando tengan sus operaciones y estructuras claras, no pierdan su norte, sean transparentes y generen confianza.
¿Qué son las fundaciones sin fines de lucro?
¿Qué es una fundación sin fines de lucro y qué no lo es? Saber cómo crear una fundación que no busca enriquecerse debe comenzar con su definición.
- Una fundación es una figura asociativa bajo el marco de una personalidad jurídica enfocada en la beneficencia.
- Su meta es ayuda a lograr diferentes beneficios y ventajas.
- Es diferente a una corporación y aunque son muy similares en la forma cómo son creadas, sus fines son distintos.
- El fin último de una fundación es lograr beneficiar a terceros.
En la fundación sin razón de lucro no existen personas asociadas. En cambio, hay bienes revestidos de personalidad jurídica que se destinan a los fines que dan vida a la fundación. Por ejemplo, fines culturales o educativos.
En una corporación, la gente se asocia en función de intereses que les son comunes, buscando su propio bienestar.
Fundaciones y ONG: ¿son lo mismo?
¿Las fundaciones son iguales que las Organizaciones No Gubernamentales u ONGs? En realidad, las ONG son un tipo de fundación, también sin fin lucrativo. Son grupos civiles sin ánimo de enriquecerse y que actúan de forma privada.
Las ONGs deben contar con objetivos y metas bien claras. Para sostenerse, dependen de varias fuentes de financiación, que pueden provenir de fuentes locales o regionales, nacionales o desde el extranjero. Pueden percibir donaciones de terceros y aspirar a recibir inversiones gubernamentales.
En Chile, la ONG es categorizada como una fundación sin fines de lucro y regulada por leyes y decretos que les permiten exenciones en algunos impuestos, incluyendo la Ley del Impuesto Sobre La Renta.
Para que una ONG funcione y se mantenga vigente, debe reunir estos requisitos:
- Tener un objetivo global transparente e inequívoco
- Ser permanente y no para una acción temporal
- Que sea sin fines de lucro
- Que sus objetivos sean expuestos claramente por quienes fundan la ONG
Diferencia con una corporación
En Chile, al momento de crear una ONG es importante que cuente con un marco estructural legal como fundación. Ni la ONG ni la fundación deben tener la figura de una corporación o asociación.
Ten en cuenta que:
- Las fundaciones tienen estructuras de administración y manejo menos complejas que una corporación o asociación.
- Las corporaciones, aunque son también sin fines de lucro, están integradas por individuos que buscan el bienestar de sus propios asociados.
- Las fundaciones, en cambio, buscan beneficiar a personas externas a la organización.
7 pasos a seguir para crear una fundación en Chile
Al momento de crear una fundación sin fines de lucro es importante que comiences con buen pie y que cuentes con la asesoría de un abogado de confianza.
Un asesor legal puede prepararte desde el principio los documentos correctos y sin errores. Así tu proyecto seguirá los pasos necesarios en las entidades respectivas.
Básicamente, son 7 pasos que debes dar para crear una fundación:
1. Obtén el Certificado de Similitud
Antes que nada, debes verificar que el nombre de tu fundación sin fines de lucro esté libre. Esto lo que quiere decir es que ninguna otra organización debe estar usando esa denominación.
Esta gestión se adelanta en el Registro Civil y puedes hacerlo online desde su sitio web:
- Descarga la planilla “Formulario similitud” directamente en la web del Registro Civil. Este mismo formulario es el que deben usar también las corporaciones.
- Si el nombre está disponible, el registro emitirá un papel denominado “Certificado de Similitud” que deberás entregar al momento de constituir la fundación.
- Este trámite toma 10 días hábiles, desde que introduces la solicitud hasta que te la envían por correo electrónico.
Para saber el estado de tu gestión, puedes llamar a la línea de atención 600 370 2000 o desde “Contáctenos” en el portal del Registro Civil.
2. Constituye la fundación
Es momento de constituir la fundación. Esto se hace mediante una escritura pública que contenga los estatutos de la organización. Este documento debe ser suscrito por un Notario Público, Secretario Municipal con autorización o por un Oficial del Registro Civil.
La escritura de constitución debe tener los siguientes datos:
- Nombre, domicilio y duración de la fundación
- Los fines a los que está destinada
- Los bienes que son de su patrimonio
- Quiénes forman la fundación
- Cómo están conformados sus Órganos de Administración y sus atribuciones
- Las disposiciones sobre su reforma y extinción y a quiénes pasarían sus bienes si se extingue.
- Actividades específicas que hará la fundación y cómo alcanzará sus objetivos.
En este paso, céntrate bien en aterrizar los objetivos de la fundación sin fines de lucro para que no luzcan fantasiosos, poco realistas o tan amplios que no luce claro su norte. Parece algo muy obvio, pero hay gente que falla mucho en esta parte de los objetivos.
3. Introduce la Escritura Pública
Ya con el documento de constitución, lo siguiente es ingresarlo en la Secretaría Municipal que corresponda con el domicilio de la fundación.
Antes de introducir el escrito constitutivo, debes verificar las exigencias de la municipalidad en materia de fiscalía legal. Algunas municipalidades son más exigentes que otras.
En general, te pedirán los siguientes papeles:
- Fotocopias de las Cédulas de Identidad de quienes aparecen en la constitución
- Certificado de Similitud entregado por el Registro Civil
- Certificación de los Antecedentes de los Fundadores
- Personerías de Personas Jurídicas y representaciones
Es recomendable que no te saltes la asesoría legal en este paso. Si la municipalidad no aprueba la constitución de la fundación, por errores de confección del documento, hay que generar otra escritura de rectificación de los estatutos.
Esta rectificación puede salir costosa y demorar varios meses el trámite.
4. Espera el certificado de aprobación
Debes aguardar unos días después de introducir la escritura en la Municipalidad para recibir o no las observaciones legales.
Si no te rechazan la inserción del documento, la Secretaría Municipal te informará a los 30 días que puedes pasar recogiendo el Certificado de Aprobación.
5. Inscribe la Personalidad Jurídica
Ya con el Certificado de Aprobación de la Municipalidad en las manos, debes dirigirte al Registro Civil y solicitar la Inscripción de Personalidad Jurídica Sin Fines de Lucro.
Esto puede tardar varios días hasta que te notifiquen que la inscripción está completa.
Para lograr el Certificado de Personalidad Jurídica de la organización, debes hacerlo siguiendo estas dos vías:
Online
- Desde la web del Registro Civil, busca el formulario en línea que puedes descargar en el botón de “Trámites”
- Ve después a “Inscripción al Registro de Personas Jurídicas sin fines de lucro”
- Baja el “Formulario Solicitud de Inscripción o Subinscripción de Personas Jurídicas Sin Fines De Lucro”.
Presencial
- Lleva el formulario a la sede del Registro. Debe contener todos los datos que te piden que rellenes.
- Firma y presenta junto con una copia autorizada de todos los antecedentes que te piden en el formulario.
6. Solicita el RUT en el SII e inicia actividades
Al tener el Certificado de Personalidad Jurídica, el Certificado de Similitud y los estatutos, podrás hacer la regularización tributaria de la fundación.
Para ello, debes dirigirte al Servicio de Impuestos Internos (SII), pedir el RUT, iniciar actividades, facturación electrónica y certificados de donaciones.
Puedes hacer los trámites en línea desde el botón para organizaciones sin fines de lucro. Te pedirán ClaveÚnica o Certificado Digital o pedir la Clave Tributaria para completar este proceso.
7. Inscripción para recibir donaciones
Para recibir donaciones es necesario inscribir la fundación sin fines de lucro para que se adecúe al marco que regula su actividad. Por ejemplo, la Ley de Donaciones Culturales o Sociales o a privados.
Claves para administrar una fundación
Es importante que tomes en consideración algunos detalles administrativos para que la fundación camine sobre ruedas. Ten en cuenta estos aspectos:
- La fundación debe contar con un Directorio con facultades y atribuciones administrativas. Esto depende de lo expuesto en los estatutos.
- Este directorio debe contar, como mínimo, con tres cargos: un presidente, un secretario y un tesorero.
- Entre sus estatutos debe estar claro que sus objetivos son la beneficencia. Esto le permitirá recaudar donaciones de terceros. También, acudir a fondos concursables, que son los recursos que concede el Estado a fundaciones seleccionadas.
- Las fundaciones pueden postularse y recibir ayudas por otras vías como programas, licitaciones, proyectos.
- El sector privado puede incluirlos en beneficios de créditos, financiamientos, programas de ayuda de ONG, etc.
Leyes que regulan las donaciones a fundaciones
El marco legal chileno establece regulaciones de las donaciones que puede recibir cualquier fundación sin fines de lucro Chile. Estas leyes son la Ley de Donaciones Culturales y la Ley de Donaciones Sociales.
La Ley de Donaciones Culturales facilita la obtención de fondos y bienes donados en favor de un proyecto netamente cultural, como una fundación teatral o un museo. Mientras que la Ley de Donaciones Sociales favorece la captación de fondos para acciones de tipo social y la calificación en banco de proyectos.
Hay otros textos leyes para proyectos educativos, por ejemplo, así como decretos que liberan a estas asociaciones de pagar algunos impuestos. La más importante a tener en cuenta aquí, es ajustarse a lo contemplado en la Ley de Renta.
De esta forma, tanto el que dona a una fundación como el donatario (el que recibe) deben demostrar que se hizo efectivamente una donación y así poder hacer la deducción en los impuestos.
¿Hay formas de saber si una fundación está vigente?
El Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro es un directorio único en el cual aparecen todas las asociaciones y fundaciones que se han constituido legalmente en Chile.
También permite saber si una fundación sin fines de lucro fue modificada, disuelta o extinguida, de acuerdo con lo que establece el Código Civil. Este registro puede ser de gran ayuda para identificar el estatus y la actividad de una fundación, organización o corporación sin fines de lucro.
En el portal del SII puedes consultar la nómina de Instituciones Sin Fines de Lucro activas para recibir gratuitamente alimentos de comercialización inviable, por parte de empresas agroalimentarias.
Estos alimentos se destinan a fundaciones que los entregan directamente a personas de bajos recursos, sin fines promocionales ni de propaganda. Los donantes deben cumplir con requisitos especiales, como la Circular SII Nº 54.
¿Cómo pagan impuestos las fundaciones?
Para fines tributarios, las fundaciones están catalogadas por el Servicio de Impuestos Internos de Chile como Organizaciones Sin Fines De Lucro (OSFL).
Las OSFL son tipos de contribuyentes que forman parte de organizaciones que no persiguen ningún objetivo de lucro económico, sino social. Dentro de este sector están:
- Fundaciones
- Corporaciones
- Asociaciones gremiales
- Sindicatos
- Juntas Vecinales y Organizaciones Comunitarias
- Cooperativas
- Otras instituciones que no buscan lucro económico
Para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, las OSFL deben asegurarse de estar al día con el SII. Para ello deben:
- Estar inscritas en el Rol Único Tributario y realizar la Declaración Jurada de Iniciación de Actividades (Artículos 66 y 68 del Código Tributario).
- Mantener los Libros de Contabilidad a derecho (Artículo 68° de la Ley de la Renta).
- Entregar las Declaraciones Anuales de Impuesto (artículos 65 y 69 de la Ley de la Renta).
- Hacer los Pagos Provisionales Mensuales, si aplican (Artículo 84°, letra a de la Ley de la Renta).
- Hacer las Retenciones de Impuesto (artículos 73° y 74° de la Ley de la Renta).
Obtén tu firma fácil y sin demoras
Ya te contamos cómo puedes crear una fundación sin fines de lucro en Chile y qué pasos debes dar desde el comienzo.
Para facilitar los trámites de constitución de una fundación te será de gran ayuda tener una firma electrónica. En Firma Virtual la consigues de manera muysimple y en minutos.
Desde esta plataforma acreditada en Chile puedes conseguir cuatro tipos de firmas para la validación de documentos legales. Ellas son:
- Firma electrónica
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Con Firma Virtual obtienes la firma electrónica simple (FES), que es la más utilizada para autenticarse en el portal del Servicio de Impuestos SII y para obtener el Documento Tributario Electrónico (DTE). También para firmar otros documentos con visado notarial.
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99 comentarios
Hola; te consulto deseo crear una corporacion o fundacion para Educar y Prevenir en Tema de Educacion Vial y otros a la prebasica y basica con marionetas, que organizacion me recomiendas y si debeo tener algun lugar fisico? gracias
¡Hola Pedro!
En Chile, tienes la opción de crear una fundación sin fines de lucro para llevar a cabo tu proyecto de educación vial y otros temas para la educación prebásica y básica con marionetas. La creación de una fundación te permitirá enfocarte en tu misión educativa y buscar financiamiento para desarrollar tu proyecto. Una fundación sin fines de lucro es una figura asociativa enfocada en la beneficencia, cuyo objetivo es lograr beneficios y ventajas para terceros. No es necesario tener un lugar físico para crear una fundación, ya que puedes utilizar espacios cedidos, escuelas, centros comunitarios u otros lugares para llevar a cabo tus actividades educativas. Para crear una fundación, te recomiendo seguir estos pasos: 1. Definir los objetivos y misión de la fundación: Establece claramente el propósito de la fundación, qué actividades educativas realizarás y cómo contribuirás a la educación vial y otros temas para la educación prebásica y básica con marionetas. 2. Reunir los documentos necesarios: Deberás reunir documentos como el acta de constitución, los estatutos de la fundación, el listado de los fundadores y otros documentos requeridos. 3. Registrar la fundación: Debes presentar los documentos en el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile para registrar legalmente la fundación. También puedes solicitar la personería jurídica de la fundación ante el Ministerio de Justicia. 4. Obtener el RUT (Rol Único Tributario): Es importante obtener el RUT de la fundación para poder realizar trámites y operaciones legales. 5. Buscar financiamiento: Una vez que la fundación esté constituida, podrás buscar financiamiento a través de donaciones, patrocinios, proyectos y otras fuentes de financiamiento disponibles. Recuerda que es importante contar con el apoyo de profesionales legales para guiar el proceso de creación de la fundación y asegurarte de cumplir con todos los requisitos legales.
En FirmaVirtual, podemos brindarte asesoramiento legal especializado!
Saludos cordiales,
Cleverty AI
Revisado por Martínez & Rodas
se puede formar una fundación sin fines de lucro con una sola persona?
Hola Ange
Un gusto saludarte.
En Chile, es posible formar una fundación sin fines de lucro con una sola persona. A diferencia de otras formas de organizaciones sin fines de lucro, como las asociaciones o corporaciones, una fundación en Chile no requiere de un mínimo de personas para su constitución. Según el artículo 569 del Código Civil chileno, una fundación se crea mediante un acto jurídico por el cual una o más personas destinan bienes a una finalidad de beneficencia, sin perseguir fines de lucro. Esto significa que una persona puede destinar sus propios bienes y recursos para crear una fundación y llevar a cabo los objetivos de beneficencia que se han establecido. Sin embargo, es importante tener en cuenta que una fundación sin fines de lucro necesita cumplir con ciertos requisitos legales y seguir un proceso de constitución establecido. Esto incluye redactar los estatutos de la fundación, definir su finalidad y objetivos, designar un representante legal, designar directores, entre otros aspectos. Además, es recomendable contar con el apoyo legal de un abogado especializado en derecho corporativo o de fundaciones sin fines de lucro para asegurarse de cumplir con todos los requisitos legales y garantizar una adecuada constitución de la fundación. En FirmaVirtual, podemos brindarte asesoría legal especializada en la constitución de fundaciones sin fines de lucro en Chile. Te invitamos a agendar una videollamada con uno de nuestros abogados a través de este enlace: [Agendar Asesoría Legal](https://tufirmavirtual.typeform.com/asesorialegal).
Recuerda que en FirmaVirtual estamos aquí para ayudarte en tus necesidades legales.
Si tienes alguna otra pregunta, no dudes en hacerla.
Saludos
Cleverty AI
Revisado por Martínez & Rodas
Hola, trabajan con fundaciones sin fines de lucros?
Saludos.
¡Hola Margarita!
Claro que sí, en FirmaVirtual trabajamos con fundaciones sin fines de lucro para ayudarles en sus trámites legales y de firma de documentos. Si necesitas asesoramiento legal o ayuda con la firma de documentos para tu fundación, ¡no dudes en contactarnos! Podemos gestionar la firma presencial con notario a domicilio si es necesario. ¿En qué país se encuentra la fundación sin fines de lucro con la que trabajas? ¡Estoy aquí para ayudarte!
Saludos cordiales,
Cleverty AI
Cómo se puede y cuáles son los pasos para cambiar la dirección de una Fundación?
¡Hola Daniela!
En Chile, para cambiar la dirección de una fundación, se deben seguir los siguientes pasos: 1. La Junta Directiva de la fundación debe convocar a una reunión para discutir y aprobar el cambio de dirección. Es importante que se cuente con la mayoría de los miembros presentes o representados para que la decisión sea válida. 2. Una vez aprobado el cambio de dirección, se debe proceder a modificar los estatutos de la fundación. Esto implica redactar una modificación a los estatutos que incluya la nueva dirección y las demás cláusulas que deseen modificarse. Es recomendable contar con la asesoría de un abogado especializado en derecho corporativo para asegurarse de que la modificación cumpla con todos los requisitos legales. 3. La modificación de los estatutos debe ser protocolizada ante un notario público. Para ello, se debe presentar el acta de la reunión de la Junta Directiva en la que se aprobó el cambio de dirección, junto con la modificación de los estatutos. El notario público se encargará de dar fe de la modificación y emitir una escritura pública. 4. Una vez que se cuenta con la escritura pública que contiene la modificación de los estatutos, se debe proceder a inscribir el cambio de dirección en el Registro de Personas Jurídicas correspondiente al domicilio de la fundación. Para ello, se deberá presentar la escritura pública, junto con los demás requisitos que solicite el registro. Es importante destacar que el cambio de dirección de una fundación debe ser debidamente registrado para que tenga efectos legales, incluido también el cambio ante el Servicio de Impuestos Internos. Además, se recomienda informar a los colaboradores, proveedores y demás personas relacionadas con la fundación sobre el cambio de dirección. Si tienes alguna otra pregunta o necesitas asesoría legal especializada, te recomiendo que agendes una videollamada con un abogado experto en derecho corporativo a través de https://tufirmavirtual.typeform.com/asesorialegal
Saludos cordiales,
Cleverty AI
Revisado por Martínez & Rodas
Excelente página, con información muy valiosa y clara de entender. Felicitaciones!
Realizan asesoría para una fundación que está comenzando a estructurarse?
Necesito orientación de expertos en la materia .
Quedo al pendiente.
Saludos cordiales
Katherine Salcedo
¡Hola Katherine!
¡Muchas gracias por tus felicitaciones! Nos alegra saber que encuentras útil y clara la información en nuestra página. En FirmaVirtual, nosotros ofrecemos asesoría legal para diferentes temas, incluyendo la creación y estructuración de fundaciones sin fines de lucro en Chile. Contamos con expertos en la materia que pueden brindarte la orientación necesaria para establecer correctamente tu fundación. Te invito a que agendes una asesoría con uno de nuestros abogados especializados en fundaciones sin fines de lucro. Puedes hacerlo ingresando aquí: [Agendar Asesoría Legal].
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¡Estoy aquí para ayudarte en lo que necesites!
Saludos,
Cleverty AI
Buenas tardes. muy interesante y didáctica su informacion.
Quisiera saber: si una persona es uno de los representantes legales de una fundación (hay dos representantes legales), esta pude renunciar?
como puede efectuar la renuncia?
Desde ya gracias
Hola Macarena,
un gusto saludarte y gracias por contactarnos.
Para responder a tu consulta, es posible que un representante legal de una fundación renuncie a su cargo, pero es importante que se sigan los procedimientos establecidos en los estatutos de la fundación y en la ley correspondiente. Antes de presentar la renuncia, la persona debe revisar los estatutos de la fundación y asegurarse de que se cumplan los requisitos exigidos para hacerlo. En algunos casos, los estatutos pueden establecer un plazo mínimo de antelación para presentar la renuncia, o incluso requerir la aprobación de ciertos órganos de la fundación. Una vez que se ha verificado que se cumplen los requisitos para presentar la renuncia, se debe redactar una carta de renuncia donde se explique de forma clara y precisa el deseo de renunciar al cargo, así como los motivos que llevaron a tomar esta decisión.
Es importante que la carta de renuncia se dirija a los órganos de la fundación competentes, tal como se establece en los estatutos. Posteriormente, la persona debe presentar la carta de renuncia ante la fundación y hacerla llegar a los órganos competentes según los procedimientos establecidos en los estatutos, como puede ser el directorio de la fundación o la asamblea de socios. En resumen, un representante legal de una fundación puede renunciar a su cargo siguiendo los procedimientos establecidos en los estatutos de la fundación y en la legislación correspondiente. Si necesitas más información o asesoría legal sobre este tema, puedes contactar al equipo de FirmaVirtual a través de este enlace: https://tufirmavirtual.typeform.com/asesorialegal.
Saludos,
Cleverty
Revisado por Martínez & Rodas
Muchas gracias por la información!
Muy clara la información
Excelente
buenas tardes , encontré muy clara roda la información , tenemos una duda quizás sera muy tonta, pero, con dos colegas queremos hacer una ong, y nos dicen que no hagamos nada por que una esta en dicom, es verdad que al estar en dicom no se podría formar?. desde ya gracias , saludos.
Hola Paola
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Te recomendamos contactar a nuestra abogada asociada Paola Vidal para ayudarte con dicho trámite.
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Paola Vidal
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Hola una consulta, si bien puedo crear una fundación y tener todo el amor del mundo para ayudar y ser super altruista y se me dedico 100 por cien a la fundación, ¿Cómo pago mis propios gastos comunes? ¿Cómo obtengo algún tipo de remuneración para parar la olla? como se tramita esa parte técnica para que que los que aportan no piensen que me estoy lucrando, sino mas bien solo pido lo necesario para sobrevivir?
Hola César
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Tienes que auto contratarte y pagarte un sueldo con una liquidación mensual correspondiente.
Saludos!
Muy buenas tardes quisiera saber cómo puedo realizar una fundación educativa sin fines de lucro para los niños y familias de escasos recursos, enseñarles valores y principios de la Torá, entregarles alimentación y vestimentas, también saber cómo puedo contratar a personas y realizarles un sueldo, debo contar con un terreno propio o puede ser arrendado?
También necesitaré aportes del extranjero, como debo hacerlo?
Desde ya muy agradecida, saludos cordiales.
Hola Andrea
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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Hola!
Muy útil y clara la información que publican.
Me gustaría saber dónde encuentro un listado de las Corporaciones sin fines de lucro y Fundación enn Chile.
Muchas gracias desde ya.
Hola Macca
Un listado de corporaciones sin fines de lucro y fundaciones en Chile puede encontrarse en la página web de la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile (www.svs.cl), en la sección de «Entidades sin fines de lucro». También puede consultarse en la página web del Ministerio de Desarrollo Social de Chile (www.mides.gob.cl), en la sección de «Entidades sin fines de lucro».
Hola estimada,
Pudiste concreta tu Fudnacion?
Yo estoy interesado en abrir una.
Saludos,
Hola mi consulta va en relación al lugar físico. Queremos formar una a fundación pero no contamos con un lugar físico para poder atender a personas con discapacidad. ¿Los domicilios puede ser nuestras casas particulares y realizar las acciones en otro lugar?
Hola María
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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Hola, me interesa una cotización el cual incluya la constitución de una escritura para fundación . Gracias
Hola Lina
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Nosotros lamentablemente no redactamos escrituras.
Sin embargo, te recomendamos contactar a nuestra abogada asociada Paola Vidal para ayudarte con dicho trámite.
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Buenas tardes , una consulta mi bebé es parte de una fundación de niños discapacitados, pagamos 10 mil como mensualidad , las profesionales ahora están cobrando las terapias que de 1 principio eran gratis , puede ser posible que cobre las atenciones una fundación sin fines de lucro ??
Hola Karem
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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Hola buenas, consulta un director de ong puede ser socio de una empresa social ??? Y si pudiera que pasos tendría que seguir ?
Hola Alexander
En Chile no existe una prohibición específica que impida a un director de una ONG ser socio de una empresa social. Sin embargo, es importante tener en cuenta ciertos aspectos legales y éticos para esta situación. En primer lugar, debes revisar los estatutos de la ONG para ver si existe alguna disposición que prohíba a los directores tener intereses comerciales o ser socios de otras organizaciones. Si no hay ninguna restricción expresa entonces generalmente se permite que un director sea socio de una empresa social. No obstante, es importante considerar posibles conflictos de interés que puedan surgir. Un conflicto podría ocurrir si las actividades de la empresa social entran en disidencia con los objetivos o valores de la ONG, o si el director utiliza su posición en la ONG para obtener beneficios personales o favorecer a la empresa social. Para evitar conflictos de interés y mantener una conducta ética se recomienda lo siguiente: 1. Informar a la junta directiva de la ONG y a los demás miembros sobre la relación con la empresa social, revelando cualquier posible conflicto. 2. Mantener separadas las responsabilidades y decisiones relacionadas con la ONG y la empresa social. Evitar utilizar los recursos de la ONG para beneficio personal o de la empresa social. 3. Presentar una declaración de intereses, donde se detallen las relaciones y vínculos con la empresa social, garantizando que estas relaciones no afecten la toma de decisiones imparciales en la ONG. 4. Asegurarse de cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables tanto para la ONG como para la empresa social. Ten en cuenta que estos son solo lineamientos generales y que cada caso puede ser diferente. Se recomienda buscar asesoramiento legal específico para asegurarse de cumplir con los requisitos legales y éticos en tu situación particular. Puedes agendar una asesoría en el siguiente link: https://tufirmavirtual.typeform.com/asesorialegal
Saludos cordiales,
Cleverty AI
Revisado por Martínez & Rodas
Hola, realizan asesoría para conformar una organización sin fines de lucro?
Hola Sebastian
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Mi pregunta es hay un mínimo de personas para constituir una ONG si fines de lucro?
Hola Rita
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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Hola, tengo una consulta.
En relación a la dirección tributaria que debe tener una Fundación… Si por ahora la Fundación está sin movimientos de ningún tipo, y para un periodo de ajustes no los tendremos, ¿es necesario renovar la dirección tributaria o es factible renovarla una vez se retomen las funciones?
Hola Barbara
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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Consulta, soy parte de una fundación, soy de la directiva (tesorera) y me gustaría saber cómo me puedo retirar de la fundación y que la cuenta de esta quedé a nombre de otra persona.
Hola Génesis
Para retirarte de una fundación y transferir la cuenta a nombre de otra persona, es importante seguir los procedimientos y requisitos establecidos en los estatutos de la fundación. A continuación, te indico los pasos que puedes seguir: 1. Revisa los estatutos de la fundación: Los estatutos son el documento que establece las normas y reglas de funcionamiento de la fundación. Verifica si existe alguna disposición específica sobre la renuncia de los miembros de la directiva y la transferencia de cuentas. 2. Comunica tu decisión: Debes comunicar tu decisión de renunciar como tesorera de la fundación a los demás miembros de la directiva. Es importante hacerlo por escrito y mantener una copia de la comunicación. 3. Convoca a una reunión de la directiva: Con el fin de oficializar tu renuncia y hacer los trámites necesarios, es recomendable convocar a una reunión de la directiva. En la reunión, se debe tomar el acuerdo de aceptar tu renuncia y designar a la persona que se encargará de asumir el cargo de tesorero. 4. Informa al banco: Una vez que se haya designado a la nueva persona que asumirá la cuenta de la fundación, es importante informar al banco sobre el cambio de firma autorizada. Debes presentar los documentos requeridos por el banco y seguir los procedimientos establecidos por ellos para realizar el cambio. 5. Realiza el traspaso de documentación: Entrega toda la documentación relacionada con la tesoría de la fundación a la persona designada como nuevo tesorero. Esto puede incluir registros contables, facturas, informes financieros, entre otros. Recuerda que es recomendable contar con el apoyo de un abogado especializado en derecho de fundaciones para asegurarte de cumplir con todos los requisitos legales y procedimientos establecidos. Si necesitas una asesoría legal especializada, te invito a agendar una videollamada con un abogado experto en nuestra plataforma: https://tufirmavirtual.typeform.com/asesorialegal.
Espero que esta información te sea útil.
Saludos cordiales,
Cleverty AI
Revisado por Martínez & Rodas
Muy buena información , personalmente no manejo mucho el tema , pero como conocimiento adquirido me pareció interesante y valioso como básico sobre este tema.
Gracias.
Hola Jorge,
un gusto saludarte.
Gracias por tu comentario. ¿Qué otro tema te gustaría poder ser tratado en nuestro blog?
Saludos!
Hola buenos días, me gustaría Formar una Fundación Deportiva sin fines de lucro, soy funcionario Municipal mi contrato es honorario encargado de deportes y Recreación ,podría yo estar en el directorio.
estimado para iniciar un centro de rehabilitación de drogas sin fines de lucro, recomiendas ser una fundacion?
Buenas tardes
Se puede cambiar una organización deportiva y cultural a una fundación?
¿ quien realiza el trámite?
Muchas gracias
Buenas noches, muchas gracias por la información, me quedó una duda, para poder obtener financiamiento estatal para una fundación, es necesario que ya esté en funcionamiento ?, o los ministerios/municipalidades, te pueden entregar financiamiento desde cero para la creación de aquella?
saludos!
Hola Javiera
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Te recomendamos contactar a nuestra abogada asociada Paola Vidal para ayudarte con dicha consulta.
Sus datos de contacto son:
Paola Vidal
+56 9 7543 7438
paola.vidal@avogados.cl
https://avogados.cl/
Hola, muy bueno el informativo, quisiera saber si todo esto corre para fundaciones animalistas, hay algún requisito extra que se debiese tener?
Muchas gracias!
Hola Andrea
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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Hola como familia queremos formar una fundacion de búsqueda de personas Extraviadas en lugares de difícil acceso, esto luego de la pérdida de nuestro primo en un cerro en Cochamo y posterior rescate luego de 21 días sin vida.
Pero necesitamos apoyo legal para focalizar la ayuda a este segmento de gente partiendo desde el nombre y todo lo legal que se necesita para constituirla, por favor si nos pudieran orientar, muchas gracias de antemano
Hola Héctor,
un gusto saludarte.
De todas formas te recomendamos contactar a nuestra abogada asociada Berta Castro para ayudarte con dicho trámite.
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Berta Castro
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bcastro@irc-abogados.cl
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Hola buenas noches, yo tengo unas hermosas niñas que son gemelas , i tienen TEA i en la fundación que las tenemos , nos cobran matrícula, mensuidad i aparte tenemos que pagarle alas tías que asen las terapias , todos los meses , ese es legal que tengamos que pagar todo eso , siendo una fundación sin fines de lucro ,
Hola Luis
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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hola estoy pensando en formar una fundación sin fines de lucro junto a mi hermana y otros profesionales del área mediambiental, para el rescate del patrimonio andino, mi duda es que como somos muy pocos los especialistas, los miembros del directorio también deberán trabajar en la fundación, terreno y actividades propias del rescate, para ello puedo asignar sueldos y contrataos para nosotros mismos y otros profesionales que el proyecto requiera
Hola Sonia
un gusto saludarte.
De todas formas te recomendamos contactar a nuestra abogada asociada Berta Castro para ayudarte con dicho trámite.
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Berta Castro
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Hola, el directorio tienen que ser personas profesionales en ese ámbito social?
Hola Diana
no es necesario.
Saludos!
En el caso de una fundación que es cementerio el aguinaldo es o no imponible?
Hola Angel
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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hola buenos días, he estado leyendo «Todo acerca de las fundaciones sin fines de lucro en Chile» y me pareció excelente, mi intención es crear una alguna fundación, ya que acá en mi sector, el flagelo de la «pasta base» tiene a los jóvenes en muy malas condiciones, y es por tal motivo quiero ayudar a que los jóvenes de acá dejen ese vicio.
si me podrían orientar mas acerca de como ayudar a dichos jóvenes, ya que con su ayuda creo que podremos sacar adelante a muchas personas.
Gracias y estaré atento a sus comentarios.
Hola Romulo
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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Hola buenas, muy buena la información, quisieira saber si un dirigente social que realiza un trabajo profesional dentro de la organización puede percibir honorarios.
Hola Mariia Eugenia
un gusto saludarte.
Si es que está contratado con un contrato laboral, no puede recibir honorarios.
Saludos!
Muchas gracias por la información y les felicito por la claridad conceptual, me quedó todo muy claro, ahora me pondré a trabajar en los objetivos.
Muchas bendiciones y espero que cada vez seamos más personas que queremos ayudar solo por ayudar. Saludos!
Hola! Mi nombre es Martin y funde una organización de rescate animal en la región de los lagos, llevo desde febrero rescatando animales. Hoy 23 de abril cumplo 18 años por lo que me encantaría poder volverme una fundación, les escribo para ver si pueden ayudarme en el proceso.
Hola Martín
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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Buena información, pero algo causa inquietud, qué pasa si la Fundación cambia de domicilio, puede hacerlo o solo debe funcionar en la comuna donde se constituyó?
Saludos.
Hola Rodrigo
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Hola.
Nos constituimos como Fundación porque el Ministerio de Educación exigía que las Agencias Técnicas Educativas (ATE), fueran organizaciones sin afán de lucro. ¿Cómo podemos traspasar esa institución a otro grupo?, es decir vender las ATE con la Fundación incluida. Gracias.
Hola. Primero que todo, gracias por la información. No tengo herederos y deseo crear una fundación que proteja entre otros a perros y aves. Les agradeceré toda información en ese sentido. Saludos
Jorge Villalobos Gálvez
Hola Jorge,
gracias por tu comentario. Nuestra abogada asociada se pondrá en contacto contigo.
¿Te interesa algún otro tema que podremos publicar?
Saludos!
Christian
Hola estimados.
Constituí una fundación recien en abril de este año, a la fecha aún no tengo movimiento de dinero porque o he recibido aún donaciones. Como lo hago con la declaración de impuesto en este caso.
Excelente información. Hace tiempo que quiero hacer un fundación y en estos tiempos justamente es necesario.
Pero mi pregunta es siempre la misma: Cómo se financia los sueldos del directorio y de los empleados de la Fundación? Con las mismas donaciones?
Habrá que buscar personas que constantemente aporten para mantenerse en funcionamiento?
A lo mejor es muy tonto lo que pregunto, pero como no es sin fines de lucro.
Yo tengo 2 preguntas que diferencia hay entre una ONG y una fundación y la otra
pregunta es que también deseo crear un fundación o ONG despendiendo de la primera respuesta, pero no podría entregarme a ella el 100% de mi tiempo, si debo trabajar para poder mantener mis gastos personales.
Cómo se hace en éste caso? Agradecería sus respuestas, ya que me orientarán a poder avanzar con mayor tranquilidad.
Hola Carina
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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Hola, más arriba detallan que según la Ley, los miembros del directorio no pueden recibir sueldos por ejercer dichas funciones (presidente, secretario o tesorero) solo podrían en caso de que desempeñen funciones diferentes dentro de la fundación, las que deben estar debidamente justificadas y relacionadas con el fin que tiene la fundación.
Saludos!!
Hola Alejandra
un gusto saludarte y gracias por contactarnos.
Efectivamente, según lo establecido en la Ley de Fundaciones (Ley N° 19. 712), los miembros del directorio de una fundación no pueden recibir remuneración alguna por el desempeño de sus funciones, salvo en los casos en que desempeñen funciones diferentes dentro de la fundación, que deberán estar debidamente justificadas y relacionadas con el fin que tiene la fundación. Esta restricción tiene como objetivo evitar que los miembros del directorio puedan obtener beneficios personales a través del manejo de los recursos de la fundación, y garantizar que la gestión de los recursos de la fundación se realice de manera transparente y en beneficio de los fines de la fundación.
Si tienes alguna otra pregunta, por favor no dudes en plantearla.
Saludos,
Cleverty AI
Revisado por Martínez & Rodas
Hola Jorge esperando te encuentres bien, ingresé a esta página precisamente con la intención de crear una fundación para animales debido a un caso tan estremecedor que merece justicia y al mismo tiempo toda la ayuda para que algo así jamás vuelva a ocurrir, me gustaría contactarme contigo.
Excelente información!!!.
Gracias por compartir información de manera clara, didáctica y precisa.
Un gran aporte
Hola Rebeca,
gracias por tus buenas palabras. Nuestro propósito es ayudar a las personas con este tipo de información.
¿Te interesa algún otro tema que podremos publicar?
Saludos!
Christian
Hola tengo la misma duda me gustaría saber como hacer el cambio de Agrupación (vigente) a fundación
Agradecería orientación por favor
Hola, quisiera saber cuánto demora un trámite de cambio de nombre de una fundación sin fines de lucro, saludos
Hola Nicolás
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Te recomendamos contactar a nuestra abogada asociada Paola Vidal para ayudarte con dicha consulta.
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Paola Vidal
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Hola una fundación que ayude y oriente a las mujeres que han sufrido de violencia intrafamiliar que sea útil , que ayude con herramientas , quinzas cosas necesarias para alimentos o vestimenta etc para ella y sus hijos, algo que sea útil y que no se sientan solas . es posible formar una fundación así ?
Me hago la misma pregunta y si no fuera así sería maravilloso hacer un proyecto con esas características 🙏
Buenas tardes, si soy presidenta o cualquiera de los 3 cargos obligatorios podemos tener sueldo por administrar la fundación?
Estimada Adela,
Entiendo que tienes una consulta sobre si los miembros del directorio de una fundación sin fines de lucro en Chile pueden recibir un sueldo por administrar la fundación. Como abogado de empresas y fundaciones, puedo proporcionarte una orientación general basada en la ley chilena.
Según la legislación chilena, específicamente la Ley 19.885 sobre donaciones con fines sociales, las fundaciones sin fines de lucro deben cumplir con ciertos requisitos para mantener su estatus. Uno de estos requisitos es que los miembros del directorio no pueden recibir remuneraciones por ejercer sus cargos como tales.
Sin embargo, esto no impide que los miembros del directorio realicen otras funciones dentro de la fundación, distintas a sus cargos en el directorio, y reciban una remuneración por ello. Es importante que estas funciones adicionales estén claramente definidas y que la remuneración sea razonable y acorde con el mercado. Además, es fundamental mantener una clara separación entre las funciones desempeñadas como miembro del directorio y las funciones adicionales por las que se recibe una remuneración.
En resumen, si bien no puedes recibir un sueldo por ser presidenta o ejercer cualquiera de los otros cargos obligatorios del directorio de una fundación sin fines de lucro en Chile, puedes recibir una remuneración por realizar otras funciones dentro de la fundación, siempre y cuando estén debidamente justificadas y documentadas.
Recuerda que estas orientaciones son generales y siempre es recomendable consultar con un abogado especializado en el tema para analizar tu caso específico y obtener asesoría personalizada.
Espero que esta información te haya sido útil. Si tienes más preguntas, no dudes en dejar un comentario en el blog o ponerte en contacto con FirmaVirtual.legal.
Saludos cordiales,
Cleverty AI
Revisado por Martínez & Rodas
Hola, soy miembro de una organización cultural sin fines de lucro, con personalidad jurídica vencida (debemos hacer el trámite para su reactivación), pero mi pregunta es: Una vez reactivando la personalidad jurídica ¿podemos convertir esta organización en una Fundación? ¿Cuál es el procedimiento para eso?
Quedo atento y muchas gracias desde ya.
Hola Jonathan,
gracias por tu comentario.
Te contactará nuestro abogado asociado Miguel Martínez de Martínez & Rodas.
Saludos!
Christian
Excelente información, clara, entendible. 👌🏻
Hola Andrea
muchas gracias por tu comentario positivo.
Nos interesa poder entregar esta información de valor.
Si tienes alguna otra duda que te gustaría ver respondida en nuestro blog, escríbenos al mail contacto@firmavirtual.legal
Saludos!
César
Muchas gracias por toda información,valiosa que brindan saludos desde taltal
Hola Humberto
un gusto saludarte y gracias por tus buena palabras.
Hay algún otro tema que te gustaría leer en nuestro blog https://firmavirtual.legal/blog/?
Hola! Muy buena la información!
Por favor me podrían aclarar cuál es la diferencia entre Fundación y Organización?? (Obviamente ambas sin fines de lucro), necesito saber ya que soy rescatista de perritos y necesito ayuda económica para postular a proyectos municipales o del gobierno para el beneficio de mis perritos!
Estaré atenta!
Saludos 🐾
Estimada Lorena,
En términos legales, una fundación y una organización son entidades distintas con propósitos diferentes aunque similares.
Una fundación es una organización sin fines de lucro creada por un individuo, una familia o un grupo de individuos para fines filantrópicos. Básicamente, es un patrimonio que se ha destinado a un propósito particular, normalmente de beneficencia, educación, cultura, ciencia, etc.
Por otro lado, una organización sin fines de lucro es una entidad más amplia que puede tomar varias formas legales. Mientras que las fundaciones son una forma de organización sin fines de lucro, también existen asociaciones, corporaciones y otras formas legales de organizaciones sin fines de lucro. Todas estas organizaciones están dedicadas a un propósito específico que no es la generación de ganancias para sus propietarios o miembros.
Las diferencias entre estos dos tipos de entidades están en cómo se estructuran, cómo se administran y cómo se regulan. En general, las fundaciones tienden a tener requisitos más estrictos de gobernanza y transparencia.
Es importante mencionar que en el caso de postular a proyectos municipales o del gobierno, cada uno tendrá sus propios requisitos sobre el tipo de entidad que puede postular. Es recomendable que revises los requisitos de cada uno de los programas a los que deseas postular para ver qué tipo de entidad es más adecuada para tus necesidades.
En cuanto a la legislación que regula a las fundaciones en Chile, te remito a la Ley 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública y al D.L. 1.634 del Ministerio de Justicia que establece el Registro de Personas Jurídicas sin fines de lucro.
De acuerdo a lo que busques, cuantas personas te estén acompañando, tiempos proyectados para dar inicio y otros factores dependerá la estructura óptima que te convendrá armar para tu propósito.
Espero que esta información te sea de ayuda.
Saludos cordiales,
Cleverty AI
Revisado por Martínez & Rodas
Muchas gracias, muy útil y didáctica la explicación entregada
Hola Héctor,
muchas gracias por tu comentario positivo.
Nos interesa poder entregar muchas información valiosa.
Si tienes alguna duda que te gustaría leer en nuestro blog, escríbenos al mail contacto@firmavirtual.legal
Saludos!
Christian
Hola, mi consulta es, como se puede ver las personas que participan en la fundación?
Mi correo es arte_fabian@hotmail.com
Hola Fabian
un gusto saludarte.
En la escritura o certificado de registro de la sociedad vigente.
Saludos!
Muy valiosa toda la información, está casi todo lo que necesitaba con el equipo que dirijo.
Saludos .