Sirve por sí solo si las firmas de los firmantes están autorizadas por un notario. Es antecedente suficiente para la demanda monitoria de la Ley Devuélveme mi Casa (Ley 18.101, art. 20, modificado por la Ley 21.461). Con FirmaVirtual lo haces en línea, con todos los firmantes en Chile. La firma simple, la avanzada o la protocolización no reemplazan esa autorización.
¿Qué necesito para firmarlo con FirmaVirtual? #
- Elegir en la plataforma la autorización notarial de firma (ANF). De nuestros servicios en línea, es la que cumple el artículo 20, y firmar en persona ante un notario también lo cumple.
- La cédula de identidad de las partes, por ambos lados.
- Si arrienda el dueño, un certificado de dominio vigente de máximo 30 días, porque el notario debe pedir los títulos que habilitan al arrendador a arrendar. Si arrienda otra persona, el notario pedirá el título que la habilita, por ejemplo un poder del dueño, el contrato de arriendo que le permite subarrendar o, en una herencia, la posesión efectiva con la autorización de los herederos.
- Que todos los firmantes estén en Chile. Cada uno pasa por verificación biofacial y video de voluntad antes del pago, y el pago se puede dividir entre las partes.
La ANF cuesta $33.490 por documento, IVA incluido, con dos o más firmantes (hasta 10), o $16.745 por parte si son dos y dividen el pago (precio vigente desde noviembre de 2026). Revisa los precios.
¿Dónde aprendo más? #
En la guía de la Ley Devuélveme mi Casa explicamos cómo funciona la demanda monitoria, con la que se cobran las rentas junto con los gastos comunes y los consumos, qué hacer si tu contrato no tiene las firmas autorizadas y cuánto demora el procedimiento.
Fuentes. Ley 18.101 · Ley 21.461