Actualizado el 31 de octubre de 2026 · Por Christian Rodiek, fundador y CEO de FirmaVirtual

El reajuste de arriendo en Chile actualiza periódicamente la renta según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) o la Unidad de Fomento (UF). La ley no impone un reajuste automático y solo procede si está pactado en el contrato (Código Civil, art. 1918).

En FirmaVirtual puedes firmar tu contrato o anexo de arriendo en línea con autorización notarial de firma (ANF). Para usar esta modalidad, todos los firmantes deben estar en Chile.

Estos son los puntos clave sobre el reajuste de arriendo en Chile:

  • Ni la Ley 18.101 ni el Código Civil fijan un reajuste automático de la renta. Para reajustar por IPC o en UF durante el contrato, la cláusula debe estar escrita y firmada por ambas partes.
  • El cálculo por IPC se hace gratis en la calculadora oficial del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) según la variación acumulada del período pactado.
  • Sin contrato escrito no existe derecho unilateral del dueño a subir la renta. La Ley 18.101 presume como renta el monto de los depósitos o pagos de al menos tres meses consecutivos (art. 20, inciso final).
  • El artículo 21 de la Ley 18.101 reajusta según la UF únicamente los pagos o devoluciones en mora hasta la fecha del pago efectivo.
  • Para que el contrato sirva por sí solo en la demanda monitoria, las firmas deben estar autorizadas por un notario (Ley 18.101, art. 20).

En este artículo revisaremos los siguientes temas:

  1. ¿Cómo funciona el reajuste de arriendo en Chile?
  2. ¿Cómo se calcula el reajuste de arriendo según el IPC paso a paso?
  3. ¿Qué diferencia hay entre reajustar por IPC y fijar el arriendo en UF?
  4. ¿Se puede subir el arriendo sin contrato escrito o sin cláusula de reajuste?
  5. ¿Cómo formalizar un cambio de renta en tu contrato de arriendo?
  6. ¿Cuánto cuesta firmar un contrato o anexo de arriendo en Chile?
  7. ¿Cómo firmar tu contrato o anexo de arriendo con FirmaVirtual?
  8. Preguntas frecuentes sobre el reajuste de arriendo en Chile

¿Cómo funciona el reajuste de arriendo en Chile?

En Chile, el reajuste de la renta depende exclusivamente de lo que el arrendador y el arrendatario hayan acordado en el contrato. Ni la Ley 18.101 ni el Código Civil establecen un aumento obligatorio. Sin cláusula de reajuste, la renta en pesos se mantiene fija durante el contrato.

El precio o renta de un arriendo lo fijan libremente las partes (Código Civil, arts. 1918 y 1808). Una vez firmado el contrato de arriendo, lo pactado es una ley para ambos contratantes (Código Civil, art. 1545). Para actualizar la renta periódicamente, la cláusula de reajuste debe indicar tres elementos:

  • El índice o unidad de reajuste, como la variación del IPC calculada por el INE o la equivalencia en Unidades de Fomento (UF).
  • La periodicidad, es decir, cada cuántos meses se aplica el reajuste (por ejemplo, cada tres, seis o doce meses).
  • La regla ante una variación negativa, indicando si el reajuste solo aplica cuando el IPC del período es positivo.

No debes confundir el reajuste periódico de la renta con el reajuste legal por mora. La Ley 18.101 menciona la UF en su artículo 21 únicamente para los pagos o devoluciones atrasados entre las partes. Esos montos se reajustan según la variación de la UF entre la fecha en que debieron pagarse y el pago efectivo.

¿Cómo se calcula el reajuste de arriendo según el IPC paso a paso?

El reajuste por Índice de Precios al Consumidor aplica a la renta en pesos la variación acumulada informada por el Instituto Nacional de Estadísticas. El cálculo abarca desde el mes de inicio del período hasta el mes del reajuste y se realiza gratis en la calculadora del INE.

Para obtener el monto exacto sin errores de redondeo, sigue estos pasos en la Calculadora de IPC del INE:

  1. Revisa la cláusula de tu contrato para confirmar cada cuántos meses corresponde reajustar y cuál fue el mes del último reajuste aplicado.
  2. Ingresa el monto actual de la renta en pesos sin puntos ni signos en la calculadora del INE.
  3. Selecciona el mes y año de inicio del período y el mes y año de término conforme a tu contrato. Ten presente que el INE publica el IPC de cada mes durante los primeros días del mes siguiente.
  4. Presiona el botón de calcular para ver el porcentaje de variación acumulada del período y el nuevo valor reajustado en pesos.

Calculadora de reajuste de arriendo por IPC y conversión UF a pesos

Calcula la estimación de tu nuevo canon en pesos chilenos según el IPC oficial del INE o el valor diario de la UF.

IPC del INE hasta septiembre de 2026 (Base 2023 = 100)
Ingresa el monto mensual en pesos chilenos que pagas o cobras hoy.
Se calcula automáticamente con la tabla del INE. Puedes editar el porcentaje si el INE ya publicó un dato más nuevo o si quieres contrastarlo en calculadoraipc.ine.cl.

Estimación del nuevo canon

$520.500

Diferencia mensual estimada: +$20.500 (variación aplicada: 4,1 %).

Fórmula aplicada: $500.000 × (1 + 4,1 / 100) = $520.500.

Fuente oficial: Índice de Precios al Consumidor (IPC), Base Anual 2023 = 100, Instituto Nacional de Estadísticas (INE).

Valor UF precargado al 31-10-2026 ($41.247,63)
Admite decimales con coma (por ejemplo, 15,5).
Editable. Consulta el valor exacto de tu día de pago en el SII o en el Banco Central.

Estimación del nuevo canon

$639.338

Fórmula aplicada: 15,5 UF × $41.247,63 = $639.338 (redondeado al peso).

Fuente oficial: Tabla diaria de la Unidad de Fomento, Servicio de Impuestos Internos (SII) y Banco Central de Chile.

Este resultado es una estimación. El pago en UF o el reajuste periódico solo aplica si el contrato de arriendo lo pacta (Código Civil, artículo 1545), convirtiendo las unidades según la fecha que indique tu cláusula.

¿Van a dejar constancia del nuevo monto o pactar una cláusula de reajuste que no estaba en el contrato? Firmen su anexo o contrato de arriendo en línea con Autorización Notarial de Firma (ANF) por $25.490 (1 firmante) o $33.490 (de 2 a 10 firmantes, $16.745 por parte entre dos), IVA incluido. Todos los firmantes deben estar en Chile.

Firmar anexo o contrato con ANF

Privacidad (Ley 21.719). Todo el cálculo se realiza en tu navegador. Esta herramienta no guarda, no envía ni registra los montos ni las fechas que ingresas.

Por ejemplo, imagina que pactaste una renta mensual de $500.000 con reajuste anual según el IPC. Si en esos 12 meses la variación acumulada informada por el INE es de 4,0 %, el incremento es de $20.000. A partir del mes siguiente, la nueva renta mensual pasa a ser de $520.000 durante los próximos 12 meses.

¿Qué diferencia hay entre reajustar por IPC y fijar el arriendo en UF?

Cuando la renta se pacta en pesos con reajuste por IPC, el monto mensual permanece fijo durante tres, seis o doce meses. En cambio, cuando el arriendo se pacta directamente en Unidades de Fomento, el monto en pesos cambia todos los meses según el valor diario.

CriterioArriendo en pesos con reajuste IPCArriendo en pesos con reajuste anual en UFArriendo pactado directamente en UF
Moneda en que se fija la rentaPesos chilenos ($)Pesos chilenos ($), con equivalencia referencial en UF al firmarUnidades de Fomento (UF)
Cada cuánto cambia el pago en pesosCada 3, 6 o 12 meses, según el contratoCada 6 o 12 meses, tomando el valor de la UF del día del reajusteTodos los meses, según el valor de la UF del día de pago que fije el contrato
Dónde se consulta el valor oficialCalculadora IPC del INETabla oficial de UF en el SII o Banco CentralTabla oficial de UF en el SII o Banco Central
Tipo de inmuebles en que se pactaCasas y departamentosContratos habitacionales de largo plazoLocales comerciales, oficinas, oficinas virtuales y viviendas
Diagrama de flujo para saber cómo reajustar un contrato de arriendo en Chile por IPC con la calculadora del INE o en UF, y cuándo firmar un anexo con Autorización Notarial (ANF).

Ambas modalidades son legales en Chile porque la propia UF se reajusta diariamente según la variación del IPC del mes anterior. Si evalúas pactar el canon en UF, revisa nuestra guía sobre el contrato de arriendo en UF en Chile para definir el día de conversión.

¿Se puede subir el arriendo sin contrato escrito o sin cláusula de reajuste?

No se puede aplicar un reajuste unilateral si el contrato escrito no lo contempla o si el arriendo es verbal. Cualquier cambio en la renta durante el arriendo exige el acuerdo de ambas partes mediante un anexo de contrato firmado por los dos.

Cuando un arriendo regido por la Ley 18.101 no consta por escrito, el propietario no puede subir la renta por su cuenta. El artículo 20 inciso final de esa ley presume como renta el monto de los depósitos o pagos de al menos tres meses consecutivos. Si esos comprobantes no existen, se estará a la renta que declare el arrendatario.

Por lo tanto, si el contrato omitió la cláusula de reajuste o fue verbal, el arrendador tiene dos caminos legales para actualizar el valor:

  • Acordar un anexo o un nuevo contrato escrito con el arrendatario, fijando de común acuerdo la nueva renta y la cláusula de reajuste.
  • Terminar el contrato al vencer su plazo o por desahucio (Ley 18.101, arts. 3 y 4). Revisa los plazos en nuestra guía de la Ley Devuélveme mi Casa.

Consejo FirmaVirtual. Cuando apliques el reajuste pactado en tu contrato, envíale al arrendatario el pantallazo de la calculadora del INE antes de que venza el mes anterior. Incluye el mes inicial, el mes final y el porcentaje exacto para evitar transferencias por el monto antiguo.

¿Cómo formalizar un cambio de renta en tu contrato de arriendo?

Si el reajuste periódico por IPC ya está pactado en el contrato original, no necesitas firmar un anexo nuevo en cada período. Basta avisar por escrito el nuevo monto con el respaldo oficial. Si las partes modifican la renta o la moneda, deben firmar un anexo.

Si un mes se transfiere por error un monto distinto al que correspondía según el INE, conviene dejar constancia por escrito. Así las partes pueden descontar o completar esa diferencia en el pago del mes siguiente.

Cuando se firma un contrato nuevo o se modifica la renta, conviene revisar el artículo 20 de la Ley 18.101, modificado por la Ley 21.461. En los contratos de arriendo escritos, las firmas deben ser autorizadas por un notario público, quien pide los títulos que habiliten al arrendador. Esos contratos autorizados por notario constituyen antecedente suficiente para ejercer la demanda monitoria de cobro de rentas impagas (art. 18-A).

La firma electrónica simple (FES), la avanzada (FEA) y la protocolización dan validez al acuerdo, pero no reemplazan la autorización notarial del artículo 20. Puedes revisar nuestros modelos de contratos y anexos de arriendo para preparar tu documento.

¿Cuánto cuesta firmar un contrato o anexo de arriendo en Chile?

El costo de firmar un contrato o anexo de arriendo depende del tipo de firma elegido. La firma electrónica simple sirve para anexos entre las partes. En cambio, la autorización notarial de firma permite cumplir con el artículo 20 de la Ley 18.101 para el cobro monitorio.

ServicioPrecio (2 a 10 firmantes)¿Sirve por sí solo para la demanda monitoria?Modalidad
Firma electrónica simple (FES)$4.990 por documento ($2.495 por parte entre 2)No100% online, desde cualquier país
Firma electrónica avanzada (FEA)$5.490 por firma (máximo 8 firmantes)No100% online, en Chile o el extranjero con ClaveÚnica y cédula chilena vigente
Firma + Protocolización notarial$27.990 por documento ($13.995 por parte entre 2)No, da fecha cierta pero no autoriza firmas100% online, desde cualquier país
Autorización notarial de firma (ANF)$33.490 por documento ($16.745 por parte entre 2)Sí (Ley 18.101, art. 20)100% online, todos los firmantes en Chile
Notario a domicilioDesde $101.000 + valor del trámiteSíPresencial, coordinado por correo

Precios de FirmaVirtual vigentes desde noviembre de 2026 con IVA incluido. Para un firmante, los valores son $3.950 en FES, $21.490 en Firma más Protocolización y $25.490 en ANF. Revisa el detalle en nuestra página de precios.

¿Cómo firmar tu contrato o anexo de arriendo con FirmaVirtual?

En FirmaVirtual puedes firmar tu contrato o anexo de arriendo en línea con autorización notarial de firma o con firma electrónica simple. El trámite se gestiona en la plataforma desde cualquier lugar de Chile, sin ir a una notaría presencial.

Sigue estos pasos para completar la firma en nuestra plataforma:

  1. Ingresa a web.firmavirtual.com, carga tu contrato o anexo en PDF o Word y registra los datos de hasta 10 firmantes.
  2. Para la autorización notarial de firma (ANF), adjunta el documento de identidad vigente. Si arrienda el dueño, agrega el certificado de dominio vigente de máximo 30 días.
  3. Cada firmante completa la verificación biofacial y video de voluntad desde su celular o computador.
  4. Realiza el pago tras la verificación mediante Webpay en hasta 3 cuotas sin interés con tarjeta de crédito, o divide el cobro entre las partes.
  5. Recibe el documento autorizado por la notaría en convenio en tu cuenta de la plataforma, normalmente de 24 a 48 horas hábiles después de la última firma.

El trámite con ANF es 100% online cuando todos los firmantes están en Chile. Con FES, los firmantes pueden estar en cualquier lugar. Con FEA también, si tienen ClaveÚnica y cédula chilena vigente. Si trabajas en una corredora de propiedades, puedes enviar los contratos y anexos de tus clientes desde la plataforma y seguir su estado en línea.

Preguntas frecuentes sobre el reajuste de arriendo en Chile

¿Qué pasa si olvidé aplicar el reajuste de arriendo en la fecha pactada?

Si el contrato fija una cláusula automática de reajuste según el IPC, ese reajuste forma parte del precio acordado (Código Civil, art. 1545). Conviene comunicar por escrito al arrendatario el cálculo oficial del INE apenas lo adviertas o acordar en un anexo desde qué mes se cobrará.

¿Qué pasa si el IPC es negativo en el período de reajuste?

Depende de cómo esté redactada la cláusula en el contrato de arriendo. Muchos contratos establecen que la renta se reajustará solo según la variación positiva del IPC. En ese caso, si la variación acumulada resulta negativa, la renta se mantiene en el mismo monto en pesos del período anterior.

¿Existe un tope legal para subir el arriendo al renovar el contrato?

No. En Chile el precio del arrendamiento lo determinan libremente las partes (Código Civil, arts. 1918 y 1808). La Ley 18.101 no establece un porcentaje máximo de reajuste ni de aumento al renovar. Si una parte no acepta el nuevo valor propuesto, el contrato termina conforme a sus reglas de aviso.

¿Cómo se reajustan los arriendos impagos cuando hay atraso o mora?

Aunque el arriendo esté en pesos y sin reajuste periódico, el artículo 21 de la Ley 18.101 regula la mora. Los pagos o devoluciones atrasados se reajustan según la variación de la Unidad de Fomento entre la fecha de vencimiento y el pago efectivo.

Conclusión

El reajuste de arriendo protege el valor de la renta frente a la inflación cuando su periodicidad y cálculo quedan claros en el contrato. Si necesitas firmar tu contrato de arriendo o un anexo de modificación en línea con autorización notarial de firma, puedes iniciarlo hoy en FirmaVirtual.

¿Tienes dudas sobre tu trámite? Escríbenos por WhatsApp al +56 9 7563 5393, llámanos al +56 2 3378 0591 o envíanos un correo a [email protected]. Te atendemos en días hábiles de 9 a 18 horas y los sábados de 10 a 14 horas. Si eres empresa y quieres un convenio, escríbenos al mismo correo.

También te pueden interesar estas lecturas relacionadas:

Para redactar este artículo consultamos las siguientes fuentes oficiales:

  1. Código Civil, arts. 1545, 1808 y 1915 a 1977 (Biblioteca del Congreso Nacional, LeyChile)
  2. Ley 18.101, que fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos, arts. 3, 4, 18-A, 20 y 21 (LeyChile)
  3. Ley 21.461, que modifica la Ley 18.101 ("Devuélveme mi casa") (LeyChile)
  4. Instituto Nacional de Estadísticas (INE), Calculadora de IPC

Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso particular. Si necesitas orientación, puedes agendar una asesoría legal online.

FirmaVirtual no es una notaría. Es una plataforma que trabaja en convenio con notarías, y su firma electrónica avanzada la emite IDOK (FirmaYa), prestador acreditado.

Sobre el autor. Christian Rodiek es fundador y CEO de FirmaVirtual, plataforma chilena de firma electrónica y trámites notariales en línea que opera en convenio con notarías, con más de 100.000 usuarios a octubre de 2026. También impulsa ClickVehículo, plataforma de transferencia de vehículos en línea. Es ingeniero comercial de la Universidad de Mannheim (Alemania) y MBA en Finanzas de Western Illinois University (Estados Unidos). Antes de emprender trabajó en Beiersdorf y UniCredit, con una destinación en Hong Kong. Escribe columnas sobre innovación y trámites digitales en Diario Estrategia, G5noticias y Portal Innova. Más sobre Christian · Christian en LinkedIn.

2 comentarios

  1. Jessica Bouyer Rojas dice:

    Hola en un contrato de arriendo puedan solicitar un 10% como reajuste despues del año de contrato del valor de éste, y por otro lado a obligar a tomar un seguro contra incendios, o catástrofes?

    • Hola Jessica, buena pregunta. Sí lo pueden proponer, porque la renta, su reajuste y obligaciones como contratar un seguro se pactan libremente en el contrato. Lo que no pueden es imponerlo durante un contrato vigente si no está escrito en él. En una renovación es parte de lo que se negocia, y tú decides si aceptas. Te lo contamos como información general. Quedamos atentos en [email protected] por si te surge otra duda.

      Equipo FirmaVirtual

Deja una respuesta

Tu correo electrónico no se publicará. Los campos obligatorios están marcados con *

Usamos tu nombre y tu correo solo para gestionar tu comentario y, si corresponde, responderte. Tu correo no se publica. Revisa nuestra política de privacidad.

Enviar comentario