Actualizado el 26 de octubre de 2026 · Por Christian Rodiek, fundador y CEO de FirmaVirtual
El finiquito electrónico es el que el empleador ofrece en el portal Mi DT de la Dirección del Trabajo y el trabajador acepta o rechaza con su ClaveÚnica. Desde la Ley 21.361 se considera ratificado ante el inspector del trabajo, es gratis y voluntario para el trabajador, y el pago llega a su cuenta por medio de la Tesorería.
Si tu empleador te ofreció el finiquito electrónico, o eres empleador y quieres usarlo, en esta guía tienes los requisitos, el paso a paso en Mi DT para cada uno, los plazos, cómo se paga y qué hacer si algo falla. Si no cumples los requisitos o prefieres firmar en persona, revisa cómo firmar un finiquito online y legalizarlo fuera de Mi DT.
Puntos clave
- El finiquito electrónico se otorga y se firma en el portal Mi DT, y el Código del Trabajo lo considera ratificado ante el inspector del trabajo (art. 177).
- Es gratis y siempre voluntario para el trabajador, que tiene 10 días hábiles para aceptarlo, aceptarlo con reserva de derechos o rechazarlo.
- El empleador necesita un representante laboral electrónico en Mi DT y las cotizaciones pagadas por Previred, y el trabajador, contratado desde 2011, necesita ClaveÚnica y una cuenta bancaria a su nombre.
- El empleador paga por medio de la Tesorería dentro de 5 días hábiles desde la aceptación, y el pago no se puede hacer en cuotas.
- Si el trabajador rechaza la propuesta, el finiquito se firma y se ratifica en forma presencial ante un ministro de fe.
Qué verás en este artículo
- ¿Qué es el finiquito electrónico y qué validez tiene?
- ¿Quién puede usar el finiquito electrónico?
- ¿Cómo envía el empleador el finiquito electrónico en Mi DT?
- ¿Cómo revisa y firma el trabajador el finiquito en Mi DT?
- ¿Cómo se paga el finiquito electrónico?
- ¿Qué plazos tiene el finiquito electrónico?
- ¿Qué pasa si el empleador no paga el finiquito electrónico?
- ¿Qué pasa si el trabajador rechaza el finiquito electrónico o no responde?
- ¿Puedes reclamar después de aceptar el finiquito electrónico?
- ¿Qué errores debes evitar con el finiquito electrónico?
- ¿Qué hacer si no puedes usar el finiquito electrónico?
- Preguntas frecuentes
¿Qué es el finiquito electrónico y qué validez tiene?
El finiquito electrónico es el que el empleador otorga en el sitio electrónico de la Dirección del Trabajo y el trabajador firma en ese mismo sitio, el portal Mi DT. El art. 177 del Código del Trabajo, modificado por la Ley 21.361 de 2021, lo considera ratificado ante el inspector del trabajo.
La Ley 21.361 agregó esta regla al Código del Trabajo, art. 177, y según la Dirección del Trabajo rige desde el 25 de octubre de 2021. El finiquito electrónico debe indicar al menos la causal de término, los pagos, las sumas que quedaron pendientes y la reserva de derechos que haya hecho el trabajador.
En este trámite la Dirección del Trabajo actúa como ministro de fe. Certifica la identidad de las partes, su acuerdo y que el pago se hizo por medio de la Tesorería General de la República (Dirección del Trabajo). Según la misma Dirección, en términos generales produce el mismo efecto jurídico que el finiquito ratificado en forma presencial, con dos diferencias, no permite el pago en cuotas y se paga por medio de la Tesorería (Dirección del Trabajo).
| Tema | Finiquito electrónico | Finiquito presencial |
|---|---|---|
| Dónde se firma | En el portal Mi DT, con ClaveÚnica | Ante un inspector del trabajo, un notario, el oficial del Registro Civil o el secretario municipal |
| Quién puede usarlo | Solo quienes cumplen los requisitos de Mi DT | Cualquier empleador y trabajador |
| Cómo se paga | Por transferencia, por medio de la Tesorería | En el mismo acto de la ratificación |
| Pago en cuotas | No se puede | Se puede, y se ratifica ante un inspector del trabajo |
| Costo | Gratis | Gratis en la Inspección del Trabajo. En una notaría, lo informa cada una |
No es lo mismo que firmar el finiquito con firma electrónica en una plataforma privada. Ese finiquito, firmado con firma simple o avanzada, necesita además la ratificación del trabajador ante un ministro de fe para que el empleador lo pueda invocar, como explicamos en la guía para firmar un finiquito online.
¿Quién puede usar el finiquito electrónico?
Pueden usar el finiquito electrónico el empleador con un representante laboral electrónico habilitado en Mi DT, las cotizaciones del trabajador pagadas por Previred y una cuenta bancaria vigente, y el trabajador contratado desde el 1 de enero de 2011 que tiene ClaveÚnica y una cuenta bancaria unipersonal a su nombre.
| Quién | Requisito | Detalle |
|---|---|---|
| Empleador | Representante laboral electrónico | Persona natural que el empleador designa en Mi DT, en Administración de Representantes Electrónicos Laborales, y que opera el portal con su ClaveÚnica. La persona jurídica actúa siempre por medio de su representante |
| Empleador | Cotizaciones pagadas por Previred | El trabajador debe aparecer en Previred con todas las cotizaciones de los meses anteriores al despido pagadas |
| Empleador | Cuenta bancaria | Cuenta corriente, cuenta vista o CuentaRUT vigente en Chile, según la página del trámite de la Dirección del Trabajo |
| Trabajador | ClaveÚnica | Para entrar a Mi DT con su RUN |
| Trabajador | Cuenta bancaria unipersonal | Cuenta corriente, cuenta vista o CuentaRUT vigente, abierta en Chile y de la que sea el único titular. La cuenta de ahorro no sirve |
| Trabajador | Contrato desde 2011 | Contratado a partir del 1 de enero de 2011 |
| Trabajador extranjero | Cédula chilena | Cédula de identidad chilena vigente |
Son los requisitos que publica la Dirección del Trabajo en sus consultas sobre el finiquito electrónico y en su página del trámite, revisadas en octubre de 2026. La plataforma tampoco permite enviar la propuesta si el trabajador está jubilado, si las cotizaciones se pagaron en forma manual o si no hay pago continuo de cotizaciones, incluidas las declaradas y no pagadas (Dirección del Trabajo).
La página del trámite de la Dirección del Trabajo y la ficha 1393 de ChileAtiende piden además que el empleador esté constituido como persona jurídica. En cambio, las consultas de la misma Dirección y su manual del empleador contemplan al empleador persona natural. Si eres empleador persona natural, como quien contrata a una trabajadora de casa particular, revisa en tu perfil de Mi DT si aparece el trámite, y si no aparece, el finiquito se ratifica en forma presencial.
Hay un caso más que va siempre en forma presencial. Si el despido es por necesidades de la empresa o desahucio, corresponde pagar indemnización por años de servicio o aviso previo y hay una orden judicial de retención por pensión de alimentos, la Dirección del Trabajo indica que el finiquito no se puede hacer en línea y que se debe ratificar en forma presencial (Dirección del Trabajo). Si el trabajador no tiene una cuenta bancaria vigente, también debe ratificar en la Inspección del Trabajo o ante otro ministro de fe.
¿Cómo envía el empleador el finiquito electrónico en Mi DT?
El empleador entra al portal Mi DT con ClaveÚnica, elige el perfil Empleador y abre Finiquito laboral electrónico, en el menú Contratos de trabajo y despido. Ahí completa la propuesta, autoriza la revisión de cotizaciones en Previred y pulsa Firmar y enviar, y desde ese momento ya no puede modificarla.
- Avisa el término del contrato. En la carta de aviso debes indicar si el finiquito será presencial o electrónico, que para el trabajador es voluntario aceptar, firmar y recibir el pago en línea, que siempre puede optar por la actuación presencial ante un ministro de fe y que puede formular reserva de derechos (Código del Trabajo, art. 162, inciso 8).
- Entra a Mi DT. Ingresa al portal Mi DT con ClaveÚnica y elige el perfil Empleador. Si la empresa es una persona jurídica, entra su representante laboral electrónico.
- Abre el trámite. En Contratos de trabajo y despido, entra a Finiquito laboral electrónico, pulsa Ingreso finiquito y acepta los términos y condiciones.
- Completa las tres etapas. Identificación de las partes, información de la relación laboral y propuesta de finiquito, con los montos y los datos del pago. Revisa que el correo del trabajador sea correcto, porque Mi DT le avisa por esa vía.
- Revisa y autoriza. Pulsa Guardar, luego Ver propuesta, y autoriza la revisión de las cotizaciones en Previred.
- Firma y envía. Con Firmar y enviar, la propuesta pasa a la revisión de cotizaciones y luego queda pendiente de aceptación del trabajador. Después de enviarla no la puedes modificar.
Es el flujo del manual del empleador de la Dirección del Trabajo. Si haces la propuesta después de 10 días hábiles desde el término de la relación laboral, el monto se reajusta y genera intereses (Dirección del Trabajo). Las empresas con muchos finiquitos pueden cargar hasta 100 propuestas a la vez con una plantilla y pagar hasta 1.000 en forma masiva, según el mismo manual.
¿Cómo revisa y firma el trabajador el finiquito en Mi DT?
El trabajador recibe un correo del portal Mi DT de la Dirección del Trabajo, entra con su RUN y ClaveÚnica, elige el perfil Trabajador y revisa la propuesta en Finiquito laboral electrónico. Tiene 10 días hábiles, de lunes a sábado, para aceptarla, aceptarla con reserva de derechos o rechazarla.
- Revisa tu correo. Mi DT te avisa por correo electrónico que tienes una propuesta de finiquito, y que esa dirección sea correcta es responsabilidad del empleador (Dirección del Trabajo).
- Entra a Mi DT. Ingresa al portal Mi DT con tu RUN y ClaveÚnica, y elige el perfil Trabajador.
- Busca la propuesta. En Contratos de trabajo y despido, entra a Finiquito laboral electrónico y luego a Detalle de finiquitos. Abre la propuesta de finiquito y pulsa Revisar.
- Revisa los montos. Mira la causal, las fechas, los pagos y los descuentos. Para revisar las cifras te sirve nuestra guía del cálculo del finiquito, que tiene simulador.
- Responde. Acepta, acepta con reserva de derechos o rechaza. Si haces reserva, marca la casilla y escribe qué montos o conceptos reservas, porque ese campo es obligatorio.
- Espera el pago. Si aceptas, el empleador tiene 5 días hábiles para pagar por medio de la Tesorería. Si el finiquito no tiene montos por pagar, el trámite termina con tu aceptación.
Es el flujo del manual del trabajador de la Dirección del Trabajo. Si no te llegó el correo, entra igual a Mi DT y revisa Detalle de finiquitos, y pídele al empleador que corrija tu dirección. La reserva de derechos no necesita que el empleador la acepte, y la Dirección del Trabajo recomienda escribirla en forma clara y precisa, porque lo que discutes se resuelve después en un reclamo administrativo o judicial.
¿Cómo se paga el finiquito electrónico?
El finiquito electrónico se paga por transferencia, por medio de la Tesorería General de la República. El empleador transfiere desde el sitio de la Tesorería y ella deposita en la cuenta del trabajador, sin costo para él y sin la posibilidad de pagar en cuotas.
Para pagar, el representante laboral electrónico del empleador pasa desde Mi DT al sitio de la Tesorería, donde hace la transferencia (Dirección del Trabajo). El pago no tiene costo para el trabajador (Código del Trabajo, art. 177, inciso 4), y la reserva de derechos no impide que te paguen las sumas que no están en disputa.
Si el banco rechaza la transferencia, por ejemplo porque la cuenta no está vigente o es bipersonal, la Tesorería cambia la forma de pago. Si el monto es inferior a $3.000.000, cobras en persona en una caja de BancoEstado, donde el pago queda disponible por 90 días corridos (Dirección del Trabajo). Si es igual o superior, la Tesorería emite un cheque nominativo a tu nombre y lo envía al domicilio que tienes registrado en ella (Dirección del Trabajo).
El empleador no tiene un tope para transferir, pero tu banco puede tener límites para recibir montos altos, así que conviene revisarlo antes de aceptar (Dirección del Trabajo).
¿Qué plazos tiene el finiquito electrónico?
El trabajador tiene 10 días hábiles, de lunes a sábado, para responder la propuesta, y el empleador tiene 5 días hábiles, de lunes a sábado, para pagar desde la aceptación. Después, la Tesorería General de la República tiene 5 días hábiles, de lunes a viernes, para gestionar el pago.
| Etapa | Plazo | Fuente |
|---|---|---|
| Otorgar el finiquito y poner el pago a disposición | 10 días hábiles desde la separación | Código del Trabajo, art. 177 |
| Proponer sin reajustes ni intereses | Dentro de 10 días hábiles desde el término de la relación laboral | Dirección del Trabajo |
| Responder la propuesta | 10 días hábiles, de lunes a sábado | Dirección del Trabajo |
| Pagar después de la aceptación | 5 días hábiles, de lunes a sábado | Dirección del Trabajo |
| Gestión del pago por la Tesorería | 5 días hábiles, de lunes a viernes | Dirección del Trabajo |
| Finiquito ratificado disponible en Mi DT | Hasta 2 días hábiles después del pago | Dirección del Trabajo |
| Cobro en caja de BancoEstado, si falla la transferencia | 90 días corridos | Dirección del Trabajo |
| Finiquito presencial después de un rechazo | Dentro de los 10 días hábiles desde la separación o, si vencieron, 3 días hábiles desde el rechazo | Código del Trabajo, art. 177 |
Plazos según el Código del Trabajo y las consultas de la Dirección del Trabajo sobre el finiquito electrónico, revisadas en octubre de 2026. Fíjate en que no todos se cuentan igual, porque unos incluyen el sábado y otros no.
¿Qué pasa si el empleador no paga el finiquito electrónico?
Si el empleador no paga dentro de 5 días hábiles desde la aceptación, se emite un Acta de Acuerdo por término de Contrato de Trabajo con las sumas adeudadas. Según la Dirección del Trabajo, esa acta es un título ejecutivo laboral (Código del Trabajo, art. 464 N° 4), y con ella el trabajador puede cobrar en tribunales.
La Dirección del Trabajo indica que el trabajador puede hacer valer el acta ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional o ante el juzgado de letras con competencia en cobranza laboral y previsional. Según el manual del trabajador, en Mi DT la propuesta aparece como no vigente porque el empleador no hizo la transferencia.
Para orientarte antes de cobrar, puedes consultar gratis en la Inspección del Trabajo o en el 600 450 4000 de la Dirección del Trabajo, de lunes a viernes de 9 a 17 horas. Si no puedes pagar un abogado, la Corporación de Asistencia Judicial da asesoría y representación gratis a quien cumple sus requisitos.
¿Qué pasa si el trabajador rechaza el finiquito electrónico o no responde?
Firmar el finiquito electrónico es siempre voluntario. Si el trabajador lo rechaza, el empleador no puede hacer otra propuesta electrónica y debe ofrecer el finiquito en forma presencial, y si el trabajador no responde dentro de 10 días hábiles, la propuesta queda sin efecto y el empleador puede hacer una nueva.
Si rechazas, Mi DT genera un comprobante de rechazo y el empleador debe firmar y ratificar el finiquito por los canales presenciales (Dirección del Trabajo). El art. 177 del Código del Trabajo le da para eso el resto de los 10 días hábiles desde la separación o, si ese plazo ya venció, 3 días hábiles desde tu rechazo.
Rechazar no te deja sin finiquito. Si crees que te deben montos, puedes pedir una audiencia de conciliación en la Inspección del Trabajo, en persona o desde Mi DT.
Si en cambio no respondes, Mi DT genera un comprobante de caducidad de la propuesta, y el empleador puede hacer una nueva, por Mi DT o en forma presencial (Dirección del Trabajo).
¿Puedes reclamar después de aceptar el finiquito electrónico?
Sí, puedes reclamar lo que reservaste si aceptaste el finiquito electrónico con reserva de derechos, en la Inspección del Trabajo o en un juzgado del trabajo según lo que discutas. Además, el art. 177 del Código del Trabajo permite reclamar judicialmente el finiquito firmado con error, fuerza o dolo, dentro de 60 días hábiles desde la separación.
Según la Dirección del Trabajo, si discutes el monto o la oportunidad del pago, reclamas en la Inspección del Trabajo, y si discutes la existencia del derecho, en el juzgado del trabajo. El finiquito solo libera a las partes en aquello en que concuerden expresamente (art. 177, inciso 14), y por eso la reserva protege lo que no aceptaste, como explicamos en la guía general del finiquito.
El plazo de 60 días hábiles para reclamar por error, fuerza o dolo se suspende si reclamas antes en la Inspección del Trabajo, pero no puedes recurrir al tribunal pasados 90 días hábiles desde la separación (Dirección del Trabajo). Si además discutes el despido, rige el mismo plazo del art. 168, y qué causales dan derecho a indemnización lo explicamos en la guía de causales de despido.
¿Qué errores debes evitar con el finiquito electrónico?
Los errores frecuentes son informar una cuenta de ahorro o bipersonal, aceptar sin revisar los montos, hacer una reserva de derechos vaga y dejar pasar los 10 días hábiles sin responder. Del lado del empleador, son ingresar mal el correo del trabajador, enviar la propuesta tarde y no pagar a tiempo.
- Informar una cuenta que no sirve. Debe ser corriente, vista o CuentaRUT, vigente y solo a tu nombre. Si el banco rechaza la transferencia, el pago se demora.
- Aceptar sin revisar. Revisa la causal, la base de cálculo, los días de feriado y los descuentos antes de responder.
- Hacer una reserva vaga. Escribe qué montos o conceptos reservas y por qué, en forma clara y precisa.
- Dejar pasar el plazo. Si no respondes en 10 días hábiles, la propuesta queda sin efecto y el trámite vuelve a empezar.
- Para el empleador, un correo mal escrito. El aviso al trabajador llega por correo, y que la dirección sea correcta y esté vigente es tu responsabilidad.
- Para el empleador, proponer o pagar tarde. La propuesta enviada después de 10 días hábiles desde el término genera reajustes e intereses, y si no pagas en 5 días hábiles desde la aceptación se emite un acta que sirve como título ejecutivo.
¿Qué hacer si no puedes usar el finiquito electrónico?
Si el empleador o el trabajador no cumplen los requisitos de Mi DT, o el trabajador prefiere firmar en persona, el finiquito se ratifica ante un inspector del trabajo, un notario, el oficial del Registro Civil o el secretario municipal. En la Inspección del Trabajo es gratis, y en una notaría el empleador puede firmar antes en línea.
Qué documentos llevar, cuánto cuesta en cada lugar y quién puede ir por ti lo explicamos en la guía para firmar un finiquito online y legalizarlo. En la Inspección del Trabajo concurren el trabajador y el empleador, o sus representantes con poder simple.
FirmaVirtual no opera el portal Mi DT ni redacta el finiquito. Con nosotros, el empleador sube el finiquito que redactó, lo firma en línea con firma electrónica avanzada y el trabajador lo ratifica ante notario de una de estas formas:
- En persona, en una notaría en convenio.
- Con un notario a domicilio, en que coordinamos un notario de tu zona para que vaya donde estés.
- Firmando en línea, con autorización notarial de firma y desde Chile, un mandato para que FirmaVirtual ratifique por él en una notaría en convenio. Firmar el mandato es voluntario.
Es un trámite mixto, porque la ratificación ante el notario es presencial. El servicio cuesta $17.990 si el trabajador ratifica en persona en una notaría en convenio y $37.990 si firma el mandato, con IVA incluido, vigente desde noviembre de 2026. El notario a domicilio se cotiza aparte, desde $101.000 más el valor del trámite, y todos los precios están en nuestra página de precios.
Preguntas frecuentes sobre el finiquito electrónico
¿Tiene costo el finiquito electrónico en Mi DT?
No. La Dirección del Trabajo indica que el finiquito electrónico es un trámite gratuito, y el art. 177 del Código del Trabajo dispone que el pago por medio de la Tesorería no tiene costo para el trabajador. Si no cumples los requisitos de Mi DT, la ratificación en la Inspección del Trabajo también es gratis.
¿Puede usar el finiquito electrónico un trabajador extranjero?
Sí, si tiene cédula de identidad chilena vigente. La Dirección del Trabajo indica que no se puede ingresar una propuesta de finiquito electrónico para un trabajador migrante sin ese documento. En ese caso el finiquito se ratifica en forma presencial, y en la Inspección del Trabajo el trabajador extranjero puede identificarse con su pasaporte.
¿Dónde descargo mi finiquito electrónico firmado?
En el mismo portal Mi DT. Según la Dirección del Trabajo, una vez hecho el pago al trabajador, el finiquito ratificado queda disponible en Mi DT en un plazo máximo de dos días hábiles. Guárdalo, porque es tu respaldo del término del contrato y de los pagos que recibiste, y te sirve si reclamas lo que reservaste.
¿Qué necesito para entrar a Mi DT?
Necesitas tu RUN y tu ClaveÚnica. Si no la tienes, ChileAtiende indica que se solicita en las oficinas del Registro Civil con cédula de identidad vigente y que después se activa con el código que te entregan. Con un RUN provisorio no se puede pedir, así que en ese caso el finiquito se ratifica en forma presencial.
¿Se puede firmar la renuncia o el mutuo acuerdo en el sitio de la Dirección del Trabajo?
La ley lo permite. El art. 177 del Código del Trabajo, modificado por la Ley 21.361, considera ratificados ante el inspector del trabajo la renuncia y el mutuo acuerdo que el trabajador firma electrónicamente en el sitio de la Dirección del Trabajo. Revisa en Mi DT si el trámite está disponible, y recuerda que igual corresponde el finiquito.
Conclusión
El finiquito electrónico en Mi DT es gratis, se firma con ClaveÚnica y vale como ratificado ante el inspector del trabajo, siempre que el empleador y el trabajador cumplan sus requisitos. Revisa la propuesta con calma, deja una reserva clara si discutes algo y responde dentro de 10 días hábiles. Si no pueden usar Mi DT, el empleador puede firmar en línea y el trabajador ratificar ante notario con la plataforma de FirmaVirtual.
¿Tienes dudas sobre tu trámite? Escríbenos por WhatsApp al +56 9 7563 5393, llámanos al +56 2 3378 0591 o envíanos un correo a [email protected]. Te atendemos en días hábiles de 9 a 18 horas y los sábados de 10 a 14 horas. Si eres empresa y quieres un convenio, escríbenos al mismo correo.
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Fuentes oficiales y normativa citada
- Código del Trabajo, arts. 162, 168, 177 y 464 (LeyChile)
- Ley 21.361, que adecua el Código del Trabajo en materia de documentos electrónicos laborales (LeyChile)
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- Dirección del Trabajo, manual del trabajador del finiquito electrónico (PDF) y manual del empleador (PDF)
- ChileAtiende, ratificación de un finiquito de trabajo (ficha 1393, actualizada el 14 de abril de 2026)
- ChileAtiende, ClaveÚnica (ficha 11331, actualizada el 2 de septiembre de 2026)
- ChileAtiende, presentación de demanda por despido injustificado (ficha 325, actualizada el 26 de diciembre de 2025)
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FirmaVirtual no es una notaría. Es una plataforma que trabaja en convenio con notarías, y su firma electrónica avanzada la emite IDOK (FirmaYa), prestador acreditado.
Sobre el autor. Christian Rodiek es fundador y CEO de FirmaVirtual, plataforma chilena de firma electrónica y trámites notariales en línea que opera en convenio con notarías, con más de 100.000 usuarios a octubre de 2026. También impulsa ClickVehículo, plataforma de transferencia de vehículos en línea. Es ingeniero comercial de la Universidad de Mannheim (Alemania) y MBA en Finanzas de Western Illinois University (Estados Unidos). Antes de emprender trabajó en Beiersdorf y UniCredit, con una destinación en Hong Kong. Escribe columnas sobre innovación y trámites digitales en Diario Estrategia, G5noticias y Portal Innova. Más sobre Christian · Christian en LinkedIn.
