Una declaración jurada de convivencia es un documento en el que una persona declara bajo juramento que convive en una relación de pareja con otra persona. Este documento se utiliza en Chile para acreditar la existencia de una relación de convivencia, ya sea para obtener beneficios o derechos legales que están asociados a dicha relación, como por ejemplo el derecho a la pensión de viudez o el derecho a la propiedad compartida de una vivienda.

Para elaborar una declaración jurada de convivencia, ambos miembros de la pareja deben acudir a un notario presencialmente o firmar online y presentar documentos que acrediten su identidad y su relación de convivencia, como por ejemplo certificados de matrimonio o certificados de nacimiento de hijos. Una vez que el notario verifica la veracidad de la información presentada, se elabora el documento en el que ambas personas declaran bajo juramento que conviven en una relación de pareja.

qué es una declaración jurada de convivencia y para qué sirve

La declaración jurada de convivencia es un documento importante en Chile, ya que permite a las parejas que conviven en una relación de hecho acceder a derechos y beneficios que de otra manera no tendrían. Además, este documento es válido tanto para parejas del mismo sexo como para parejas del sexo opuesto.

En este link puedes descargar de forma gratuita un modelo de declaración jurada de convivencia. Lo puedes ajustar con tus datos personales y los de tu pareja.

¿Cómo firmar una una declaración jurada de convivencia?

Para hacer firmar dicho documento con con firma electrónica y/o certificación notarial, visita nuestro sitio web https://firmavirtual.legal y pincha el botón “Iniciar Trámite”, que le permite completar un formulario.

¿Cómo es el proceso concreto de firma?

1. Usted completa el formulario indicando el tipo de documento y firma que quiere realizar con todos los datos relevantes de los firmantes. También adjunta al menos el documento a firmar y las cédulas de identidad de los firmantes.
2. A todos los involucrados les llegan por mail las instrucciones de firma
3. Los firmantes reciben un segundo mail con un botón «Revisar Documento»
4. Una flecha azul le indica dónde firmar (normalmente son mínimo 2 firmas: al final del contrato y en la hoja dónde está la cédula de identidad)
5. Pueden “dibujar” su firma directamente en la pantalla del celular/tablet/notebook o bien pueden “cargar” una foto de su firma
6. La flecha azul le indica el botón «Terminar» que tienen que presionar
7. Una vez que todos hayan firmado, todos reciben una copia
8. Automáticamente se va a notaría para su certificación/protocolización, si eligió hacer el trámite con notaría
9. La notaría certifica/protocoliza el documento dentro máximo 48 – 72 hrs
10. Todos los involucrados reciben la copia certificada/protocolizada en PDF por correo electrónico

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Por Christian Rodiek, fundador y CEO de FirmaVirtual.

27 comentarios

  1. nanita dice:

    hola , vivo con mi pareja , no estamos casados, hace 19 años y tenemos dos hijos en común, al fallecer mi pareja yo quedo sin nada , que debo hacer para quedar protegida en caso de.

    • Hola, qué bueno que lo estés pensando con tiempo. Hay dos caminos que conviene evaluar. Uno es celebrar un acuerdo de unión civil ante el Registro Civil, porque cada conviviente civil es heredero del otro, con los mismos derechos que el cónyuge sobreviviente (artículo 16 de la Ley 20.830). El otro es que tu pareja haga un testamento, que se firma en forma presencial y debe respetar la parte que la ley reserva a ciertos herederos, como sus hijos. Te recomendamos revisarlo con un abogado para elegir la mejor opción.

      Ojo, esto es información general. La Corporación de Asistencia Judicial orienta gratis, y si prefieres, puedes agendar una videollamada con un abogado en nuestra página de asesoría legal. Cualquier otra pregunta, nos puedes escribir a [email protected].

      Equipo FirmaVirtual

  2. Luis Perez dice:

    Hola, si existe una declaración y la convivencia se acaba sea por el motivo que sea, es necesario anularla? O algo?

    • Hola Luis, buena pregunta. Depende de para qué se usó la declaración. Como dato general, una declaración jurada de convivencia no da el estado civil de conviviente civil. Ese estado lo da el acuerdo de unión civil, que se celebra en el Registro Civil y que, por ejemplo, termina por mutuo acuerdo o por voluntad de uno de los dos, mediante escritura pública o acta ante el Registro Civil. Si presentaste la declaración ante alguna institución, revisa con ella qué pide en ese caso.

      Ten presente que es información general. Si te sirve, puedes agendar una videollamada con un abogado en nuestra página de asesoría legal. Para cualquier otra consulta, estamos en [email protected].

      Equipo FirmaVirtual

  3. Paulina dice:

    Hola buenas tardes me podrías aclarar una duda respecto a La declaración jurada de convivencia, yo vivo junto a mi pololo por más de 3 años pero no tenemos hijos ni nada en común, mi duda es la siguiente por lo que entiendo este documento no acredita que estemos casados y solo sirve para acreditar de que llevamos ciertos años viviendo juntos.
    Estare atenta, gracias.

    • Hola Paulina, así es. Una declaración jurada de convivencia es una declaración de ustedes sobre un hecho y sirve como antecedente ante quien la pida, pero no los convierte en cónyuges ni en convivientes civiles, ni les da los derechos del matrimonio o del acuerdo de unión civil. Si la necesitan, la pueden firmar en línea con nosotros, y si quien la pide exige notario, con nuestra Autorización Notarial de Firma, siempre que acepte un documento electrónico.

      Te lo comentamos como información general. Te leemos en [email protected] si te surge algo más.

      Equipo FirmaVirtual

  4. Amilcar dice:

    Hola, soy extranjero con novia chilena, no estamos casados ni tenemos hijos pero convivimos… yo tengo abuelos chilenos y estoy intentando tramitar la nacionalidad, pero para obtenerla por mis abuelos requiero de muchos trámites en mi país y se me dificulta. Me gastaría saber si esta declaración jurada me servirá para optar a una visa temporaria mientras tramito la nacionalidad.

    • Hola Amilcar, gracias por tu mensaje. Para la reunificación familiar con una persona chilena, Migraciones pide acreditar el vínculo con un certificado de matrimonio o de unión civil, y la declaración jurada de convivencia no aparece entre esos documentos. El acuerdo de unión civil se celebra ante un oficial del Registro Civil. Si hay otra residencia temporal que te sirva mientras tramitas la nacionalidad depende de tu situación, y eso hay que verlo con tus antecedentes.

      Lo anterior es información general. Un abogado lo puede revisar contigo por videollamada, y la agendas en nuestra página de asesoría legal. También puedes consultar gratis en ayuda.serviciomigraciones.cl. Si quieres profundizar, escríbenos a [email protected].

      Equipo FirmaVirtual

  5. Jose Navarra dice:

    Hola
    Soy Chileno, en este momento radico en Mexico pero vuelvo a Chile en Agosto, puede realizar una declaracion jurada de convivencia con mi pareja que es mexicana para que ella pueda residir sin problema o se requiere de otros requisitos?

    • Hola José, un gusto leerte. Depende del caso. La reunificación familiar del Servicio Nacional de Migraciones considera al cónyuge o a otra figura análoga que, según el derecho aplicable, produzca efectos equivalentes al matrimonio, y para acreditar el vínculo se presenta el certificado de matrimonio o de unión civil. Una declaración jurada de convivencia no aparece en esa lista. La ley chilena reconoce los acuerdos equivalentes a la unión civil celebrados válidamente en el extranjero y sujetos a registro, y para que produzcan efectos aquí deben inscribirse en Chile. La solicitud se puede presentar desde el extranjero o desde Chile.

      Considera que esto es información general. Si quieres que un abogado revise tu caso, agenda una videollamada en nuestra página de asesoría legal. Quedamos atentos en [email protected].

      Equipo FirmaVirtual

  6. Anónimo. dice:

    Mi pareja no tiene documentos vigentes en Chile, pero sí cuenta con pasaporte, ¿Se podría hacer esta declaración? En todas las notarías las respuestas son negativas.

    • Hola, gracias por la consulta. No podemos darte una respuesta segura, porque depende de cada notaría. La ley dice que el notario puede autorizar firmas en documentos privados siempre que dé fe de la identidad de quien firma, y para las escrituras públicas el Código Orgánico de Tribunales permite que los extranjeros acrediten su identidad con su pasaporte (artículo 405). Si la declaración es para un trámite migratorio, ojo que para la reunificación familiar el Servicio Nacional de Migraciones pide certificado de matrimonio o de unión civil.

      Te lo dejamos como información general. Para revisar tu caso puedes agendar una videollamada con un abogado en nuestra página de asesoría legal. Si necesitas algo más, escríbenos a [email protected].

      Equipo FirmaVirtual

  7. Marco Aurelio Figueroa dice:

    Hola,
    Buenos días.
    Este documento me sirve para ingresar a mi pareja como carga familiar a FONASA?. tenemos una hija en común y tenemos mas de 5 años juntos.

    gracias.

    • Hola Marco Aurelio, gracias por tu consulta. La declaración jurada de convivencia no sirve para eso. Fonasa solo acepta como carga de pareja al cónyuge o al conviviente civil, es decir, a quien firmó contigo un acuerdo de unión civil (AUC). El AUC se celebra ante un oficial del Registro Civil, y no pueden firmarlo quienes estén casados con otra persona o tengan otro AUC vigente. Si lo firman, puedes inscribir a tu pareja como carga en Fonasa. Tu hija sí puede ser tu carga, porque Fonasa acepta a los hijos hasta los 18 años, o hasta los 24 si son solteros y estudian.

      Es información general. Si te surge otra pregunta, nos puedes escribir a [email protected].

      Equipo FirmaVirtual

  8. Florencia dice:

    Hola, consulta, vivo hace un poco más de dos años con mi pareja, el es separado hace 11 años, pero nunca hizo ningún trámite de divorcio, y su ex mujer tampoco, arreglaron solo lo de la pensión alimenticia de los dos niños que tienen y las visitas, él se fue y le dejo la casa a la madre de sus hijos para que viviera tranquila ahí con los niños, y él compró un apartamento en otro lado y se fue a vivir solo, como le comenté más arriba vivimos en este apartamento juntos hace más de dos años junto a mi hija, la consulta es, podemos hacer este documento de convivencia ante notario? Y lo otro, él puede incorporarme como carga a mí en fonasa, ya que quede cesante y necesito hacerme exámenes para poder operarme.
    Esa es mi duda, por favor si pueden responder y aclarar.

    Muy agradecida

    Flo

    • Hola Florencia, gracias por contarnos tu situación. Sí pueden firmar ante notario una declaración jurada de convivencia, pero no les sirve para lo de Fonasa. Entre las parejas, Fonasa acepta como carga solo al cónyuge y al conviviente civil que firmó un acuerdo de unión civil, y ese acuerdo no lo puede celebrar una persona ligada por un matrimonio no disuelto, como es el caso de tu pareja. Como quedaste cesante, revisa si calificas en Fonasa como persona carente de recursos, en el tramo A. Esa condición se acredita en el consultorio de tu domicilio o en el sitio web de Fonasa.

      Esto es información general. Cualquier duda, nos escribes a [email protected].

      Equipo FirmaVirtual

  9. Lidian dice:

    Estube en concubinato 26 años y mk pareja enfermó sus hijos se lo llevaron y quedé en la calle teníamos bienes , sus hijos bloquearon todo contacto.
    No se que hacer ,estoy [dato personal omitido] en la calle ,agregada con un familiar, si un peso.
    Estoy desesperada dónde puedo encontrar ayuda.
    Atte . [dato personal omitido].

    • Hola Lidian, lamentamos mucho lo que estás viviendo y perdona la demora en responderte. Si no tienes dónde dormir, el Fono Calle del Plan Protege Calle atiende en el 800 104 777, opción 0, y ChileAtiende orienta sobre beneficios del Estado en el 101. Si en algún momento sientes que no puedes más, la línea *4141 atiende gratis, en forma confidencial y las 24 horas. Sobre los bienes que tenían, tus derechos dependen de a nombre de quién están y de cómo se adquirieron, y eso lo puede revisar la Corporación de Asistencia Judicial, que orienta gratis y puede patrocinarte en un juicio si no puedes pagar un abogado.

      Esto es información general. Te mandamos mucha fuerza.

      Equipo FirmaVirtual

  10. Life dice:

    Muy buenas tardes, soy extranjera casada con chileno y quiero hacer el trámite para obtener la nacionalidad, entre los requisitos me piden (a pesar de que estamos casados), además acreditar que convivimos juntos hace más de dos años… esta declaración jurada me sirve para demostrar esto? o que otros documentos me sirven para acreditar que convivimos juntos?? Muchas gracias de antemano por su respuesta.

    • Hola, revisamos esta respuesta en octubre de 2026. Una declaración jurada de convivencia es lo que ambos declaran bajo juramento, no un certificado oficial, así que si sirve para acreditar el tiempo de convivencia lo decide la institución que revisa tu solicitud, y conviene preguntarle antes de firmarla. Como referencia, para la reunificación familiar el Servicio Nacional de Migraciones acredita el vínculo de pareja con certificado de matrimonio o de unión civil, y la declaración jurada de convivencia no figura entre esos documentos. Ese servicio reemplazó al antiguo Departamento de Extranjería y Migración con la Ley 21.325, y responde consultas gratis en ayuda.serviciomigraciones.cl.

      Esto es información general. Si quieres revisar tu caso con un abogado, puedes agendar una videollamada en nuestra página de asesoría legal.

      Equipo FirmaVirtual

  11. Ester Saldivia Mayorga dice:

    ¿Este tramite se realiza en Chile?? Soy Ester soy divorciada, tengo una pareja hace 19 años ,vivimos juntos arrendando hace 10 años. Me preocupa que sucedería si a uno de nosotros nos sucede algo como la muerte , No quiero que los bienes que tenemos en común lo arrebaten los familiares de ninguno de los dos. No tenemos hijos.

    • Hola Ester, actualizamos esta respuesta en octubre de 2026. Sí, es un trámite chileno, pero una declaración jurada de convivencia no les da derechos hereditarios. La ley reconoce como herederos y legitimarios al cónyuge y al conviviente civil (artículo 1182 del Código Civil y artículo 16 de la Ley 20.830), no a quienes solo viven juntos. Como eres divorciada, pueden celebrar un acuerdo de unión civil en el Registro Civil si tu pareja tampoco está casada (artículo 9 de la Ley 20.830), y al firmarlo pueden pactar que los bienes que compren durante el acuerdo sean de ambos por mitades (artículo 15). Otra vía es el testamento, que requiere firma presencial y debe respetar la parte que la ley reserva a los legitimarios, como hijos o ascendientes (artículos 1182 y 1184).

      Esto es información general. Agenda una videollamada con un abogado en nuestra página de asesoría legal, o lee las diferencias entre matrimonio y unión civil.

      Equipo FirmaVirtual

  12. S. Salas dice:

    Saludos, consulta… Según lo que he leído en el artículo, para poder certificar a la pareja interesada que viven juntos, piden ¡¿un certificado de matrimonio?!
    cito su artículo:
    «presentar documentos que acrediten su identidad y su relación de convivencia, como por ejemplo certificados de matrimonio o certificados de nacimiento de hijos»…Creo que no tiene sentido.

    ¿Qué tal si la pareja no tiene hijos?; O ¿Que solo vivan juntos informalmente sin haberse casado?
    Creo que la idea es esa, corroborar de alguna forma que son pareja. ¿Es posible sin tanto lío?
    Veo su modelo de formulario, y al parecer es muy sencillo sin liarse tanto.

    Agradezco la pronta respuesta.

    • Hola, actualizamos esta respuesta en octubre de 2026 y tienes razón. Para firmar una declaración jurada de convivencia no hace falta un certificado de matrimonio ni de nacimiento de hijos, porque es una declaración bajo juramento de dos personas que viven juntas. Si la institución que te la pide exige otros antecedentes, conviene preguntarle antes de firmar. Ten presente que no da un estado civil, porque el de conviviente civil solo nace del acuerdo de unión civil celebrado en el Registro Civil (Ley 20.830, artículos 1 y 5). Se puede firmar con firma electrónica simple o avanzada, que vale igual que la manuscrita (artículo 3 de la Ley 19.799), o en línea con Autorización Notarial de Firma si quien la recibe exige notario.

      Esto es información general. Revisa las modalidades en nuestra página de planes y precios de FirmaVirtual, y si te quedan dudas, escríbenos a [email protected].

      Equipo FirmaVirtual

      • Laura dice:

        Hola una consulta, si termino con esta pareja tengo que anular este trámite? En caso de que a futuro esté con otra persona, esto sería un impedimento para volverlo a hacer o contraer matrimonio?

        • Hola Laura, corregimos esta respuesta en octubre de 2026, porque la anterior respondía otra consulta. Una declaración jurada de convivencia no te impide casarte ni firmar otra con una nueva pareja, porque no crea un estado civil. Ese estado solo lo da el acuerdo de unión civil celebrado en el Registro Civil (Ley 20.830, artículos 1 y 5). Entre los impedimentos para casarse está tener un matrimonio no disuelto (artículo 5 de la Ley 19.947), y para celebrar un acuerdo de unión civil, tener un matrimonio no disuelto o un acuerdo vigente (artículo 9 de la Ley 20.830). Una declaración jurada no es ninguno de esos vínculos. Si la presentaste ante alguna institución para obtener un beneficio, avísale que la convivencia terminó y pregunta qué documento te pide.

          Esto es información general. Si quieres revisar tu situación con un abogado, agenda una videollamada en nuestra página de asesoría legal.

          Equipo FirmaVirtual

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