Hacer el contrato de trabajo de una asesora del hogar es obligatorio y más simple de lo que parece, pero muchos modelos que circulan en internet siguen con reglas que ya cambiaron, como las 45 horas semanales o el 4,11% de indemnización a todo evento. En esta guía te explico, con la ley vigente en Chile, qué debe decir el contrato de una trabajadora de casa particular (también llamada asesora del hogar, nana o empleada doméstica), cómo registrarlo en la Dirección del Trabajo, qué jornada y descansos corresponden, qué cotizaciones paga el empleador y cómo firmarlo en línea. Al final encontrarás modelos actualizados para descargar.

Actualizado el 15 de octubre de 2026.

Respuesta corta

El contrato de una asesora del hogar debe hacerse por escrito dentro de los 15 días siguientes a la incorporación de la trabajadora, firmarse en dos ejemplares y registrarse en la Dirección del Trabajo dentro de los 15 días siguientes a su celebración. Además de los datos de todo contrato de trabajo, debe indicar el tipo de labor, un solo domicilio donde se prestarán los servicios y si incluye la asistencia a personas que requieren cuidados especiales.

Hoy la jornada puertas afuera es de máximo 42 horas semanales, que bajarán a 40 en abril de 2028. Quien trabaja puertas adentro tiene, además de sus descansos, dos días de libre disposición pagados al mes. Por regla general, son de cargo del empleador un 1,11% para la indemnización a todo evento, un 3% para el seguro de cesantía, un 3,5% de la reforma de pensiones desde agosto de 2026 y un 0,93% del seguro de accidentes del trabajo. El contrato se puede firmar con firma electrónica.

Paso a paso para hacer el contrato

  1. Acuerda con la trabajadora la modalidad, puertas afuera o puertas adentro, las labores, el domicilio, la jornada y el sueldo.
  2. Completa uno de los modelos de esta guía y revisa que el sueldo no sea inferior al mínimo vigente.
  3. Firma el contrato con ella en dos ejemplares dentro de los 15 días siguientes a su incorporación, en papel o con firma electrónica, y entrégale su copia.
  4. Regístralo en la Dirección del Trabajo dentro de los 15 días siguientes a la firma.
  5. Declara y paga cada mes sus cotizaciones, por ejemplo en Previred.

En esta guía

¿Qué es una trabajadora de casa particular?

Según el artículo 146 del Código del Trabajo, son trabajadores de casa particular las personas que se dedican en forma continua, a jornada completa o parcial, al servicio de una o más personas naturales o de una familia, en trabajos de aseo y asistencia propios o inherentes al hogar. La ley incluye también a los choferes de casa particular y a quienes hacen labores similares en instituciones de beneficencia que atienden a personas con necesidades especiales de protección o asistencia.

Hay dos modalidades. Puertas afuera, cuando la trabajadora no vive en la casa del empleador, y puertas adentro, cuando vive en ella. La modalidad cambia la jornada, los descansos y lo que el contrato debe decir sobre alimentación y habitación.

Mano con guante amarillo limpiando un espejo con una esponja

¿Es obligatorio hacer contrato a una asesora del hogar?

Sí. El contrato de trabajo debe constar por escrito y firmarse en dos ejemplares, uno para cada parte. El empleador tiene 15 días desde que la trabajadora empieza a trabajar para escriturarlo, o 5 días si el contrato es por una obra o servicio determinado o dura menos de 30 días. Si no lo hace, arriesga una multa de 1 a 5 UTM (artículo 9 del Código del Trabajo).

La falta de contrato escrito también juega en contra del empleador, porque la ley presume que las condiciones del trabajo son las que declare la trabajadora. Y en el caso de las trabajadoras de casa particular, el empleador debe entregarle una copia del contrato firmado y registrarlo en la Dirección del Trabajo (artículo 146 ter).

¿Qué debe incluir el contrato de una asesora del hogar?

El contrato debe tener, a lo menos, lo que exige el artículo 10 del Código del Trabajo para todo contrato, más lo que el artículo 146 bis agrega para las trabajadoras de casa particular. En la práctica, debe incluir estos elementos:

  • El lugar y la fecha del contrato.
  • Los datos de ambas partes, con nombre, RUN, nacionalidad, domicilio y correo electrónico si lo tienen, además de la fecha de nacimiento y de ingreso de la trabajadora.
  • El tipo de labor que realizará, como aseo, cocina, cuidado de niños, jardinería o chofer.
  • El domicilio específico donde se prestarán los servicios. Según la Dirección del Trabajo, debe ser uno solo, y si cambia hay que modificar el contrato y registrar la modificación.
  • Si incluye la asistencia a personas que requieren atención o cuidados especiales, como adultos mayores o personas enfermas. La Dirección del Trabajo pide que el contrato lo indique de forma específica.
  • El monto, la forma y el período de pago de la remuneración.
  • La duración y distribución de la jornada en puertas afuera, o la indicación de que la trabajadora vivirá en la casa.
  • Si corresponde, la alimentación y la habitación que entregará el empleador, que no forman parte del sueldo (artículos 10 y 151).
  • El plazo del contrato, indefinido o a plazo fijo. El plazo fijo no puede exceder de un año, y el contrato pasa a ser indefinido si la trabajadora sigue trabajando después del vencimiento con conocimiento del empleador o si se renueva por segunda vez.
  • Los demás pactos, como bonos, aguinaldos, la bolsa de horas adicionales o el pago por transferencia.

¿Cómo se registra el contrato en la Dirección del Trabajo?

El empleador debe registrar el contrato dentro de los 15 días siguientes a su celebración, en el sitio electrónico o en la sede de la Inspección del Trabajo, con las mismas estipulaciones que pactó (artículo 146 ter). Si no lo registra, la Inspección del Trabajo puede multarlo. El trámite no tiene costo y, según ChileAtiende, las modificaciones del contrato también se deben registrar. Estos son los pasos en línea:

  1. Entra al trámite en línea de la Dirección del Trabajo desde la ficha de ChileAtiende e ingresa con tu RUT y tu clave. Si no tienes cuenta, puedes crearla ahí mismo.
  2. Elige la opción Trabajador o trabajadora de casa particular.
  3. Selecciona Registro de contrato o, si se trata de un cambio, Modificación registro.
  4. Completa los datos del contrato. Al final recibirás un comprobante.

La Inspección mantiene en reserva la identidad de las partes y el domicilio, y solo puede usar esa información para fiscalizar o para entregarla a los tribunales cuando se la pidan. Si un inspector llega a fiscalizar al domicilio, el empleador puede aceptar que ingrese o pedir que se fije otro día y hora para presentarse con los documentos en la Inspección.

¿Cuántas horas puede trabajar una asesora del hogar puertas afuera?

Para quien no vive en la casa del empleador, el artículo 149 del Código del Trabajo fija estas reglas:

  • Máximo 42 horas semanales desde el 26 de abril de 2026. La Ley 21.561, conocida como ley de 40 horas, bajó la jornada de 45 a 44 horas en abril de 2024 y a 42 en abril de 2026, y la dejará en 40 horas desde el 26 de abril de 2028. Según la Dirección del Trabajo, la rebaja no puede significar una disminución del sueldo.
  • La jornada puede distribuirse en un máximo de seis días a la semana.
  • Entre el inicio y el término de las labores de cada día no pueden pasar más de 12 horas continuas, incluidos los descansos.
  • La jornada se divide en dos partes, con al menos media hora de colación, que no se considera trabajada. Según la Dirección del Trabajo, la colación tampoco puede extenderse más allá de lo razonable.
  • Si la jornada pactada es de hasta 30 horas semanales, las partes pueden acordar por escrito hasta 12 horas adicionales a la semana, no acumulables a otras semanas, que se pagan con un recargo de al menos 50%.
  • Si la jornada es más larga o no existe ese pacto, las horas trabajadas en exceso son horas extraordinarias. Solo se pueden pactar por escrito para atender necesidades temporales, por un plazo de hasta tres meses renovable y con un máximo de dos por día, y se pagan con un recargo de al menos 50%.
  • Descansa, a lo menos, los domingos y festivos.

Ojo con los modelos antiguos. La bolsa de hasta 15 horas adicionales para cualquier jornada ya no rige, y tampoco el límite de 45 horas.

¿Qué jornada y descansos tiene una asesora del hogar puertas adentro?

Quien vive en la casa del empleador, la llamada nana o asesora puertas adentro, no está sujeta a horario, pero normalmente debe tener un descanso absoluto mínimo de 12 horas diarias. Entre el término de una jornada y el inicio de la siguiente, el descanso debe ser ininterrumpido y, normalmente, de al menos 9 horas. El resto puede fraccionarse durante el día, y en él se incluye el tiempo de las comidas (artículo 149). Además, tiene estos descansos (artículo 150):

  • Domingos. Son su descanso semanal.
  • Sábados. De común acuerdo pueden acumularse, fraccionarse o cambiarse por otros días de la semana. Si se acumulan, deben darse dentro del mismo mes calendario, y no se pueden compensar en dinero mientras dure el contrato.
  • Festivos. Por acuerdo escrito previo, el descanso puede trasladarse a otro día dentro de los 90 días siguientes. Si no se toma en ese plazo, se pierde y no se paga en dinero, salvo que el contrato termine antes.
  • Dos días de libre disposición al mes, pagados, desde el 26 de abril de 2024. No se pueden cambiar por dinero, de común acuerdo pueden acumularse dentro de tres meses y, si el contrato termina con días pendientes del mes, se pagan en el finiquito.

Los días de descanso le permiten no volver a trabajar hasta el inicio de la jornada del día siguiente.

¿Cuál es el sueldo mínimo de una asesora del hogar?

El sueldo se fija de común acuerdo, en dinero, y no puede ser inferior al ingreso mínimo mensual, que desde el 1 de mayo de 2026 es de $553.553 para trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años (Ley 21.830). Ese monto se reajustará el 1 de enero de 2027 según el IPC, así que revisa el valor vigente al pagar. Si la jornada pactada es de 30 horas semanales o menos, el mínimo puede calcularse en proporción a esas horas respecto de la jornada máxima de 42 horas. Si es de más de 30 horas, según la Dirección del Trabajo corresponde el ingreso mínimo completo. Desde marzo de 2011, las trabajadoras de casa particular tienen el mismo ingreso mínimo que el resto de los trabajadores.

La alimentación y la habitación que reciba la trabajadora no forman parte del sueldo y siempre son de cargo del empleador, así que no se pueden descontar, viva o no en la casa (artículo 151). El sueldo se paga en moneda de curso legal y, a solicitud de la trabajadora, puede pagarse con cheque, vale vista o transferencia a su cuenta, sin costo para ella. Con cada pago, el empleador debe entregarle un comprobante con el monto pagado, cómo se calculó y los descuentos (artículo 54).

¿Qué cotizaciones paga el empleador de una asesora del hogar?

El empleador declara y paga cada mes las cotizaciones de la trabajadora, por ejemplo en Previred, a más tardar el día 10 del mes siguiente, o el 13 si lo hace en línea. Algunas se descuentan de su sueldo y otras son de cargo del empleador.

CotizaciónQuién la pagaTasa a octubre de 2026
Pensión en la AFPLa trabajadora, se descuenta del sueldo10% de la remuneración imponible, más la comisión de su AFP
Salud en Fonasa o IsapreLa trabajadora, se descuenta del sueldo7% de la remuneración imponible
Indemnización a todo eventoEl empleador1,11%, por un máximo de 11 años por trabajadora
Seguro de cesantíaEl empleador3% (2,2% a la cuenta individual y 0,8% al Fondo de Cesantía Solidario)
Cotización del empleador de la reforma de pensiones (Ley 21.735)El empleador3,5% desde las remuneraciones de agosto de 2026, y 4,25% desde agosto de 2027
Seguro de accidentes del trabajo (Ley 16.744) y seguro SANNAEl empleador0,93% (0,90% de cotización básica más 0,03% del seguro SANNA). Por regla general no se paga cotización adicional
Cotizaciones de una trabajadora de casa particular en Chile a octubre de 2026.

El 3,5% de la reforma de pensiones se reparte en un 0,1% para la cuenta de la trabajadora en su AFP, un 0,9% para la Cotización con Rentabilidad Protegida y un 2,5% para el Seguro Social Previsional, que financia también el seguro de invalidez y sobrevivencia. Según la Superintendencia de Pensiones, esta cotización rige también para quienes emplean a trabajadoras de casa particular afiliadas a una AFP, y sube cada agosto hasta 2033, así que conviene revisar la tasa vigente al pagar. Según ChileAtiende, no se paga si la trabajadora está pensionada por vejez o por invalidez total, si tiene 65 años o más, si es mujer de 60 años o más y se acogió a la exención de cotizar del artículo 69 del DL 3.500, o si cotiza en el IPS y no en una AFP.

Antes de octubre de 2020, el aporte para la indemnización a todo evento era de 4,11%. Con la Ley 21.269 bajó a 1,11% y el 3% restante pasó a financiar el seguro de cesantía de la trabajadora.

¿Cuántos días de vacaciones tiene una asesora del hogar?

Con más de un año de servicio tiene derecho a 15 días hábiles de feriado anual con remuneración íntegra, o 20 días hábiles si trabaja en las regiones de Magallanes y de Aysén o en la provincia de Palena (artículo 67). Después de 10 años de trabajo, para uno o más empleadores, suma un día adicional por cada tres nuevos años trabajados, aunque de empleadores anteriores solo se pueden hacer valer hasta 10 años (artículo 68).

El feriado no se puede cambiar por dinero mientras dure el contrato. Al terminar, el empleador paga en el finiquito el feriado pendiente y el proporcional, como explicamos en la guía para calcular el finiquito de una asesora de hogar.

¿Se le puede exigir uniforme a una asesora del hogar?

No en lugares públicos. El artículo 151 bis del Código del Trabajo prohíbe condicionar la contratación, la permanencia, la renovación del contrato o la promoción de una trabajadora de casa particular al uso de uniformes, delantales u otros distintivos en espacios o establecimientos públicos, como parques, plazas, playas, restaurantes, hoteles, locales comerciales y clubes sociales. La regla rige para todas las trabajadoras de casa particular, puertas adentro y puertas afuera.

Período de prueba, licencias médicas y fuero maternal

Las dos primeras semanas de trabajo son de prueba. En ese lapso, cualquiera de las partes puede terminar el contrato avisando con al menos tres días de anticipación y pagando el tiempo servido (artículo 147). Pero si la trabajadora está embarazada, ni siquiera en el período de prueba se le puede poner término sin autorización judicial, porque tiene fuero maternal desde el inicio del embarazo hasta un año después del postnatal.

Si la trabajadora se enferma, el empleador debe dar aviso al organismo de seguridad social y conservarle el puesto, sin remuneración, por 8 días si lleva menos de seis meses, por 15 días si lleva más de seis meses y menos de un año, y hasta por 30 días si lleva más de un año (artículo 152). Cumplidos esos plazos el contrato no termina por sí solo, y mientras esté con licencia médica no se la puede desahuciar (artículo 161).

Fuera del período de prueba, el empleador puede poner término al contrato con un desahucio escrito, dado con al menos 30 días de anticipación y con copia a la Inspección del Trabajo, o pagando en lugar del aviso una indemnización equivalente a la última remuneración mensual (artículo 161). Lo que corresponde pagar al terminar está en nuestra guía del finiquito de una asesora del hogar.

¿Cómo contratar a una asesora del hogar extranjera?

El artículo 103 de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería establece que solo se puede emplear a personas extranjeras que tengan un permiso de residencia o permanencia que las habilite para trabajar, o que estén debidamente autorizadas para hacerlo. Antes de contratar, pide a la postulante su documento migratorio vigente y, si tienes dudas, consulta al Servicio Nacional de Migraciones. Contratar a una persona sin esa autorización es una infracción grave que el Servicio sanciona con multa por cada persona contratada, y no libera al empleador de sus obligaciones laborales y previsionales. Una vez contratada, tiene los mismos derechos laborales que una trabajadora chilena (artículo 14 de la misma ley).

¿Se puede firmar el contrato con firma electrónica?

Sí. Según el artículo 3 de la Ley 19.799, los actos y contratos firmados con firma electrónica son válidos y producen los mismos efectos que los celebrados por escrito y en papel. La Dirección del Trabajo ha señalado que la documentación de una relación laboral es un instrumento privado, por lo que basta una firma electrónica simple, y que también se puede usar la firma electrónica avanzada (Ord. 6179 de 2016 y Ord. 475 de 2017).

En FirmaVirtual puedes firmar el contrato de trabajo en línea, con firma electrónica simple o avanzada, sin que las partes tengan que reunirse. Puedes revisar las diferencias en tipos de firma electrónica y en nuestra guía de la firma electrónica simple. Una vez firmado, el empleador igual debe registrarlo en la Dirección del Trabajo.

Mujer y niño mirando un computador portátil

Modelos de contrato de asesora del hogar para descargar

Preparamos dos modelos de contrato en Word, actualizados al 15 de octubre de 2026 a partir de los modelos de la Dirección del Trabajo, con las reglas vigentes de jornada, descansos y cotizaciones. Son gratuitos y están también en nuestra página de documentos tipo.

Antes de firmar, completa los espacios en blanco, marca las opciones que correspondan y revisa que el sueldo no sea inferior al mínimo vigente. La Dirección del Trabajo también publica sus propios modelos de contrato, pero a octubre de 2026 el de puertas afuera todavía dice 44 horas semanales y ninguno incluye la cotización del empleador de la reforma de pensiones, así que ajústalos si los usas.

Errores frecuentes al hacer el contrato de una asesora del hogar

  • No hacer contrato, o hacerlo después de los 15 días.
  • No registrarlo en la Dirección del Trabajo, o no registrar sus modificaciones.
  • Usar un modelo antiguo con 45 o 44 horas semanales, o con el 4,11% de indemnización a todo evento.
  • Pactar la bolsa de horas adicionales con una jornada de más de 30 horas.
  • Indicar dos o más domicilios de trabajo en el mismo contrato.
  • Descontar del sueldo la alimentación o la habitación.
  • Olvidar los dos días de libre disposición de quien trabaja puertas adentro.
  • Pagar menos que el ingreso mínimo, o calcularlo en proporción con una jornada de más de 30 horas semanales.
  • No considerar la nueva cotización del empleador de la reforma de pensiones.
  • Exigir uniforme o delantal en lugares públicos.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio hacer contrato a una asesora del hogar?

Sí. El contrato debe constar por escrito dentro de los 15 días siguientes a la incorporación de la trabajadora y firmarse en dos ejemplares. Si no se hace, el empleador arriesga una multa de 1 a 5 UTM. Además, debe registrarlo en la Dirección del Trabajo dentro de los 15 días siguientes a su celebración.

¿Cuántas horas puede trabajar una asesora del hogar puertas afuera?

Desde el 26 de abril de 2026, máximo 42 horas semanales, distribuidas en hasta seis días, y desde el 26 de abril de 2028 serán 40. Entre el inicio y el término de cada día no pueden pasar más de 12 horas continuas, incluida la colación de al menos media hora.

¿Qué descansos tiene una asesora del hogar puertas adentro?

Normalmente un descanso absoluto mínimo de 12 horas diarias, con 9 horas ininterrumpidas entre una jornada y la siguiente. Descansa los domingos, los sábados y los festivos, y desde el 26 de abril de 2024 tiene dos días de libre disposición pagados al mes.

¿Cuánto debe ganar como mínimo una asesora del hogar?

No menos que el ingreso mínimo mensual, que desde el 1 de mayo de 2026 es de $553.553 para trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años, en proporción solo si la jornada es de 30 horas semanales o menos. La alimentación y la habitación son de cargo del empleador y no se pueden descontar del sueldo.

¿Qué cotizaciones paga el empleador de una asesora del hogar?

Por regla general, de su cargo son el 1,11% para la indemnización a todo evento, el 3% para el seguro de cesantía, la cotización del empleador de la Ley 21.735, que es de 3,5% desde las remuneraciones de agosto de 2026, y el 0,93% del seguro de accidentes del trabajo. Además, descuenta del sueldo y paga la cotización de pensión de la trabajadora, de 10% más la comisión de la AFP, y la de salud, de 7%.

¿Cómo se registra el contrato de una asesora del hogar?

En línea en el sitio de la Dirección del Trabajo, con tu RUT y clave, en la opción Trabajador o trabajadora de casa particular y luego Registro de contrato, o en una Inspección del Trabajo. Es gratuito, debe hacerse dentro de los 15 días siguientes a la celebración del contrato, y las modificaciones también se registran.

¿Se puede firmar el contrato de una asesora del hogar con firma electrónica?

Sí. La Ley 19.799 da a los contratos firmados con firma electrónica la misma validez que a los firmados en papel, y la Dirección del Trabajo ha señalado que para la documentación laboral basta la firma electrónica simple. Después de firmarlo, igual hay que registrarlo en la Dirección del Trabajo.

¿Se le puede exigir uniforme a una asesora del hogar?

No en lugares públicos. El artículo 151 bis del Código del Trabajo prohíbe condicionar el trabajo al uso de uniformes, delantales u otros distintivos en parques, plazas, playas, restaurantes, hoteles, locales comerciales, clubes sociales y lugares similares.

¿Dónde descargo un modelo de contrato de trabajadora de casa particular actualizado?

En esta guía y en nuestra página de documentos tipo hay dos modelos gratuitos en Word, uno para puertas afuera y otro para puertas adentro, actualizados al 15 de octubre de 2026 con la jornada de 42 horas, los días de libre disposición y las cotizaciones vigentes.

¿Hay que hacer contrato si la asesora del hogar trabaja solo algunos días a la semana?

Sí, si trabaja en forma regular. La ley considera trabajadoras de casa particular a quienes trabajan en forma continua, a jornada completa o parcial (artículo 146), así que igual hay que escriturar y registrar el contrato. Si la jornada es de 30 horas semanales o menos, el sueldo mínimo puede calcularse en proporción a esas horas y se pueden pactar por escrito hasta 12 horas adicionales a la semana.

¿Puedo contratar a una asesora del hogar extranjera?

Sí, si tiene un permiso de residencia o permanencia que la habilite para trabajar en Chile, o si está debidamente autorizada para hacerlo (artículo 103 de la Ley 21.325). Una vez contratada, tiene los mismos derechos laborales que una trabajadora chilena.

Fuentes oficiales

Esta guía es información general y no reemplaza una asesoría. Si quieres que un abogado revise el contrato antes de firmarlo, puedes agendar una videollamada en nuestra página de asesoría legal. Si te quedan dudas, escríbenos a [email protected] o déjalas en los comentarios.

Sobre el autor. Christian Rodiek es fundador y CEO de FirmaVirtual, plataforma de firma electrónica y trámites notariales en línea. Es Ingeniero Comercial de la Universidad de Mannheim y MBA en Finanzas de Western Illinois University.

Redactado por Christian Rodiek, experto en servicios notariales online.

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