No. La autorización para que un niño, niña o adolescente salga de Chile debe otorgarse por escritura pública o por escritura privada autorizada ante notario (Ley 16.618, artículo 49). En FirmaVirtual la ofrecemos solo en forma presencial.
¿Quién debe autorizar? #
- Si ningún juez entregó el cuidado personal, autorizan ambos padres.
- Si el cuidado personal se entregó a uno de ellos o a un tercero, autoriza esa persona y también el padre o la madre que tenga una relación directa y regular fijada por resolución judicial o por un acuerdo aprobado por el tribunal.
- No se necesita si el niño viaja con quienes deben autorizar.
- Si el permiso no se obtiene o se niega sin motivo, lo puede otorgar el juez de familia.
¿Cómo la hago con FirmaVirtual? #
Coordinamos un notario de tu zona que va a tu casa u oficina. Escríbenos a [email protected]. También puedes ir directamente a cualquier notaría.
¿Y para viajar dentro de Chile? #
El artículo 49 se refiere a la salida del país. Si el niño viaja solo dentro de Chile, revisa los requisitos de la empresa de transporte.
Antes de viajar, confirma los requisitos con la PDI y con la aerolínea.
Para ver quién debe firmar en cada caso, qué documentos pide la PDI y un modelo en Word, revisa la guía del permiso notarial para salir del país con niños.
Fuente. Ley 16.618, artículo 49
Por Christian Rodiek, fundador y CEO de FirmaVirtual.