Actualizado el 26 de octubre de 2026
Para firmar con notaría, cada firmante sube su cédula vigente por ambos lados, y en la autorización notarial de firma pasa además por verificación biofacial y video de voluntad. Si firma una empresa, se suman su e-RUT y la vigencia de poder, y si arrienda el dueño, el certificado de dominio vigente de máximo 30 días.
Abajo están los requisitos para firmar en cada servicio, lo que pasa si falta algo y cómo resolverlo, para que tu trámite no se detenga. Si después de leerlo sigues con dudas, escríbenos con el número de tu trámite, que aparece en los correos y en la plataforma.
¿Qué te pedimos según el tipo de firma? #
Lo que pedimos depende del tipo de firma. En la firma electrónica simple basta un correo y un celular, en la avanzada cada firmante se identifica con su ClaveÚnica, y en los servicios con notaría cada firmante sube su cédula vigente, con verificación biofacial y video de voluntad en la autorización notarial de firma.
| Tipo de firma o servicio | Qué necesita cada firmante | Dónde puede estar |
|---|---|---|
| Firma electrónica simple | Un correo y un celular para recibir su enlace | En cualquier país |
| Firma electrónica avanzada | ClaveÚnica, un cuestionario con preguntas del Registro Civil y un PIN con el que firma | En cualquier país |
| Autorización notarial de firma | Cédula vigente por ambos lados, verificación biofacial y video de voluntad, antes de pagar | Todos en Chile |
| Protocolización | Cédula vigente por ambos lados | En cualquier país |
| Copia certificada | Cédula vigente por ambos lados | En cualquier país |
Puedes sumar hasta 10 firmantes por documento, u 8 con firma electrónica avanzada. Si son más, escríbenos antes de crear el trámite. En la plataforma se ingresan firmantes y no roles, así que una persona que firma en dos calidades, como arrendatario y aval, o por sí misma y por una empresa, se ingresa una sola vez. Si la ingresas dos veces, la plataforma la toma como un firmante duplicado. Eso sí, ubica su recuadro de firma en cada lugar del documento donde firma.
La firma simple y la avanzada valen como la firma en papel, salvo las excepciones del art. 3 de la Ley 19.799, pero no tienen el mismo valor como prueba (arts. 4 y 5). En la autorización notarial de firma, el notario da fe de la identidad de los firmantes y deja constancia de la fecha en que firman (Código Orgánico de Tribunales, art. 425). Las diferencias entre las firmas están en tipos de firmas y los valores en nuestra página de precios.
Algunos documentos no se firman con autorización notarial de firma a distancia, como las escrituras públicas, las letras de cambio, los pagarés, los endosos y los protestos. Los pagarés los hacemos en forma presencial, con un notario a domicilio que coordinamos en tu zona, y se piden por correo. Lo demás que no se firma en línea está en ¿Qué documentos puedo firmar con FirmaVirtual?
Si firma una empresa, si alguien firma por otra persona o si es un arriendo, revisa también las secciones que siguen. El paso a paso para crear el trámite está en ¿Cómo puedo hacer una solicitud de firma virtual?
¿Qué cédula sirve y qué hago si está vencida o salió ilegible? #
En los servicios con notaría te pedimos la cédula de identidad vigente de cada firmante, por ambos lados y legible. Si tu cédula chilena está vencida, sirve junto con el comprobante del Registro Civil de que pediste una nueva, y sin ese comprobante el trámite se detiene hasta que lo envíes.
Para que no te pidamos la foto de nuevo.
- Sácala con buena luz, sin reflejos ni dedos encima y con los cuatro bordes a la vista.
- Sube los dos lados de la cédula, en imagen o en PDF, en uno o dos archivos.
- Antes de enviarla, revisa que se lean el número de documento, el nombre y la fecha de vencimiento.
- Sube la cédula de cada firmante, no solo la de quien crea el trámite.
La cédula se renueva en el Servicio de Registro Civil e Identificación. Según su ficha en ChileAtiende, actualizada el 19 de enero de 2026, la renovación se hace con hora en cualquier oficina y, en algunos casos de cédula vencida, se puede pedir en línea con ClaveÚnica y retirar en la oficina que elijas (ficha de la cédula de identidad). Guarda el comprobante de la solicitud, porque con él puedes firmar mientras llega la nueva. Si la perdiste o te la robaron, la misma ficha indica cómo bloquearla con ClaveÚnica o llamando al 600 370 2000.
Si eres extranjero, usa tu cédula de identidad para extranjeros vigente. Si venció mientras tu solicitud de residencia está en trámite, la ley entiende que mantiene su vigencia si acreditas que tienes un certificado de residencia en trámite vigente (Ley 21.325, art. 43), así que sube la cédula vencida junto con el certificado de residencia en trámite y tu pasaporte vigente. Para obtenerla o renovarla, revisa la ficha de la cédula para extranjeros en ChileAtiende, actualizada el 23 de abril de 2025.
¿Qué hago si falla la verificación de identidad? #
La verificación biofacial y el video de voluntad son parte de la autorización notarial de firma y se hacen antes de pagar. Si no avanzan, revisa los permisos de cámara y micrófono, la luz y la conexión, prueba desde otro equipo y, si sigue fallando, escríbenos con el número de tu trámite.
- Ten a mano tu cédula vigente.
- Da permiso al navegador para usar la cámara y el micrófono.
- Busca un lugar con buena luz, sin contraluz.
- Revisa tu conexión a internet y, si falla, prueba desde otro celular o computador.
- Puedes usar un número de WhatsApp de cualquier país, con su código.
¿Qué documentos te pedimos si firma una empresa? #
Cuando firma una empresa, quien firma lo hace como su representante. En los servicios con notaría te pedimos, además de su cédula, el e-RUT de la empresa y el certificado de vigencia de poder de quien firma, con una antigüedad máxima de 30 días desde su emisión.
- e-RUT. Es la cédula RUT electrónica de la empresa, un archivo PDF que la empresa o su representante legal descarga en sii.cl, según la ficha del Servicio de Impuestos Internos en ChileAtiende (inicio de actividades e inscripción de RUT, actualizada el 17 de marzo de 2026).
- Vigencia de poder. El certificado que muestra que quien firma representa a la empresa, emitido hace 30 días o menos.
- Firma simple o avanzada. En estos servicios no revisamos esos documentos. Acreditar la representación es responsabilidad de quien gestiona el trámite y de quien firma.
- Por la empresa y por sí mismo. Si una misma persona firma por una empresa y por sí misma, se ingresa una sola vez y su recuadro de firma va en cada lugar donde firma, como se explica en la primera sección.
¿Cuándo necesito un poder para firmar por otra persona? #
Si alguien firma en nombre de otra persona, como una corredora por el dueño de un departamento o un hijo por su padre, necesita un poder que lo autorice para ese acto. Sin ese documento, el trámite se detiene hasta que lo envíes.
- Qué poder te pedimos. En la autorización notarial de firma, la notaría pide un poder con la firma de quien lo otorga autorizada ante notario, con una antigüedad máxima de 30 días. Ese poder lo puedes firmar en línea con la autorización notarial de firma, con todos los firmantes en Chile. Los poderes especiales para un banco o para vender o transferir un vehículo los hacemos en forma presencial, y coordinamos un notario de tu zona. Más detalles en nuestra página del poder simple.
- Cuándo no basta. Si el acto exige escritura pública, como vender un inmueble, el poder también debe otorgarse por escritura pública, porque un mandato privado no se admite cuando la ley pide un instrumento auténtico (Código Civil, art. 2123). Ese poder no se firma en línea.
- Vigencia. La ley no fija un vencimiento al poder simple, pero quien lo recibe puede pedir que sea reciente, como la notaría en la autorización notarial de firma. Lo legal está en qué es un poder simple y cuándo necesita notario.
¿Por qué la notaría objeta una firma y cómo se corrige? #
La notaría revisa cada firma antes de terminar el trámite y la objeta si quedó incompleta, si no se parece a la de la cédula, si la hizo otra persona o si es una imagen copiada de la cédula o del pasaporte. Si pasa, te avisamos y el firmante vuelve a firmar en el mismo trámite, sin costo.
Para que tu firma no sea objetada.
- Firma como en tu cédula, completa y no solo con iniciales.
- Firma en la pantalla, con el dedo o con un lápiz táctil. No pegues una imagen de tu firma ni la copies de tu cédula o tu pasaporte.
- Cada firmante firma por sí mismo.
- Antes de confirmar, revisa cómo quedó.
Si los datos o antecedentes del trámite tienen errores que impiden terminarlo, los términos y condiciones (sección V) indican que hay que repetir el proceso de firma, y que ese nuevo proceso puede hacerse sin costo en los casos que esa sección describe.
¿Qué certificado de dominio vigente te pedimos en un arriendo? #
Si arrienda el dueño y el contrato pasa por notaría, con autorización notarial de firma, protocolización o copia certificada, te pedimos el certificado de dominio vigente del inmueble, con una antigüedad máxima de 30 días desde su emisión. En la firma simple o avanzada no lo pedimos, y revisarlo es responsabilidad de quien gestiona el trámite.
Si arrienda otra persona, en la autorización notarial de firma el notario pide los títulos que la habilitan para arrendar (Ley 18.101, art. 20). Si el inmueble es de una herencia o de una empresa, o se compró hace poco y aún no se inscribe, escríbenos antes de crear el trámite para revisar tu caso.
El certificado lo emite el Conservador de Bienes Raíces que corresponde al inmueble. En Santiago lo emite el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y su ficha en ChileAtiende, actualizada el 10 de agosto de 2026, indica cómo pedirlo y cuánto cuesta. Si el que tienes pasó los 30 días, pide uno nuevo antes de crear el trámite. Si llega después de crear el trámite, envíalo a [email protected] con el número de tu trámite, y mientras tanto el trámite espera. Para qué sirve que el notario autorice las firmas de un arriendo lo explicamos en nuestra guía de Devuélveme mi Casa.
¿Por qué mi trámite no avanza y cómo veo en qué va? #
Un trámite avanza cuando firman todos y llegan los documentos que faltan, y con firma simple o avanzada queda listo en ese momento. Con notaría, la notaría tarda habitualmente de 24 a 48 horas hábiles desde la última firma, y si hace una observación, ese plazo vuelve a partir cuando llega la corrección.
- Cuándo empieza el plazo. Con la última firma. Si falta un firmante o un documento, como la cédula, el e-RUT, el poder o el dominio vigente, el trámite espera hasta que llegue.
- Si un firmante rechazó por error. Debe avisarle a quien gestiona el trámite, que puede reactivarlo y reenviarlo desde su cuenta en la plataforma, sin costo.
- Dónde lo ves. En la plataforma o en el seguimiento de trámite, con el número de tu trámite.
- Dónde queda el documento. Cuando el trámite termina, el documento final queda en la cuenta de quien lo gestionó, que lo descarga y lo comparte con los demás firmantes. No llega por correo. En los trámites con notaría trae la firma electrónica avanzada del notario en cada hoja, su timbre y un código o QR para verificarlo en línea, que sigue sirviendo en la copia impresa. Los documentos firmados solo con firma electrónica simple o avanzada no traen ese código.
El detalle de los plazos está en nuestra pregunta sobre cuánto tarda el proceso.
La plataforma recibe trámites todos los días a toda hora, y nuestro equipo atiende en días hábiles de 9 a 18 horas y los sábados de 10 a 14 horas.
Preguntas frecuentes sobre pagos, links y documentos #
¿Qué hago si no me llega el link para pagar o firmar? #
Los avisos de pago y de firma llegan por correo y también por WhatsApp. Revisa la carpeta de spam y que el correo y el celular de cada firmante estén bien escritos. Si un dato quedó mal o el aviso no llega, quien gestiona el trámite lo corrige y lo reenvía desde la plataforma.
¿Qué pasa si pagué dos veces o me rechazaron el pago? #
Si un mismo servicio se cobra dos veces, te devolvemos el monto duplicado sin que tengas que gestionarlo con la plataforma de pago, como indica la sección VI bis de los términos y condiciones. Si Webpay rechaza el pago, escríbenos con el número de tu trámite y lo revisamos contigo.
¿Cómo pido boleta o factura? #
Quien gestiona el trámite elige boleta o factura al crearlo y, si es factura, ingresa ahí los datos de la empresa. Si ya se emitió una boleta y necesitabas factura, escríbenos con el número de tu trámite y los datos de la empresa. Las empresas con convenio pagan por transferencia contra factura en los primeros 5 días de cada mes.
¿Puedo corregir el documento después de enviarlo o firmarlo? #
Antes de que alguien firme, lo corriges en la plataforma sin costo. Después de firmar y antes de enviarlo a la notaría, también se corrige sin costo, pero todos firman de nuevo. Una vez enviado a la notaría, el cambio se cobra otra vez. FirmaVirtual no redacta ni modifica documentos a pedido.
¿Puedo cancelar el trámite y pedir la devolución? #
Sí. La devolución es total si te retractas antes de que el documento se envíe a la notaría o, sin notaría, antes de que firmen todos; después ya no procede el retracto. Si un firmante no firma y el documento no puede completarse, también te devolvemos lo pagado si lo pides (términos y condiciones, sección VI bis).
Si no encontraste tu caso #
¿Tienes dudas sobre tu trámite? Escríbenos por WhatsApp al +56 9 7563 5393, llámanos al +56 2 3378 0591 o envíanos un correo a [email protected]. Te atendemos en días hábiles de 9 a 18 horas y los sábados de 10 a 14 horas. Si eres empresa y quieres un convenio, escríbenos al mismo correo.
Esta página es informativa y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso particular.
Normas y fuentes citadas
- Código Orgánico de Tribunales, art. 425 (LeyChile)
- Código Civil, art. 2123 (LeyChile)
- Ley 19.799, sobre documentos electrónicos y firma electrónica, arts. 3, 4 y 5 (LeyChile)
- Ley 18.101, sobre arrendamiento de predios urbanos, art. 20 (LeyChile)
- Ley 21.325, de migración y extranjería, art. 43 (LeyChile)
- ChileAtiende, Cédula de identidad, Servicio de Registro Civil e Identificación (19 de enero de 2026)
- ChileAtiende, Cédula de identidad para extranjeros, obtención y renovación, con el art. 43 de la Ley 21.325 (23 de abril de 2025)
- ChileAtiende, Inicio de actividades e inscripción de RUT, Servicio de Impuestos Internos (17 de marzo de 2026)
- ChileAtiende, Copia de inscripción con vigencia o dominio vigente, Conservador de Bienes Raíces de Santiago (10 de agosto de 2026)
- Términos y condiciones de FirmaVirtual, secciones V y VI bis