Si estás por renunciar a tu trabajo y tienes dudas sobre cómo hacerlo, este artículo es para ti. Esta es una guía que reúne todo lo que necesitas saber sobre la figura de la renuncia voluntaria.
Lo primero que debes considerar es que se trata de la forma correcta de poner fin a una relación laboral. Dicho de otra manera, es una formalidad con la que te retiras de una empresa de forma profesional y respetuosa.
En una carta de renuncia laboral y voluntaria expones a tu empleador o a la empresa la decisión de poner fin a la relación. Es un modelo de comunicación formal y legal donde se establece un lapso de tiempo para cesar tus funciones.
En ella puedes exponer las causas que te llevaron a tomar la decisión y el agradecimiento por la experiencia adquirida.
Cuando cesas un contrato, a través de una carta de renuncia, estás dejando las puertas abiertas para el futuro y demostrando que eres un profesional, que aprecias el periodo dedicado a la empresa y, por sobre todo, que les darás tiempo para cubrir tu puesto.
Carta de Renuncia: Lo que debes saber antes de presentar tu renuncia voluntaria
Una carta bien elaborada te ayudará a quedar en buenos términos, además demostrará tu profesionalismo y buena disposición.
A esta formalidad también se le denomina renuncia de mutuo acuerdo. Y en Chile permite que el empleado ratifique ante un inspector la voluntad de dejar su puesto de trabajo. Sin embargo, esto no es algo que puedas hacer a la ligera. Tiene elementos claves a considerar y debe ser notariada para que el finiquito de trabajo se suponga legal.
Quizás te preguntes por qué debes hacerlo así ¿Acaso no basta que expreses por escrito tu voluntad de no seguir más en tu puesto de trabajo? ¿Y un finiquito qué es? Este básicamente es un documento laboral que tiene carácter legal y con el cual se termina la relación laboral bajo cualquier circunstancia.
A continuación te explicamos todo lo referente al cese de tus funciones.
La renuncia… ¿requiere certificación?
La renuncia voluntaria está establecida en el Código del Trabajo, específicamente en los Artículos 159°, 2° y 177°. Allí se determina la forma en que culmina una relación laboral.
Estos artículos expresan textualmente que el contrato de trabajo cesará por mutuo acuerdo y en la renuncia, el trabajador debe dar “aviso a su empleador con treinta días de anticipación a lo menos, muerte del trabajador o vencimiento del plazo convenido en el contrato”.
Es importante que en la carta de renuncia por voluntad propia se expresen los datos claros y de forma correcta porque. Al tratarse de una declaración bajo fe de juramento, es penado por la ley hacer una declaración falsificada.
Toda la información que proporciones para la redacción de este documento debe ser real, porque es tu responsabilidad. La Dirección del Trabajo o una notaría certificará tu decisión y te entregará un certificado laboral. Este tramite de renuncia laboral certificada con notaría, lo puedes hacer online con FirmaVirtual.
¿Y si renuncio por otro empleo?
Si estás renunciando para buscar un nuevo empleo, es determinante que ceses tus labores bajo los mejores términos. Sin importar que tengas o no considerado regresar a la empresa ¿Pero por qué hacerlo?
Toma en cuenta estos datos:
- En Chile, la tasa de desempleo medida entre octubre de 2020 y diciembre de 2020 fue de 10,3%. El impacto en esta cifra está dado por las restricciones sanitarias a consecuencia de la pandemia del Covid-19.
- Según el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) esto representa un ascenso de 2,8% al hacer una comparación de los últimos 12 meses.
- Con la flexibilización en el país de las restricciones sanitarias, se estima que haya un levantamiento de la masa laboral. Es decir, que se vuelvan a abrir nuevas fuentes de empleos.
- Esto quiere decir que las empresas que se vieron afectadas por el confinamiento, empezarán a buscar una recuperación sostenible. Así que para ello, vas a necesitar tu certificado laboral.
Requisitos para la renuncia voluntaria
Para hacer el trámite de renuncia necesitas la cédula de identidad vigente y el Rol Único Tributario (RUT). Es muy importante que estos documentos no se encuentren vencidos. De ser así el trámite no será legal.
Una vez que tengas la carta de renuncia, el trámite se realiza online o en oficina. Estos son los pasos a seguir:
Notaría Online
A través de Chileatiende.gob.cl se realiza el trámite en línea. Para ello es necesario tener el RUN y una clave única. Deberás completar los datos requeridos y seguir el paso a paso.
Una de las copias que arroja el sistema es preciso entregarlas al empleador. Una vez realizado el trámite recibirás los certificados online.
En oficina
Debes reunir los recaudos solicitados por notaría online y dirigirte a la oficina de Inspección del Trabajo que quede más cercana a la empresa donde laboras.
Allí te atenderán personalmente y deberás expresar los motivos que te llevan a renunciar. Además, te entregarán una carta de renuncia que deberás firmar y llevar a tu empleador.
3 detalles para redactar una renuncia voluntaria
Al momento de redactar un renuncia voluntaria hay una serie de formalidades que se deben tomar en cuenta para que el escrito sea legal. Recuerda que siempre puedes contar con la asesoría de los expertos en la materia como el equipo de FirmaVirtual para que tu carta sea perfecta.
Ahora te dejamos lo que necesitas saber antes de entregar el texto a tu jefe:
- Debe ser por escrito
Originalmente las renuncias se entregaban impresas en papel. Aunque aún puedes hacerlo hoy, la modalidad online es la que más se usa actualmente.
Desde que las nuevas tecnologías forman parte vital del proceso de comunicación de las empresas. Tienes la posibilidad de hacer tu renuncia voluntaria por escrito y enviarla por correo electrónico. En este último caso asegúrate de recibir una certificación online.
- Es importante que lleve tu firma
Colocar tu rúbrica en la carta será el aval de que eres tú quien ha elaborado el documento y dejas tu puesto de trabajo de forma intencional.
Si enviarás tu renuncia por correo electrónico, esta también debe llevar tufirma. Y para ello, necesitas una firma electrónica que para estos efectos puede ser muysimple o avanzada.
Cuando usas tu firma digital es indudable que nadie está usurpando tu identidad porque esta modalidad está blindada contra fraudes, es absolutamente segura y el proceso para solicitarla es sencillo. Desde la plataforma Firma Virtual puedes obtener tu firma electrónica sin complicaciones.
- Que sea ratificada
Para cumplir con esta formalidad debes solicitarle a un inspector del trabajo. Así como al presidente del sindicato, delegado de personal o notario público que firme el documento y así da fe de que tu renuncia es consciente.
Uno de los aspectos fundamentales de un finiquito renuncia voluntaria es que debe estar notariada. Este paso, anteriormente, podía considerarse un poco engorroso. Pero hoy gracias al uso de las nuevas tecnologías puedes tenerlo en solo minutos.
Si tienes dudas, los abogados laborales están capacitados para realizar este trámite de forma rápida y segura. Siempre puedes consultar con los profesionales de Firma Virtual Legal para que te asesoremos y el proceso se haga bajo el marco legal correspondiente.
Tiempo de anticipación para entregar la renuncia
El tiempo para anunciar tu renuncia es importante, porque de esa manera le das oportunidad a la empresa de abrir una vacante y estar preparados para el correcto funcionamiento del protocolo de trabajo, desde el primer momento de tu ausencia.
Por lo tanto esta formalidad debes hacerla con un mínimo de 30 días de anticipación.
¿Y si obvias esto y no lo haces con 30 días de antelación? Sin importar la razón por la cuál te retirarás de tu puesto de trabajo, es importante que cumplas con el plazo de un mes.
De lo contrario la ley no te resguardará y le darás motivo a tu empleador para no cancelar la liquidación final completa.
¿Por qué debo entregar una carta de renuncia?
Si estás renunciando a tu trabajo porque emprenderás tu propio negocio, tienes una mejor oferta laboral o ya no te sientes a gusto en la empresa, es indispensable que notifiques tu retiro a través de una carta de renuncia.
De esta forma evitarás problemas legales o de cualquier otra índole. Dependiendo el caso es posible que necesites constancia inspección del trabajo. Este es otro trámite que puedes hacer con ayuda de un abogado.
Estructura ideal de una carta de renuncia
Estar frente al computador intentando redactar una carta para cesar tus labores como profesional puede resultar abrumador. Si estás en blanco, desde Firma Virtual puedes contratar a un abogado laboral calificado para elaborar la carta bajo parámetros legales y que te permitirán retirarte sin ningún tipo de dificultades.
Una carta de renuncia debe tener la siguiente estructura:
- Datos personales
Es importante colocar datos específicos. Nombres, apellidos y documento de identidad, dirección y correo electrónico.
- Datos de la empresa
Se debe incorporar el nombre de la compañía, también la dirección y por supuesto, a qué persona de la empresa va dirigida. Generalmente se entrega al responsable de Recursos Humanos con copia a tu jefe inmediato.
- Saludo
Antes de explicar que te retirarás de la empresa escribe un cordial saludo. Recuerda que te diriges a un superior, solo que lo estás haciendo a través de una carta.
- Párrafos de contenido
Debe ser breve. Tres párrafos son suficientes para indicar que te retiras la empresa. Es muy importante que expongas muy claramente los motivos de tu renuncia y la fecha en que dejarás de laborar.
Si te vas en buenos términos, es propicio que agradezcas la oportunidad que te dieron desde el momento que te incorporaste a su plantilla de trabajadores. Además, expreses un espíritu colaborativo sobre lo que la empresa necesite de ti hasta el último día de trabajo.
- Despedida y firma
Si es el caso, realiza una despedida amistosa e incorpora tu firma electrónica en caso de que envíes la carta vía online.
Tips de redacción y otros detalles
Si vas a redactar tu carta de renuncia hay una serie de tips que puedes tomar en cuenta:
- La redacción debe ser en primera persona. Se trata de un documento muy personal, así que puedes escribir con confianza, haciendo referencia directamente a tu persona.
- Que no sea muy larga. Excederte en tus motivos no es profesional. Tres párrafos son más que suficientes para anunciar el cese de tus funciones.
- Aunque envíes tu renuncia vía correo corporativo no dejes de lado la formalidad de hacer tu renuncia de forma presencial con tu jefe directo. Toda vez que es un tema serio y deberán buscar a alguien que te reemplace. Estar a disposición de ayudar hablará muy bien de tu imagen.
- Respeta los tiempos. Si la ley establece un mínimo de 30 días para anunciar que dejarás el trabajo. Procura cumplir con esa formalidad porque además de evitarte problemas legales dejarás claro que eres un profesional responsable.
- Si tienes la posibilidad de ayudar para dejar terminadas las tareas más urgentes. Esto es un plus que puedes considerar.
¿Me pueden obligar a firmar la carta de renuncia voluntaria?
Algunas empresas que desean despedir a un trabajador y esperan no pagar la indemnización, recurren a solicitarle al empleado que firme una carta de renuncia por cuenta propia. Esto está fuera del marco legal, porque como el documento lo indica es “voluntaria”.
Si este es tu caso es necesario que busques asesoría legal antes de firmar cualquier documento. Toma en cuenta que una renuncia que no se firme ante lo que la ley denomina un miembro de fe, carece de validez.
Debes saber que el solo hecho de que tu empleador te solicite que firmes la renuncia ya se considera una forma de despido. Siempre antes de dimitir ponte en contacto con los abogados laborales.
¿Cómo realizo el cálculo de finiquito Chile?
Una de las cosas que más preocupa al momento de presentar la renuncia es saber cuánto recibirás de remuneración. Si eres organizado con tus finanzas te interesará determinar la forma en que puedes calcular el pago que te corresponde.
Sin importar las razones que te llevan a dejar el trabajo, la empresa está obligada a cancelar un finiquito renuncia voluntaria como remuneración por los servicios prestados.
Si cumples el aviso de 30 días previos a tu salida de la empresa, es norma pagar tu sueldo base, comisiones (si las hay), gratificación, colocación y movilización. Cuando el salario es variable se debe tomar en cuenta el promedio de los últimos tres meses.
Para calcular el finiquito se consideran los siguientes aspectos:
- Remuneraciones pendientes
Cualquiera sea la causa por la cual se da fin a una relación laboral, la empresa debe cancelar las remuneraciones pendientes. Se divide el sueldo bruto en 30 y se multiplica por los días trabajados.
- Indemnización de aviso previo
Si cumples con el aviso de 30 días debes recibir el sueldo base con todas las remuneraciones que se establecieron en el contrato.
- Indemnización por años de servicio
Dependiendo los años que hayas laborado para tu empleador, se debe considerar un pago por el tiempo dedicado a la empresa. Esto aplica también cuando ocurre un despido de forma injustificada. Para cumplir con este reembolso debes haber estado por lo menos un año en la empresa.
- Vacaciones y feriados
Por ley un trabajador tiene 15 días de vacaciones al año, lo que representa 1.25 días por mes. Todos aquellos días de vacaciones pendientes deben ser remunerados. También se toman en cuenta los días feriados que se pudieron llegar a laborar para la empresa.
¿En cuánto tiempo me pagarán?
Según lo establece el artículo 177 del Código del Trabajo, el plazo para pagar finiquito es de 10 días hábiles contados desde el momento que cesa la relación laboral.
Hemos abarcado todos los aspectos que te serán útiles para realizar una renuncia legal ante una empresa u organización.
Antes de finalizar, toma en cuenta que se trata de un trámite importante que puede marcar tu hoja de vida laboral. Si cuentas con la asesoría necesaria te ahorrarás problemas y protegerás el pago por tus servicios.
A través de Firma Virtual Legal tendrás la tranquilidad de contar con una certificación notarial laboral correcta de tu carta de renuncia. Si aún tienes dudas nuestras plataformas están a tu disposición para atenderte:
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130 comentarios
Estimados. Estoy próximo a firmar el finiquito por renuncia voluntaria. Tengo claro que me deben pagar el feriado proporcional, pero tengo trabajado 4 días los cuales me dicen de recursos humanos que esos días me los cancelaran cuando paguen la liquidación del mes. Que hago en esta situación?
Hola Sebastian
un gusto saludarte y gracias por contactarnos.
Si en tu finiquito por renuncia voluntaria no se incluye el pago de los días trabajados, debes exigir a tu empleador el pago del sueldo correspondiente a esos días trabajados. En caso de que te hayan informado que te pagarán esos días en la liquidación del mes, debes asegurarte de que esto esté claramente estipulado en el documento que firmarás, y que se comprometan a pagarte de manera oportuna. En caso contrario, es recomendable que solicites a tu empleador que realice el pago de esos días trabajados de manera inmediata. Si tu empleador no está dispuesto a pagar esos días trabajados, puedes presentar una denuncia en la Inspección del Trabajo para hacer valer tus derechos laborales. Recuerda que tienes derecho a recibir todas las remuneraciones correspondientes por el trabajo que has realizado, sin importar si es por renuncia voluntaria o despido.
Te recomiendo que te asesores con un abogado laboral para que te oriente en este proceso y te brinde la ayuda necesaria para hacer valer tus derechos. También puedes acudir a la oficina de Inspección del Trabajo más cercana a tu lugar de residencia para recibir más información y asesoramiento sobre tus derechos laborales.
Saludos,
Cleverty AI
Revisado por Martínez & Rodas
Hola, llevo un año trabajando para una empresa mi contrato era a plazo y este ya finalizo, pero yo seguí con mis labores, a la fecha han pasado 25 dias y no he firmado anexo de contrato, tengo licencia medica y quiero renunciar, mi pregunta es… deben pagarme algo o por mi renuncia no corresponde nada?
Hola Constanza,
un gusto saludarte.
Gracias por contactarnos en FirmaVirtual.legal.
De acuerdo con el Código del Trabajo de Chile, si continuaste trabajando después de que tu contrato a plazo fijo finalizó y no firmaste ningún anexo de contrato ni otro acuerdo, tu relación laboral se considera automáticamente como contrato indefinido. Esto se establece en el artículo 159, número 5 del Código del Trabajo.
En cuanto a tu renuncia y los pagos correspondientes, la ley establece que al renunciar voluntariamente a un empleo, se debe recibir un finiquito que incluye las remuneraciones devengadas, las vacaciones proporcionales y otros beneficios proporcionales (como aguinaldos y bonos, si corresponde). Esto se establece en los artículos 161, 162 y 163 del Código del Trabajo.
Si presentas tu renuncia durante una licencia médica, los pagos correspondientes a la licencia médica no se verán afectados. La empresa debe pagar el finiquito según lo establecido en la ley, y el pago por licencia médica será asumido por la entidad encargada del pago de la licencia (generalmente la institución previsional o de salud).
Por lo tanto, en tu situación, al renunciar voluntariamente, deberías recibir un finiquito que incluya las remuneraciones devengadas, las vacaciones proporcionales y otros beneficios proporcionales que te correspondan según tu contrato o los acuerdos con la empresa. La licencia médica no afecta tu derecho a recibir estos pagos.
Espero que esta información te haya sido útil. Si tienes más preguntas, no dudes en escribirnos.
Saludos cordiales,
Cleverty AI
Revisado por un Humano
Tengo 4 años trabajando en una empresa con contrato indefinido, si renuncio voluntariamente con 1 mes de anticipación me corresponde finiquito? Como calculo el monto que corresponde?
Hola Isabel,
Gracias por contactarnos en FirmaVirtual.legal. Aunque no soy un abogado humano, sino un modelo de lenguaje AI, estoy aquí para ayudarte con tu consulta.
De acuerdo con el Código del Trabajo de Chile, cuando renuncias voluntariamente a un empleo, tienes derecho a recibir un finiquito que incluye las prestaciones pendientes que te adeuda la empresa hasta la fecha de término de la relación laboral.
Según el artículo 159 Nº1 del Código del Trabajo, la renuncia voluntaria es una de las causales de término del contrato de trabajo. Al renunciar voluntariamente, no tendrás derecho a indemnización por años de servicio (artículo 163 del Código del Trabajo). Sin embargo, sí tendrás derecho a otros pagos en el finiquito, como se detalla a continuación:
Remuneraciones devengadas (artículo 62 del Código del Trabajo): Se deben pagar las remuneraciones correspondientes a los días trabajados en el mes en que presentaste tu renuncia.
Vacaciones proporcionales (artículo 67 del Código del Trabajo): Si no has tomado todas tus vacaciones, tienes derecho a recibir una compensación por las vacaciones no tomadas y proporcionales al tiempo trabajado en el último año. El cálculo se realiza dividiendo la remuneración diaria por 30 y multiplicando por los días de vacaciones pendientes.
Aguinaldos y bonos proporcionales (según lo estipulado en el contrato de trabajo o en el contrato colectivo, si corresponde): Si la empresa otorga aguinaldos, bonos u otros beneficios de carácter anual, tendrás derecho a recibir una parte proporcional al tiempo trabajado en el año en que renuncias.
Para calcular el monto total del finiquito, debes sumar las cantidades correspondientes a estos conceptos. Ten en cuenta que estos son los conceptos básicos y podrían haber otros beneficios adicionales, según tu contrato de trabajo, los acuerdos con la empresa o las normas internas de la misma.
A continuación, te muestro un ejemplo numérico del cálculo del finiquito al renunciar voluntariamente a un empleo en Chile, considerando los conceptos mencionados anteriormente:
Supongamos que tu remuneración mensual es de $1.200.000 CLP y que no has tomado 10 días de vacaciones pendientes. Además, supongamos que renuncias el 15 de abril, habiendo trabajado 15 días ese mes, y que recibes un aguinaldo anual de $300.000 CLP.
Remuneraciones devengadas:
Tu remuneración diaria es: $1.200.000 CLP / 30 días = $40.000 CLP por día.
Como trabajaste 15 días en abril: 15 días x $40.000 CLP = $600.000 CLP.
Vacaciones proporcionales:
Los 10 días de vacaciones pendientes se calculan como: 10 días x $40.000 CLP = $400.000 CLP.
Aguinaldos y bonos proporcionales:
Suponiendo que renuncias el 15 de abril, habrías trabajado 3.5 meses del año (enero, febrero, marzo y la mitad de abril). La proporción del aguinaldo que te corresponde es: ($300.000 CLP / 12 meses) x 3.5 meses = $87.500 CLP.
Entonces, para calcular el monto total del finiquito, sumas las cantidades correspondientes a estos conceptos:
Remuneraciones devengadas: $600.000 CLP
Vacaciones proporcionales: $400.000 CLP
Aguinaldos y bonos proporcionales: $87.500 CLP
Monto total del finiquito: $1.087.500 CLP
Ten en cuenta que este ejemplo es simplificado y puede haber otros beneficios adicionales según tu contrato de trabajo, los acuerdos con la empresa o las normas internas de la misma. Además, este cálculo no considera posibles descuentos legales o contractuales, como cotizaciones previsionales o de salud.
Espero que esta información, basada en las leyes chilenas, te haya sido útil. Si tienes más preguntas, no dudes en escribirnos.
Saludos cordiales,
Cleverty AI
Revisado por Christian
Si renuncio y cobro mi seguro de cesantía. . Puedo volver a la
Misma empresa que renuncie ? Cuánto tiempo debe pasar?
Hola Rossana!
Un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
En relación a tu consulta, puedo aclararte que en Chile, la Ley de Protección al Empleo establece ciertas restricciones en caso de que un trabajador haya cobrado su seguro de cesantía. Si un trabajador renuncia voluntariamente a su trabajo y cobra su seguro de cesantía, no podrá volver a trabajar en la misma empresa durante un plazo de 90 días.
Esto se debe a que, en caso de que un trabajador renuncie y cobre su seguro de cesantía, se entiende que ha perdido su trabajo de manera involuntaria y, por tanto, puede acceder a los beneficios del seguro de cesantía. Sin embargo, si el trabajador vuelve a la misma empresa antes de los 90 días, se entenderá que la renuncia no fue involuntaria y, por tanto, no tendrá derecho a cobrar el seguro de cesantía.
Por lo tanto, si estás pensando en renunciar a tu trabajo y cobrar el seguro de cesantía, debes tener en cuenta que no podrás volver a trabajar en la misma empresa durante un plazo de 90 días. Pasado este plazo, podrás volver a trabajar en la misma empresa si ambas partes están de acuerdo.
Para mayor detalle, te recomendamos contactar a nuestra abogada asociada Paola Vidal para ayudarte con dicha consulta.
Sus datos de contacto son:
Paola Vidal
+56 9 7543 7438
paola.vidal@avogados.cl
https://avogados.cl/
Saludos,
Cleverty AI
Revisado por Christian
Hola! Una consulta, un trabajador que quiere renunciar y lo hará ante notario. Es necesario además hacerle firmar un acuerdo de reciso? Gracias!
Hola
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Con la renuncia ante notario es suficiente. También sirve la renuncia en la dirección del trabajo online.
Te compartimos un modelo que puedes modificar https://firmavirtual.legal/wp-content/uploads/2021/05/Renuncia-Voluntaria-Modelo.doc
Acá en https://firmavirtual.legal/documentos-tipos/ puedes encontrar otros documentos tipos y modelos de forma gratuita para diferentes tipos de trámites.
Saludos!
Hola buenas
Yo hice una renuncia voluntaria firmada por notario y renuncia el mismo día del trámite 5 de agosto y me hicieron contrato 7 de marzo.
Quería preguntar si tengo derecho a finiquito?
Estimada Camila,
Un gusto saludarte y gracias por escribirnos..
En relación a tu consulta sobre si tienes derecho a finiquito luego de haber renunciado voluntariamente, es importante señalar que en principio, en Chile, la renuncia voluntaria no genera derecho a indemnización alguna. Sin embargo, existen algunas excepciones que es importante considerar.
En el caso particular que planteas, si bien la fecha de inicio de tu contrato de trabajo es el 7 de marzo y la fecha de la renuncia voluntaria ante notario es el 5 de agosto, es posible que tengas derecho a algún tipo de indemnización por los días trabajados.
De acuerdo a la Ley de Protección del Empleo, en caso de que tu empleador se haya acogido a esta ley y haya suspendido o reducido tus servicios por un tiempo determinado, podrías tener derecho a recibir una indemnización por el tiempo que efectivamente trabajaste.
Asimismo, es importante considerar que si existen diferencias en el pago de remuneraciones, prestaciones laborales u otros aspectos relevantes que no fueron cumplidos por parte del empleador, podrías tener derecho a un finiquito o indemnización por despido indirecto, siempre y cuando se acredite que dicha situación fue provocada por el empleador.
En cualquier caso, es importante que revises detalladamente el contrato de trabajo y las leyes laborales vigentes, para determinar si existen elementos que puedan generar algún tipo de indemnización o compensación en caso de que tengas derecho a ello.
Espero haber aclarado tus dudas. Si necesitas alguna consulta adicional, no dudes en contactarnos.
Atentamente,
Cleverty AI
Revisado por un humano.
Hola, si hice mi renuncia voluntaria y avise un mes antes. Tengo derecho a indemnización por aviso previo?
Hola Carlos
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Te corresponde sólo al pago del sueldo por esos 30 días y los días proporcionales de vacaciones de los días no disfrutados.
Saludos!
Hola buenas tardes si llevo trabajando dos meses en una empresa y tengo contrato por 6 meses y ya llevo un día lunes faltados pero justificados y quiero generar licencia hasta que finalice mi finiquito…de igual manera me van a cancelar mi finiquito?
Hola Guiselle
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Hola, actualmente estoy con licencia y llevo más de 1 año 6 meses trabajando, quiero renunciar con los 30 días de anticipación pero que el término del contrato sea el mismo día en que se termina mi licencia, eso no afecta al pago de la misma? O puedo renunciar el mismo día que vuelva a trabajar y que me puedan pagar la vacaciones proporcionales sin problema? Saludos y de antemano muchas gracias.
Hola Alejandra
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Si renuncio voluntariamente con carta y firma de notario. Comenze a trabajar con contrato en 7 de marzo hasta el 5 de agosto
tengo derecho a finiquito?
Hola, es un poco confusa la información.
Leo que si se realizan los pasos correctos indicados en el post y la anticipación mínima de 30 días, el empleador debe de pagar indemnización por años de servicios pero, en algunas de su respuesta indican que solo pagarán días trabajados y vacaciones pendientes y negociar con el empleador.
Es decir, seguir con los pasos indicados en su post, con su asesoría y respetando por lo menos 30 día de anticipación, no te asegura que te paguen por años de servicios ? Se debe de negociar igual ?
Hola Marcos
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Hola buenas mi nombre es Felipe
tengo una duda, yo llevo trabajando 1 año y 8 meses y me gustaría renunciar a mi trabajo.
mi consulta es, Si le digo a mi empleador que renunciare después de 30 días, ¿Al cumplir los 30 días y presente mi carta de renuncia, el empleador me deberá pagar los 30 días trabajados solamente incluyendo días de vacaciones «no tomadas», o tambien recibo un pago por el año de servicio que preste?
estaré atento a su respuesta, Muchas gracias
Hola
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
En caso de renuncias, sólo recibes el proporcional de tus vacaciones.
Sólo en caso de una desvinculación recibes un pago por cada año de servicio prestado.
Saludos!
Buenas tardes,
Llevo más de 11 años en mi empresa, si renuncio de manera voluntaria, pierdo mi indemnización por años de servicios?
Gracias
Hola Paola
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Sí, si renuncias de manera voluntaria a tu empresa en Chile, pierdes tu derecho a recibir indemnización por años de servicios. Sin embargo, es importante mencionar que cada empresa puede tener políticas y acuerdos diferentes con respecto a la indemnización, por lo que es recomendable consultar con tu empleador o el departamento de recursos humanos para aclarar cualquier duda.
Saludos!
Hola, estoy con contrato plazo fijo, llevo un mes y una semana en total. Me renovaron contrato a fin de mes y hoy me llamaron para decirme que hubo un error en mi renovacion, ya que debia ser hasta el 07 de este mes y que debia hacer una renuncia voluntaria en la direccion del trabajo. Eso esta bien, pierdo algun beneficio si renuncio o rs mejor que me finiquiten? Desde ya muchas gracias!
Hola Paulina
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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Hola una cunsulta. Yo trabaje 6 años cn mi jefe. Le degue por asunto personal..despues le avise que no boya trabajar le degué de hay mi llamo dega carta renuncia.mi digo.y como puedo hacerlo
.
Hola Edgar
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Tengo un trabajador que lleva 5 años trabajando y quiere irse por su propia voluntad.
En ese caso yo le ofrecí pagar todo incluido indemnización total con sus años de servicio, vacaciones etc.
Es un buen trabajador y creo que volverá en el futuro. espero que le vaya bien.
Si es el caso debe pasar algun tiempo determinado porque tampoco quiero tener continuidad laboral
Hola, tengo una trabajadora que se fue de vacaciones a su pais de origen y decidió no regresar, como seria el proceso para realizar su finiquito?
Hola llevo 5 años trabajando pero por fuerza mayor necesito retirarme me gustaría salirme por mutuo acuerdo, puedo pedirle a mi empleador o yo puedo hacer el trámite directo en la dt? Y si es así, dejaría de trabajar de inmediato o debo esperar a que mi empleador esté de acuerdo?
Hola llevo 5 años trabajando pero por fuerza mayor necesito retirarme me gustaría salirme por mutuo acuerdo, puedo pedirle a mi empleador o yo puedo hacer el trámite directo en la dt? Y si es así, dejaría de trabajar de inmediato o debo esperar a que mi empleador esté de acuerdo?
Hola,
Presentaré mi carta de renuncia con 30 dias de anticipacion, deben ser dias habiles o de corrido? Y lo otro, tengo derecho a indemnizacion por años de servicios o tampoco aplica para este tipo de renuncia?
Quedo atenta, gracias
Hola, estoy renunciando a mi trabajo en una empresa x, pero durante todo el tiempo que presté servicios también presté servicios a una empresa aparte sin recibir remuneración y no haber contrato de por medio a solicitud de manera verbal de mi empleador legal…. Qué pasa en ese caso?…. Si yo firmo mi renuncia???
Hola me llamo Mauricio
Mi consulta es yo me cancele el último día de mis vacaciones pero me quedan unas vacaciones pendientes , tambien me las pagan .aparte de los dias trabajados.
Se pagan los fines de semana si uno al renunciar tiene 20 dias de vacaciones acumulados?
Hola Catalina
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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Soy funcionario público a contrata anual, Llevo 2 años y medio..
Quiero renunciar este mes.
Tengo 15 días de vacaciones adentro… Eso me lo pagan o en servicios públicos se pierde ese derecho.. Solo recibiría el pago por días trabajados a ese momento por concepto de sueldo?
Estimado Juan,
un gusto saludarte.
Por lo general se pagan los días trabajados y los días proporcionales de vacaciones.
Saludos!
Hola , llego 4.años en una empresa y solo tengo 1 vacaciones tomada , quisiera saber si renuncio sin el mes de anticipo me pagaran mis vacaciones que me deben ?
Hola se puede desistir de una renuncia que debo hacer ?
Hola Claudia,
un gusto saludarte.
De todas formas te recomendamos contactar a nuestra abogada asociada Berta Castro para ayudarte con dicho trámite.
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Hola, pregunta renuncie a mi trabajo y en enero ellos le pagan a todos los trabajadores la renta accesoria que es un sueldo más, al renunciar no me lo pagan aunque sean las ganancias que son las que reparten?
Hola
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Por lo general te corresponde un proporcional del bono.
De todas formas te recomendamos contactar a nuestra abogada asociada Paola Vidal para ayudarte con dicho trámite.
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Hola! Tengo una consulta. Avise con 30 días de anticipación (incluso mas) mi renuncia voluntaria, pero la carta de renuncia la hice Aprox 1 semana antes de retirarme. Me corresponde mi sueldo entero como finiquito??
saludos y gracias de atte.
Hola Paula
gracias por escribirnos.
Sí, te corresponden todos tus días trabajados y las vacaciones proporcionales.
Saludos!
Hola, consulta si renuncio con carta de aviso de 30 días, que es lo que compone el finiquito?
Hola
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Te corresponde al pago del sueldo por esos 30 días y los días proporcionales de vacaciones de los días no disfrutados.
Saludos!
Hola quisiera saber, si renuncio a una empresa, puedo comenzar a trabajar en otro lugar el mismo día??? O estoy incurriendo en una falta ??? Gracias
Hola Carol
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
De todas formas te recomendamos contactar a nuestra abogada asociada Berta Castro para ayudarte con dicho trámite.
Sus datos de contacto son:
Berta Castro
+56 9 7543 7438
bcastro@irc-abogados.cl
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Hola buenas tardes, el 10 de enero renuncié via online, firmé el finiquito el 3 de febrero, y hasta ahora no me han depositado el dinero que me corresponde, es normal que se demore tanto? Gracias
Hola Josefina
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Sugerimos contactar al área de Recursos Humanos de la empresa/organización.
Saludos!
Puedo renunciar x fuerza mayor muchas gracias..
Hola Alicia
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Siempre puedes renunciar, independientemente cuál sea tu razón.
hola buenas tardes trabaje 4 días en una empresa, no alcancé a firmar contrato… cuanto debo esperar para que me paguen? En la empresa me dijeron que debo esperar a fin de mes, es asi?
Hola María José
un gusto saludarte. Gracias por publicar tu pregunta importante.
En base a lo que mencionas, considera lo siguiente:
1. Contrato verbal: Aunque no hayas firmado un contrato escrito, en Chile el contrato de trabajo puede ser verbal. Por lo tanto, se entiende que existe una relación laboral y tienes derecho a recibir remuneración por los días trabajados (Artículo 7 del Código del Trabajo).
2. Pago de remuneraciones: Según el Artículo 44 del Código del Trabajo, las remuneraciones se deben pagar con periodicidad mensual. Sin embargo, si las partes acuerdan una periodicidad diferente, como semanal o quincenal, esta puede aplicarse. En general, si no se estableció un plazo diferente, se suele esperar hasta fin de mes para recibir el pago.
3. Plazo máximo para el pago: A pesar de que la periodicidad del pago suele ser mensual, el Artículo 55 del Código del Trabajo establece que el empleador tiene un plazo de 10 días hábiles desde la terminación de la relación laboral para pagar las remuneraciones e indemnizaciones adeudadas.
Considerando esto, te recomendaría que te acerques a la empresa para recordarles el plazo máximo de 10 días hábiles desde la terminación de la relación laboral. Si después de ese tiempo no te han pagado, podrías acudir a la Inspección del Trabajo para presentar una denuncia y recibir asesoría.
Recuerda que esta información es general y no equivale a asesoría legal específica. Te aconsejo que consultes con un abogado o asesor laboral en Chile para obtener información detallada y específica a tu situación.
Saludos cordiales,
Cleverty AI
Revisado por Christian
Hola!
Si estoy con licencia médica y renuncio antes del término de esta por una oferta laboral de otra empresa,
Que pasa con la licencia? Puedo tomar la otra opción laboral?
Hola Marcelo
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Si tomas una nueva opción laboral quiere decir que estás capacitado para trabajar, entonces tendrías que pedir a tu médico que te otorgue el alta de tu enfermedad para tomar el nuevo trabajo. No existe impedimento para renunciar mientras te encuentres con licencia médica, sin embargo, legalmente se debe dar aviso de la renuncia con al menos 30 días de anticipación. Ahora bien, si incumples dicho plazo, el empleador no podrá descontar monto de tu finiquito, no obstante el empleador podrá ejercer acciones civiles en tu contra por daños y perjuicios, lo que en la práctica no ocurre casi nunca, siendo por ello que lo dejamos a tu criterio.
De todas formas te recomendamos contactar a nuestra abogada asociada Berta Castro para ayudarte con dicha duda.
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Hola, si yo presento mi renuncia voluntaria, se me cancelan solo las vacaciones? que pasa con los años de servicio?
Hola Alexis,
un gusto saludarte.
Excelente pregunta. Efectivamente, si renuncias de forma voluntaria, legalmente se te cancelan solo las vacaciones proporcionales pendientes.
Sin embargo, puedes tratar de negociar tu salida con el empleador.
Saludos!
Christian
Hola, renuncié a mi empleador el 01/02 para emprezar otro contrato con otra empresa el mismo día. Llevaba más d 2 años, 31 dias d vacaciones y 11 dias trabajados del «ultimo mes».
Si no respeté los 30 dias de aviso, ¿a q tengo derecho en mi finiquito?
Hola Ricardo
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Para terminar la relación laboral siempre se debe firmar un finiquito. Sin embargo, en caso de la renuncia sólo se te paga los días proporcionales trabajados y los días de vacaciones no disfrutados.
Saludos!
Si deseo renunciar por una mejor oportunidad laboral, tengo derecho a finiquito si la renuncia no se hace con los 30 dias de aviso¿?
Hola Cristian
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Para terminar la relación laboral siempre se debe firmar un finiquito. Sin embargo, en caso de la renuncia sólo se te paga los días proporcionales trabajados y los días de vacaciones no disfrutados.
Saludos!
Una trabajadora realizó una renuncia laboral voluntaria online en la inspección del trabajo y el mismo día que la presentó se arrepintió de renunciar y le manifestó verbalmente a la empresa que quiere continuar trabajando y continua trabajando normalmente. La Trabajadora en ningún momento cesó de trabajar; ¿es necesario anular la renuncia?¿Cómo se anula una renuncia?
Hola
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Te recomendamos contactar a nuestra abogada asociada Paola Vidal para ayudarte con dicha consulta.
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paola.vidal@avogados.cl
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Hola si tengo 3 años en una empresa y renuncio solo me pagarian las vacaiones?
Hola Yerco,
un gusto saludarte.
Correcto, al renunciar el empleador paga sólo los días trabajados del mes y las vacaciones proporcionales pendientes.
Saludos!
Hola buena noches consulta para hacer renuncia voluntaria .soy funcionaria pública técnico en enfermería soy contrata .que deben pagarme?? .en estos momentos estoy con licencia médica. Y en cuánto tiempo ellos pueden desvincularme ?desde diciembre estoy con licencia médica.continua . gracias.
Hola Catálina
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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Puedo renunciar estando con licencia médica
Hola Claudia
Sí, en Chile se puede renunciar a un trabajo estando con licencia médica. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la licencia médica es un derecho del trabajador y debe ser respetado por el empleador. Además, si la renuncia se produce durante el período de licencia médica, el trabajador tiene derecho a recibir el salario correspondiente a ese período.
Hola tengo un contrato con el artículo 22 y trabajo más de 7 horas y media al día y mi jefa me dice que presente mi carta de renuncia es porque le conviene a ella?
Hola Verónica,
gracias por escribirnos.
Nadie puede obligarte a renunciar. Si ella quiere que dejes de trabajar, te tendrá que desvincular.
Saludos!
Christian
Hola, quisiera saber si un trabajador renuncia, la empresa por x motivo lo quiere volver a contratar, se puede hacer? y en cuanto tiempo?
Hola Nicole,
gracias por publicar tu comentario.
Sí, se puede hacer, la empresa lo puede contratar de forma inmediata si ambas partes quieren.
Saludos!
César
Hola, quisiera saber que debo hacer si mi empleador me está obligando a renunciar porque tengo contrato indefinido y aparte de eso no me quiere pagar mis dos años de servicio dándome un monto inferior a lo calculado legalmente (incluyendo vacaciones)
Hola Yoselin
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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Hola llevo 5 años trabajando pero por fuerza mayor necesito retirarme me gustaría salirme por mutuo acuerdo, puedo pedirle a mi empleador o yo puedo hacer el trámite directo en la dt? Y si es así, dejaría de trabajar de inmediato o debo esperar a que mi empleador esté de acuerdo?
Hola buenos dias si renuncio voluntario y estoy con fuero maternal que me van a pagar en el finiquito ??
Hola Francisca
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Sólo te van a pagar las vacaciones proporcionales pendientes por tomar.
Saludos!
Tengo licencia y necesito renunciar antes q acabe mi licencia por motivos fuerza mayor llevo más de dos años y medio en la empresa me deben las vacaciones del año pasado mi duda es si renuncio me pagarán todo lo q conlleva el finiquito ? Aunque no se cumplan los 30 días de aviso de mi renuncia
Hola Denis,
muchas gracias por tu pregunta.
Sí, te van a pagar las vacaciones que no te has tomado y los días trabajados del mes.
Saludos!
Katerine
Hola, saludos tengo 5 años en la empresa, acabo de leer un escrito de ustedes, que si hago mi renuncia voluntaria me toca igual un mes año? Pero el resto de abogados que eh consultado dicen que es mentira! Existe algún artículo o ley que certifique!?
Si estoy con licencia puedo renunciar y que la renuncia sea el mismo día de término de licencia?
Hola Cintia
gracias por contactarnos y publicar tu duda.
Sí, claro que sí tu renuncia puede ser el mismo día de termine tu licencia.
Saludos!
Christian
Hola tengo cierta duda ,
Renuncie a mi antigua empresa por mejores Lucas e irme a otra empresa en la cual me hicieron contrato a plazo fijo y en este tercer mes no me renovaron
Puedo volver Ami antiguo trabajo
O hay cierta Clausula para mí retorne dentro de mi antigua empresa laboral ???
Puedo pedir volver en cualquier momento ???
Hola.
Que día debo poner en la carta de renuncia para que me paguen las remuneraciones completas del mes.
El último día del mes o el primer día del mes siguiente?
Hola Alejandra
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Te recomendamos contactar a nuestra abogada asociada Paola Vidal para ayudarte con dicho trámite. Ella es experta en temas laborales.
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Hola buenas yo renuncie el mismo día que hice el trámite mi pregunta es si me tienen que dar finiquito
Hola Camila,
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
En respuesta a tu consulta, te informamos que el empleador tiene la obligación de pagar las remuneraciones pendientes y entregar el finiquito en un plazo máximo de diez días hábiles a contar desde la fecha de renuncia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 177 del Código del Trabajo de Chile.
Este plazo está contemplado en la Ley N° 18.345 sobre Protección de los Derechos de los Trabajadores, la cual establece las normas mínimas de protección de los derechos de los trabajadores en el país.
El finiquito es un documento que debe contener el detalle de las remuneraciones pendientes de pago, las cotizaciones previsionales, indemnizaciones por años de servicio y otras compensaciones, por ejemplo por vacaciones pendientes, a las que puedas tener derecho. Este documento es importante porque acredita el cumplimiento de las obligaciones del empleador y puede ser utilizado para futuras referencias laborales.
Si han transcurrido más de diez días hábiles desde tu renuncia y aún no has recibido el finiquito, puedes exigirlo mediante una carta certificada o personalmente en la empresa, recordándoles que están en la obligación de entregarlo en el plazo establecido por la ley.
Si el empleador se niega a entregar el finiquito, puedes recurrir a la Inspección del Trabajo para hacer valer tus derechos y obtener la documentación necesaria. También puedes acudir a un abogado laboral para que te asesore en el proceso.
Esperamos haber aclarado tus dudas. Si necesitas más información o tienes alguna otra consulta, no dudes en hacérnosla llegar.
Saludos cordiales,
Equipo de FirmaVirtual.legal
Hola tengo cierta duda ,
Renuncie a mi antigua empresa por mejores Lucas e irme a otra empresa en la cual me hicieron contrato a plazo fijo y en este tercer mes no me renovaron
Puedo volver Ami antiguo trabajo
O hay cierta Clausula para mí retorne dentro de mi antigua empresa laboral ???
Puedo pedir volver en cualquier momento ???
Tengo una trabajadora part time. Trabaja solo los domingos desde julio 2019 y ahora quiere renunciar. Tiene derecho a finiquito o no?
Hola Claudia,
gracias por tu comentario.
Sí, tiene derecho a un finiquito. El pago debe contemplar las vacaciones proporcionales y los días trabajados del mes.
Saludos,
Christian
Llevo trabajando 1 año y 3 meses si renunció me pagan un año de servicio
Hola Juan Carlos
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Sí, si renuncias de manera voluntaria a tu empresa en Chile, pierdes tu derecho a recibir indemnización por años de servicios. Sin embargo, es importante mencionar que cada empresa puede tener políticas y acuerdos diferentes con respecto a la indemnización, por lo que es recomendable consultar con tu empleador o el departamento de recursos humanos para aclarar cualquier duda.
Saludos!
Hola Llevo 5 años en una empresa y ya por muchas cosas me tiene colapsado con estrés y quisiera renunciar, tengo derecho a que me paguen mis 5 años de servicio? Y días de vacaciones pendientes?.
Saludos.
Hola Antonio,
Gracias por contactarnos en FirmaVirtual.legal. Entiendo que estás considerando renunciar a tu trabajo debido al estrés y quieres saber si tienes derecho a recibir una indemnización por tus años de servicio y tus días de vacaciones pendientes. Te cuento sobre algunos conceptos:
Indemnización por años de servicio (artículo 163 del Código del Trabajo): La indemnización por años de servicio solo es aplicable cuando el empleador despide al trabajador. En caso de renuncia voluntaria, no tienes derecho a recibir indemnización por años de servicio.
Vacaciones proporcionales (artículo 71 del Código del Trabajo): Tienes derecho a recibir el pago de las vacaciones proporcionales que no hayas tomado antes de la renuncia. El empleador debe pagar el monto equivalente a los días de vacaciones pendientes en tu finiquito.
En resumen, si renuncias voluntariamente a tu trabajo, no tendrás derecho a recibir indemnización por años de servicio, pero sí recibirás el pago correspondiente a tus vacaciones proporcionales pendientes. Si tienes más preguntas o necesitas asesoramiento legal, te sugiero contactar a un abogado especialista en derecho laboral.
Saludos cordiales,
Cleverty AI
Revisado por Martínez & Rodas
Hola 👋
Se puede anular una carta de renuncia voluntaria?
Hola Carom
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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Hola buenas tarde, una pregunta tengo casi 3 años trabajando en una empresa. Hice una renuncia voluntaria después de mi licencia postnatal y prenatal, luego tuve que meter 3 licencia más por problemas.as de salud con mi bebe. Tengo derecho a algo en mi finiquito, y tengo derecho a tener al día mis imposiciones.
Estimada Yelis,
un gusto saludarte y gracias por tu duda.
De acuerdo a la legislación laboral chilena, todo trabajador que renuncia voluntariamente tiene derecho a un finiquito, que es el documento que detalla las remuneraciones y beneficios que el empleador debe pagar al trabajador al término de la relación laboral. Este finiquito debe ser entregado al trabajador en un plazo máximo de diez días hábiles desde la fecha de término del contrato.
Respecto a las imposiciones, el empleador tiene la obligación legal de realizar los pagos correspondientes a los aportes previsionales y de salud del trabajador en los plazos establecidos por la ley. Si el empleador no ha cumplido con esta obligación, el trabajador tiene derecho a exigir el pago de las cotizaciones impagas, con sus respectivos intereses y multas.
En cuanto a las licencias médicas, si estas han sido emitidas por un médico competente y han sido presentadas oportunamente al empleador, el trabajador tiene derecho a percibir las remuneraciones correspondientes al período de licencia médica. Además, el trabajador tiene derecho a conservar su fuente laboral mientras se encuentre en goce de licencia médica.
Es importante que revises tu contrato de trabajo y los documentos relacionados con las licencias médicas que hayas presentado, para determinar si existen cláusulas específicas que puedan afectar tus derechos en cuanto a finiquito e imposiciones.
Te recomiendo que si tienes dudas o problemas en cuanto a tu finiquito o imposiciones, te asesores con un abogado laboral para que pueda revisar tu situación específica y brindarte una orientación más precisa y adecuada.
La ley que regula el finiquito y los derechos laborales de los trabajadores en Chile es el Código del Trabajo, y en particular, los artículos 177, 178, 179 y 183 de dicho cuerpo legal establecen las disposiciones relacionadas con el finiquito y las obligaciones del empleador en esta materia. Por otra parte, la Ley N° 16.744 establece el régimen de Seguridad Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, y la Ley N° 18.834 establece el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, que establecen las obligaciones de los empleadores en cuanto a las cotizaciones previsionales y de salud de los trabajadores.
Saludos
Cleverty AI
Revisado por Christian
Hola buenas tardes ya solicite mi renuncia voluntaria x online pero ya pasaron las 48 horas yo tngo el rut vencido igual me llegaria la solicitud
Hola Katherin
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
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Consulta, si trabaje en una empresa solo 3 dias y renuncie de forma voluntaria, puedo acceder al seguro de cesantia? No he firmado finiquito ni nada pero si me pagaron esos dias
Hola Carolina,
gracias por tu consulta. En Chile, el acceso al Seguro de Cesantía tiene ciertos requisitos que deben cumplirse para poder hacer uso de él. Según la normativa vigente, para acceder a este seguro, es necesario haber cotizado en la AFC (Administradora de Fondos de Cesantía) durante al menos 12 meses en los últimos 24 meses antes de la situación de desempleo. Además, es importante haber cotizado en los últimos tres meses inmediatamente anteriores a la cesantía.
Dado que mencionas que trabajaste solo tres días y luego renunciaste de forma voluntaria, es poco probable que cumplas con los requisitos necesarios para acceder al Seguro de Cesantía. Sin embargo, es fundamental que firmes un finiquito para dejar constancia de la terminación laboral y asegurarte de que todos los pagos y obligaciones estén correctamente saldados.
En FirmaVirtual podemos ayudarte a gestionar la firma de tu finiquito de manera eficiente y totalmente legal, incluso con la opción de notario a domicilio si es necesario. Esto te permitirá asegurarte de que tus derechos laborales están siendo respetados. Te invito a iniciar una solicitud de este trámite ingresando aquí: https://firmavirtual.legal/.
Si tienes más preguntas o necesitas asesoría legal especializada sobre este tema, puedes agendar una hora con un abogado especialista mediante videollamada en https://tufirmavirtual.typeform.com/asesorialegal. Estamos aquí para ayudarte en cada paso del proceso. ¡Espero haberte ayudado!
Saludos
Cleverty AI
Revisado por un humano
Hola llevo 1 año 4 meses trabajando me inponen por el sueldo minimo y me hicieron contrato indefinido ,me salio otro trabajo y voh a renunciar ,cuanto me corresponde de finiquito aprox (sin aviso de los 30 dias)
Estimado Gamaliel,
En tu caso, si decides renunciar voluntariamente a tu empleo, es importante tener en cuenta las siguientes consideraciones de acuerdo a las leyes laborales de Chile:
1. Aviso previo de renuncia: Según el artículo 161 del Código del Trabajo, si decides renunciar, debes dar un aviso por escrito a tu empleador con al menos 30 días de anticipación. Si decides renunciar sin este aviso, puedes llegar a un acuerdo con tu empleador para pagar los 30 días de sueldo o simplemente no recibir esa suma en tu finiquito.
2. Pago de vacaciones proporcionales: Si no has tomado todas tus vacaciones, tienes derecho a recibir una indemnización proporcional por los días de vacaciones no tomados. Según el artículo 67 del Código del Trabajo, por cada año trabajado tienes derecho a 15 días hábiles de vacaciones. En tu caso, si no has tomado tus vacaciones, te correspondería una indemnización proporcional a los días que no tomaste.
3. Aguinaldos y bonos: Si en tu contrato de trabajo o en la política de tu empresa se contempla el pago de aguinaldos o bonos, estos deberán pagarse de manera proporcional a los meses trabajados en el año en curso.
4. Saldo de sueldo: En caso de que renuncies en medio del mes, tendrás derecho a recibir el saldo de sueldo correspondiente a los días trabajados en ese mes.
En resumen, el monto del finiquito será la suma de estos conceptos, según corresponda en tu caso. Te sugiero acercarte a la Inspección del Trabajo o buscar asesoramiento legal para asegurar que recibes todas las indemnizaciones que te corresponden.
Espero que esta información te sea de ayuda. Si tienes más preguntas, no dudes en hacerlas.
Saludos cordiales,
Cleverty AI
Revisado por Martínez & Rodas
Hola , llevo un año , trabajando, no he tomado mis vacaciones , he tenido 3 licencias cada una de 30dias ,que han sido pagadas hasta hoy , pero no me tome mis vacaciones , y renuncia debido a cuido mi mamá que tiene cáncer. Mi pregunta es me pagaran mis vacaciones , y finiquito y cuanto sacaré en finiquito si me pagan el sueldo base .
Hola Alexandra,
un gusto saludarte y gracias por contactarnos.
Entiendo tu situación. En Chile, según la ley, los trabajadores tienen derecho a un periodo de vacaciones anuales pagadas, que corresponde a 15 días hábiles por año trabajado. Por lo tanto, si has trabajado durante un año completo, tendrías derecho a 15 días hábiles de vacaciones. En cuanto a las licencias médicas que has tenido, es importante aclarar que estas no afectan el derecho a vacaciones anuales. Es decir, independientemente de las licencias que hayas tomado, tienes derecho a tus vacaciones anuales pagadas. En cuanto al pago del finiquito, este depende de varios factores, como el tipo de contrato que hayas tenido, tus remuneraciones, las cotizaciones previsionales, entre otros. Si te han pagado el sueldo base, el finiquito se calculará sobre dicha remuneración. Para calcular el monto del finiquito, se deben incluir las indemnizaciones correspondientes por años de servicio, vacaciones no gozadas y la proporción de aguinaldo de fiestas patrias y navidad. También se deben considerar las cotizaciones previsionales y el impuesto a la renta. En el caso de que decidas renunciar, se debe entregar un aviso con 30 días de anticipación. En caso contrario, el empleador puede descontar del finiquito los sueldos correspondientes a los días no trabajados. Te recomiendo que contactes a un abogado laboral para que te asesore en todo lo relacionado con tu finiquito. Además, es importante que tengas en cuenta que, si cuidas a tu mamá y has tenido que renunciar a tu trabajo, podrías tener derecho a ciertos beneficios como cuidador/a, dependiendo de tu situación. Para más información, te sugiero que visites el sitio web del Servicio Nacional del Adulto Mayor en Chile (https://www.senama.gob.cl/).
Saludos,
Cleverty AI
Revisado por Martínez & Rodas
Hola buenas, si estoy con licencia medica y quiero renunciar tengo derecho a pago. Y en necesario hacer la renuncia voluntaria con 30 dias de anticipación
Hola Claudio,
muchas gracias por tu pregunta.
Sí, te van a pagar lo que corresponde: las vacaciones que no te has tomado y los días trabajados del mes.
Saludos!
Karianny
Hola buenos dias si yo trabaje un año y 8 meses en una empresa y presento carta de renuncia temgo derecho a finiquito
Hola buenas tardes , quisiera saber si es legal que me hicieran firmar un finiquito por mutuo acuerdo , ya que esto fue despido por parte del empleador . Solo me dió la opción de irme ahora o irme a fines de mes
Hola Amy
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Hola, renuncié de manera voluntaria aproximadamente 2 semanas, que me corresponde?
Muchas gracias y saludos.
Hola
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Sí, si renuncias de manera voluntaria a tu empresa en Chile, pierdes tu derecho a recibir indemnización por años de servicios.
Sólo tienes derecho al pago proporcional de los días trabajado y los días de vacaciones no tomados.
Saludos!
Hola tuve que renunciar por motivos personales iba a cumplir 6 meses en la empresa , entregué mi renuncia con aviso de un día.
Mi renta es variable
Tengo derecho a finiquito? Y lo otro cuánto tiempo en este se pueden demorar en pagarlo ?
Estimada Macarena,
Entiendo que tienes una consulta sobre tu derecho a finiquito y el tiempo de pago tras haber renunciado a tu trabajo en Chile.
De acuerdo con el Código del Trabajo de Chile, al presentar una renuncia voluntaria, tienes derecho a recibir un finiquito en donde se paguen vacaciones proporcionales.
En cuanto al tiempo de pago del finiquito, si la renuncia fue presentada sin aviso, el empleador debe pagar el finiquito dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que se hizo efectiva la renuncia.
En resumen, sí tienes derecho a finiquito al renunciar, y el tiempo de pago será de 10 días desde que firmas tu finiquito.
Recuerda que estas orientaciones son generales y siempre es recomendable consultar con un abogado especializado en el tema para analizar tu caso específico y obtener asesoría personalizada.
Espero que esta información te haya sido útil. Si tienes más preguntas, no dudes en dejar un comentario en el blog o ponerte en contacto con FirmaVirtual.legal.
Saludos cordiales,
Cleverty AI
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Hola buenas tardes, si renunció tengo derecho al mes por año de servicio?
Hola Mario
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
En Chile, si renuncias a tu trabajo, no tienes derecho a recibir un mes de salario por cada año de servicio, según lo establecido en el Código del Trabajo. Sólo corresponde pagarte el proporcional de los días trabajados y loss días de vacaciones no disfrutados.
Saludos!
Renuncie y quería saber si me darán pago por los años trabajados
Hola Aaron.
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
En Chile, si renuncias a tu trabajo, tienes derecho a recibir el pago de tus vacaciones pendientes y el finiquito, que incluye el pago de tus días de vacaciones no disfrutados, el pago de tus días de vacaciones proporcionales y el pago de los días trabajados en el mes en curso. El finiquito también puede incluir otros pagos, como el pago de una bonificación o el pago de una indemnización. Sin embargo, estos pagos pueden variar dependiendo de las condiciones específicas de tu contrato de trabajo y no son obligatorios por ley.
Saludos!
Consulta si trabaje 1 mes y tuve k renunciar por problemas familiares ,tengo derecho a finiquito??
Hola Elena
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Sí, por ley aunque hayas trabajado sólo 1 día, tienes que firmar el finiquito.
La firma del finiquito para la parte trabajadora es presencial. El empleador puede firmar online con nosotros.
Hola buenas tarde mi consulta es la siguiente trabaje casi 3 semana en una empresa y renunvie de manera voluntaria por motivos personales y ya ha pasado 1 mes y aun no me cancelan el sueldo no se si sera divido a que no cumpli el mes de trabajo y en ese caso que puedo hacer
Hola Victor
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Ya te debiesen haber avisado de donde firmar el finiquito. Con el finiquito se te paga el sueldo proporcional.
Sugerimos de contactar a recursos humanos de la empresa para consultar por tu finiquito.
Saludos!
Carta renuncia voluntaria digital
Hola
un gusto saludarte y gracias por escribirnos.
Te comparto el link a un modelo que puedes modificar:
https://firmavirtual.legal/wp-content/uploads/2021/05/Renuncia-Voluntaria-Modelo.doc
Acá encuentras de forma gratuita más documentos tipos y modelos para diferentes trámites: https://firmavirtual.legal/documentos-tipos/
Saludos!